domingo, 26 de noviembre de 2023

La Trompeta "radio" programa 02/09/2023



LOCUCIÓN ARTÍSTICA:                                        

PATRICIA RAMA - MARIANO AYALA

OPERADOR TÉCNICO: LUCAS MONTI 


LA TROMPETA: Derrotero Informativo de hechos acontecidos:  

AQUÍ, ALLÁ y MÁS ALLÁ

LOS TEMAS DE HOY, SÁBADO 02092023


Pablo Verdecchia Intendente

Llegó la universidad a #Armstrong. Hoy es un día histórico para la educación en nuestra ciudad y en la región. Sabemos lo difícil que puede ser para una familia sostener una carrera universitaria en otras ciudades y que esa falta de oportunidades educativas muchas veces nos lleva a la pérdida de talentos y capital humano.
Todas las personas que estamos en gestión debemos hacernos cargo de revertir esta realidad. Porque perder el tiempo es perder el futuro.
Con la apertura de esta extensión áulica de la Universidad Tecnológica Nacional estamos generando herramientas para revertir esta situación y potenciar la capacidad productiva de Armstrong y nuestro Departamento.


Amsafe Rosario SE VIENE LA “NUEVA WEB” DE AMSAFE ROSARIO


Desde Amsafe Rosario y la Secretaría de Prensa queremos anunciar que este lunes 04/09 se estará presentando la nueva web de Amsafe Rosario.

Damos un salto muy importante en la comunicación de nuestro sindicato. Poniendo los recursos al servicio de nuestrxs afiliadxs para poder interactuar de una mejor manera.

Con un nuevo sistema de programación, más dinámico e intuitivo, buscamos facilitar toda la información que brindamos cotidianamente.


Prensa San Lorenzo 

 Se firmó el convenio para la apertura de la sede de Fiscalía Federal en San Lorenzo
✔️Desde el 15 de septiembre comenzará a funcionar en un espacio del CIC de barrio Mitre. El órgano del Poder Judicial se encarga de la investigación de delitos federales.
✔️Las denuncias se pueden realizar en la propia sede, comisarías, el Centro Territorial de Denuncias y a través de los Buzones de la Vida.
+ INFO: prensa.sanlorenzo.gob.ar/juzgado_federal/

  • BASTA BABY ENTREVISTA A PABLO ALARCÓN

Gabriela Brouwer de Koning Diputada nacional x Córdoba

En el marco de la campaña del “Derecho al Tiempo”, en un trabajo conjunto con la Asociación Civil ARALMA, presentamos un proyecto de ley para que los delitos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, no prescriban. Dicho proyecto, que ya es acompañado por la firma de una veintena de diputados y diputadas, fue debatido en el marco de la jornada de reflexión “Imprescriptibilidad de los delitos de violencia sexual padecidos en la infancia y/o adolescencia”, que tuvo lugar el pasado jueves 31 de agosto en el Museo de Antropologías de la U.N.C. El mismo tiene como finalidad saldar una deuda pendiente que el sistema jurídico argentino tiene con las niñeces y adolescencias (NNyA) que han sido víctimas de violencia sexual. Es una iniciativa construida en el seno de la sociedad civil, articulada dentro de la campaña del “Derecho al Tiempo” e impulsada por ARALMA (Asociación Civil Dedicada a la Asistencia, Investigación y Capacitación en Derechos de la Infancia, Adolescencia y Familias).

La violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, en cualquiera de las diferentes formas en que se producen, es la manifestación más monstruosa de la violencia ejercida hacia la infancia. Esta dolorosa problemática requiere un abordaje transversal e interpartidario. La jornada contó con la presencia de concejales, legisladores, integrantes de la SENAF (Secretaria de Niñez Adolescencia y Familia), profesionales en derecho penal y además, se hizo presente la Defensora de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, Amelia López. Disertaron Gabriela Brouwer de Koning, Sonia Almada, Iván Mochkofsky y Gabriela Coloccini.


Gabriel 'Faty' Oliva Diputado Diputado provincial Santa Cruz

⬛️ ES MUY IMPORTANTE SABER MÁS SOBRE LA “VACA MUERTA” QUE YA FUNCIONA AL SUR DE SANTA CRUZ
En la última sesión realicé un planteo sobre un tema sensible: la explotación No Convencional de hidrocarburos ♻️ Es un ámbito productivo en el que la Legislatura estuvo ausente y que, entre otros puntos, abre interrogantes sobre el impacto ambiental.
🤚 Es por eso que pedí el tratamiento de un proyecto presentado desde nuestra banca de Encuentro Ciudadano para que el titular del Instituto de Energía (IESC) “venga a la Cámara para explicar uno de los proyectos más importantes de los últimos tiempos en materia de hidrocarburos”.
Dije en el recinto 📣 “esta Cámara, a través de su comisión de Energía, que no se reúne desde abril y no tiene las autoridades designadas, no ha participado en nada en este proyecto”.
📣 “HAY ASPECTOS AMBIENTALES IMPORTANTES ♻️ como por ejemplo la enorme demanda de agua que tienen estos proyectos, que implican fractura hidráulica; de dónde se va a sacar y cómo vamos a hacer para que nos aseguremos de que no contamine”.
📣 “No puede ser que la Cámara no esté al tanto y no esté opinando sobre estas cosas tan importantes que pasan en Santa Cruz”.
📲 Los invito a tomarse un minuto para conocer de qué se trata 👇
🟥 LA "VACA MUERTA" EN EL SUR DE NUESTRA PROVINCIA
El escrito que presenté desde nuestra banca explica📜 El proyecto No Convencional, el segundo en importancia en nuestro país, que se conoce como la “Vaca Muerta” de Santa Cruz avanza en la exploración de diversas áreas, en un trabajo en conjunto que realizan las empresas YPF y la Compañía General de Combustibles (CGC).
🔎 Se trata de la formación Palermo Aike, ubicada en la Cuenca Austral.
🔎 El proceso de apertura del pozo tardará entre 45 a 60 días y los primeros resultados de productividad se podrán conocer a fines de 2023.
🔎 La Agencia Internacional de Energía (AIE) estimó una reserva potencial No Convencional en Palermo Aike en 130 TCF (billones de pies cúbicos) de gas natural y unos 6,6 billones de barriles de petróleo 👉 lo cual representa más de un tercio de las reservas actuales de Vaca Muerta.
AYER 📲 nuestro posteo en la página de Encuentro Ciudadano planteaba que, a lo largo de estos cuatro años de mandato 🛑 reclamamos que las comisiones de la Legislatura tuvieran un rol mucho más activos en estos temas.
En caso de haber novedades en este contexto de transición política e institucional hasta la asunción del nuevo gobierno ℹ️ vamos a mantenerlos informados sobre estos temas que hacen al futuro de nuestra provincia.
📷 La imagen de abajo es ilustrativa: corresponde a la firma de un memorando de entendimiento entre los titulares de YPF, CGC, y el Estado Provincial, para la explotación en Palermo Aike. Fue en mayo pasado en Casa de Gobierno.


Carla Carrizo Diputada nacional

Programa de Acompañamiento para el Egreso de jóvenes sin cuidados parentales (PAE) de Argentina - Una ley modelo en la región.
La Ley de Egreso joven es una política de Estado que tuvo por primera vez como protagonistas a los jóvenes sin cuidados parentales de Argentina; aprobada en 2017 por unanimidad, en ambas Cámaras del Congreso. Un acompañamiento interdisciplinario para la construcción de autonomía a través de un apoyo emocional y económico. En democracia el Estado debe cuidar, y debe hacerlo con excelencia.
Aquí un fragmento de mi intervención en el Foro Internacional "Derecho a vivir en familia" organizado por Carmen Sanguinetti y UNICEF Uruguay en Parlamento del Uruguay .


Dirección General de Prensa
Rosario, 31de agostode 2023
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY ÍNDICE



1.- ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL DE CREACIÓN DE UN REGISTRO DE ACOPIO Y COMERCIALIZACIÓN DE MATERIALES NO FERROSOS 
 - Expediente 268065 de la comisión de Gobierno. O R D E N A N Z A


2.- CREACIÓN DE CIRCUITOS AERÓBICOS EN PARQUES Y ESPACIOS VERDES 
 - Expediente 266461 del concejal Cozzoni. O R D E N A N Z A


3.- RATIFICAN CONVENIO POR CESIÓN DE TERRENO A LA ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ROSARIO
- Expediente 268552 de Intendencia

D E C R E T O

Artículo 1°.- Ratificase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Rosario y la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ROSARIO, por el cual se cede a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ROSARIO, en carácter gratuito, precario y revocable una fracción de terreno ubicada en Av. Pte. Perón prolongación Suipacha, empadronada catastralmente en la Sección 10, Manzana 58, Gráfico 1,inscripto bajo el Tomo 1028, Folio 85 nro. 353.285, para ser destinado al funcionamiento de una base operativa/cuartel de bomberos.


4.- PASAJEROS FRECUENTES CONTARÁN CON BENEFICIO ESPECIAL EN EL TUP 
- Expediente 268535 de Intendencia. O R D E N A N Z A


5.- CADA 15 DE OCTUBRE SERÁ INSTITUÍDO COMO EL “DÍA DEL RECUERDO” 
 - Expte. 267879 concejal Tessandori. O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Establézcase en la ciudad de Rosario, todos los 15 de octubre de cada año, como el Dia Municipal de Conmemoración de los hijos fallecidos en el embarazo o después de nacer. También conocido como el “Día del recuerdo”.

Artículo 2°.- Establézcase que se ilumine de color Rosa y Celeste, todos los 15 de octubre de cada año, los edificios públicos dependientes de la Municipalidad de Rosario (Palacio de los Leones, Palacio Vasallo, etc.), las aguas danzantes del Parque Independencia, la fuente de las Utopías sita en Av. Belgrano y Sargento Cabral frente a la Aduana, el Barquito de Av. Francia y la Costanera, el Monumento Nacional a la Bandera y otros espacios o edificios públicos que considere pertinente a los fines de concientizar sobre las muertes gestacionales, perinatales y neonatales.


6.- OTORGAN EXPLOTACIÓN DE ESTACIONAMIENTO EN INMEDIACIONES DE LA FIESTA DE LAS COLECTIVIDADES 
 - Expediente 268543 de la concejala Rueda. D E C R E T O


7.- INSTALARÁN UNA PLACA RECORDANDO EL LEGADO DE VICTORIO PAULÓN EN LA PLAZA 25 DE MAYO 
 Expediente 268545 de la concejala Tepp. D E C R E T O

Artículo 1°.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, através de la Secretaría de Movilidad, envíe una circular a las empresas prestatariasdel Transporte Urbano de Pasajeros (TUP) para que se garantice el derecho con elque cuentan las personas con discapacidad de viajar de manera gratuita ante lasimple exhibición de la documentación requerida, y se abstengan de realizar actosde discriminación contra las mismas.

Art. 2º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través dela repartición que corresponda, refuerce las gestiones pertinentes para darcumplimiento al Decreto N° 64.006 aprobado el 1 de junio de 2023, a los fines deque se envíe de forma gratuita la tarjeta SUBE personalizada al domicilio de laspersonas con discapacidad de la ciudad.

9.- PIDEN A LA EPE APLICAR UN RÉGIMEN TARIFARIO ESPECIAL PARA INSTITUCIONES QUE ALBERGUEN PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE 
- Expediente 268270 de la concejala Tepp. R E S O L U C I Ó N


10.- PRORROGAN CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DE BICICLETAS ACUÁTICAS DEL PARQUE INDEPENDENCIA 
- Expediente 268146 de particular. D E C R E T O


http://www.concejosantafe.gov.ar

½ - Se aprobó la adhesión a la ley lucio dupuy/

El Concejo Municipal adhirió a la Ley Nacional Nº 27.709, “Plan Federal de Capacitación sobre los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” y a su decreto reglamentario.

El proyecto, inspirado en la trágica muerte del nene de 5 años, establece tres nuevas herramientas que refuerzan la Ley 26.061 de “Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”: capacitación obligatoria para los agentes del Estado que trabajan en relación a la niñez; reserva de identidad; y campañas de concientización en medios de comunicación y redes sociales.

Al respecto, la autora del proyecto, la concejala Adriana Molina expresó que “es en estos casos donde tomamos conciencia que una vez más el estado se había desentendido, que el estado no había funcionado, que había muchas alarmas donde el estado debería haber atendido lo que estaba sucediendo, en la educación, en la salud pero sobre todo en la justicia y en la policía, se debería haber advertido lo que estaba pasando para que no se terminara todo
  • Ley Lucio Dupuy
La norma está inspirada en la trágica muerte de Lucio Dupuy, un nene de 5 años que fue abusado sexualmente y asesinado a golpes por su madre, Magdalena Espósito Valenti, y la pareja de ella, Abigail Páez, en noviembre de 2021 en La Pampa.


2/2- El Concejo convocará a autoridades por los robos en comercios de la ciudad

El Cuerpo legislativo local mostró su preocupación por los robos en banda que sucedieron en comercios de nuestra ciudad durante los últimos días. En este sentido, convocó a una reunión con autoridades del Ministerio de Seguridad, del municipio, del MPA y con representantes de asociaciones comerciales.

La propuesta del concejal Sebastián Mastropaolo tiene como objetivo es llevar a cabo una reunión informativa a efectos de brindar detalles con relación al Plan de Contingencia previsto, estrategias y acciones preventivas delineadas en virtud de los robos en banda acaecidos en comercios de nuestra ciudad.

Asimismo, el cuerpo legislativo local aprobó una iniciativa de Hugo Marcucci donde se insta “a los distintos poderes del Estado a que actúen firmemente y con todo el peso de la ley en pos de preservar el orden y la convivencia de los ciudadanos y condenar el accionar de grupos minúsculos de personas que atentan contra la convivencia ciudadana y el estado de Derecho”.


Insólito cargo creado en Las Heras: hay un coordinador para “asuntos espaciales”

Las Heras tiene un coordinador de asuntos espaciales. 

Felipe Pappalardo se desempeña en el cargo de coordinador de Asuntos Aeronáuticos y Espaciales. La planta de funcionarios en la Municipalidad de Las Heras es muy frondosa.

La superpoblación de la Municipalidad de Las Heras genera todo tipo de cargos entre secretarios, subsecretarios, directores y coordinadores. Desde que se conoció el polémico organigrama que contemplaba a más de 180 funcionarios distribuidos en distintas áreas, no han estado ajenos a los escándalos.

Así es que hay gente que se va, pero otra que entra. Hubo cambios en la estructura desde abril hasta la actualidad. Apareció un cargo curioso: la coordinación de Asuntos Aeronáuticos y Espaciales, que hasta el 23 de junio al menos, no figuraba en el organigrama enviado a Los Andes.

La salida del intendente de Las Heras, Daniel Orozco, de Cambia Mendoza generó una sangría de varios funcionarios. Algunos estaban desde el inicio de la implementación del organigrama, como Francisco Lo Presti quien estaba al frente de la Secretaría de Servicios Públicos y tuvo a cargo a 48 funcionarios desde el primero de abril hasta que renunció, varios días después, ese mismo mes.

Felipe Pappalardo, coordinador de Asuntos Aeronáuticos y Espaciales.

El mismo caso aplica para Matías Mostaccio, ex secretario de Modernización que firmó ese polémico organigrama pero que después renunció espantado por la estrategia del jefe comunal de irse a La Unión Mendocina con Omar De Marchi.

Sin embargo, esas rencillas quedan viejas cuando aparecen cargos llamativos en el organigrama, como el de la coordinación de Asuntos Aeronáuticos y Espaciales, a cargo de Felipe Pappalardo. El funcionario, que no aparece en la versión difundida el 23 de junio por la comuna, apareció en las redes sociales explicando un programa llamado “Las Heras Espacial” que visita los barrios del departamento de Las Heras.

En una de las jornadas, Pappalardo destaca el esfuerzo hecho por la Secretaría de Gobierno (a cargo de la influyente Janina Ortiz) y de la intendencia que lidera Daniel Orozco para llevar a la comuna la nave espacial que permite ejecutar un programa educativo.

https://www.losandes.com.ar/politica/insolito-cargo-creado-en-las-heras-hay-un-coordinador-para-asuntos-espaciales




jueves, 23 de noviembre de 2023

La sesión de hoy 23/11/23 - Concejo Municipal de Rosario


Dirección General de Prensa
Rosario, 23 de noviembre de 2023
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY


ÍNDICE

1.- MODIFICAN TARIFA DEL SERVICIO PÚBLICO DE TAXIS Y REMISES
2.- PRORROGAN POR DOS AÑOS LA VIDA ÚTIL DE UNIDADES DEL SERVICIO DE TAXIS Y REMISES
3.- PRORROGAN VIGENCIA DE MECANISMOS DE ADJUDICACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UNIDADES DEL SERVICIO DE TAXIS
4.- REGLAMENTAN Y ORDENAN LA PRÁCTICA DE DEPORTES ALTERNATIVOS O NO CONVENCIONALES
5.- REGULARÁN LA PRÁCTICA DEL SLACKLINE
6.- AMPLÍAN ATRIBUCIONES DEL LABORATORIO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES (LEM)
7.- BENEPLÁCITO POR LA APERTURA DEL CENTRO CULTURAL “MADRES DE PLAZA 25 DE MAYO”
8.- REALIZARÁN EN EL CONCEJO JORNADA DE DONACIÓN VOLUNTARIA DE SANGRE
9.- GRATUIDAD DEL TUP PARA EL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
10.- AUTORIZAN A NARCÓTICOS ANÓNIMOS A REALIZAR CAMPAÑAS EN UNIDADES DEL TUP
11.- ESTHER “BEBA” LINARO SERÁ CIUDADANA ILUSTRE
12.- AREDA SERÁ INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
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DESARROLLO

* El Concejo Municipal aprobó durante la sesión de hoy una Resolución mediante la que dispone la convocatoria a Sesión Preparatoria para la asunción de nuevos ediles y elección de autoridades. La misma se llevará adelante el día 7 de diciembre, a las 11:00.
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MODIFICAN TARIFA DEL SERVICIO PÚBLICO DE TAXIS Y REMISES 
Taxis
Expediente 268334 de particular

D E C R E T O

Artículo 1º.- Dispónese de un incremento al valor vigente de la tarifa del Servicio Público de Taxis, que regirá a partir de la promulgación del presente, estableciéndose el siguiente esquema
tarifario:
TARIFA                    BAJADA DE BANDERA    FICHA    MINUTO DE ESPERA
DIURNA                             $ 656                          $ 31,10                              $ 31,10
NOCTURNA                       $ 767                          $ 35,20                              $ 35,20
DOMINGOS Y
FERIADOS                          $ 840,10                     $ 35,20                             $ 35,20

NOCTURNA,
VIERNES,
SÁBADOS Y
VÍSPERA DE
FERIADOS                          $ 840,10                       $ 35,20                           $ 35,20

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Remises
Expediente 268450 de la Secretaría de Movilidad y Secretaría de Gobierno

D E C R E T O

Artículo 1º.– Fíjase el esquema tarifario de aplicación al Servicio Público de Remises, que comenzará a regir a partir de su promulgación, el cual quedará conformado de la siguiente manera:
TARIFA        BAJADA DEBANDERA     FICHA     MINUTO DE ESPERA
DIURNA             $ 767                                     $ 39,70                 $ 60,20
NOCTURNA      $ 946,60                                 $ 45                      $ 68,20

PRORROGAN POR DOS AÑOS LA VIDA ÚTIL DE UNIDADES DEL SERVICIO DE TAXIS Y REMISES
Taxis
Expediente 268014 de particular

D E C R E T O

Artículo 1°.- Diríjase a la Dirección General de Licencias y Habilitaciones para la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Movilidad, a los fines de que se prorrogue excepcionalmente y por el término de veinticuatro (24) meses desde su vencimiento, la vida útil de los vehículos afectados al Servicio Público de Taxis que hubieren cumplido los diez (10) años de antigüedad previstos por el Art. 20º de la Ordenanza Nº 2649/80, como así también de aquellos que alcancen dicha antigüedad el día 31/12/2023.
Artículo 2°.- Asimismo, autorízase a la Dirección General de Licencias y Habilitaciones para la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Movilidad a extender excepcionalmente y por el término máximo de doce (12) meses la prórroga prevista por el Artículo 1º del presente, a través de la celebración de un convenio con el titular de la licencia correspondiente, siempre y cuando se pueda corroborar que los titulares están a la espera de la entrega de un vehículo cuyo modelo cumpla con la vigencia exigida por la normativa o cuentan con un plan de pago para la obtención del mismo.
Artículo 3°.- Es requisito ineludible para acceder a las prórrogas establecidas en los Artículos precedentes, que las unidades se encuentren en condiciones, según lo determine para cada caso en particular, el control vehicular efectuado por el Centro de Inspección Técnica Automotor (C.I.T.A.) y cumplan con el resto de los requisitos exigidos por la Autoridad de Aplicación.

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Remises
Expediente 268746 de particular

D E C R E T O

Artículo 1°.- Diríjase a la Dirección General de Licencias y Habilitaciones para la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Movilidad, a los fines de que se prorrogue excepcionalmente y por el término de veinticuatro (24) meses desde su vencimiento, la vida útil de los vehículos afectados al Servicio Público de Remises que hubieren cumplido los seis (6) años de antigüedad previstos por el Art. 9° inc. e) de la Ordenanza N° 7369/02.
Artículo 2°.- Asimismo, autorízase a la Dirección General de Licencias y Habilitaciones para la Movilidad, dependiente de la Secretaría de Movilidad a extender excepcionalmente y por el término máximo de doce (12) meses la prórroga prevista por el Artículo 1º del presente, a través de la celebración de un convenio con el titular de la licencia correspondiente, siempre y cuando se pueda corroborar que los titulares están a la espera de la entrega de un vehículo cuyo modelo cumpla con la vigencia exigida por la normativa o cuentan con un plan de pago para la obtención del mismo.
Artículo 3°.- Es requisito ineludible para acceder a las prórrogas establecidas en los Artículos precedentes, que las unidades se encuentren en condiciones, según lo determine para cada caso en particular, el control vehicular efectuado por el Centro de Inspección Técnica Automotor (C.I.T.A.) y cumplan con el resto de los requisitos exigidos por la Autoridad de Aplicación.

PRORROGAN VIGENCIA DE MECANISMOS DE ADJUDICACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UNIDADES DEL SERVICIO DE TAXIS
Expediente 269023 de Intendencia

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- DISPOSICIÓN. Dispónese que las licencias del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro otorgadas por Ordenanza Nº 8997/12, bajo el régimen jurídico de Derecho de Explotación, continúen con la explotación del servicio en tanto cumplimenten las exigencias contenidas en la presente Ordenanza y su reglamentación.
Estas licencias quedarán sometidas al régimen jurídico y sancionatorio de la Ordenanza Nº 2649/80, en todo lo no estipulado en la presente Ordenanza.
Artículo 2°.- DE LOS CARACTERES. Se establece expresamente que:
1- Los Derechos de explotación se otorgarán en los mismos términos establecidos por la Ordenanza Nº 8997/12.
2- Las Licencias serán transferibles por el plazo restante hasta la finalización del derecho de explotación estipulado en el punto 3 de la presente, previa cancelación del derecho establecido en la OGI para la adjudicación. El nuevo titular también deberá cumplimentar el pago de este derecho y presentar una declaración jurada sobre el origen de los fondos de su oferta económica.
3- Tendrán una vigencia de diez años, contados desde la efectiva iniciación del servicio. Cumplido dicho plazo la renovación del derecho de explotación se hará conforme la evaluación del cumplimiento de las condiciones establecidas para la prestación del servicio, eximiéndose del pago del derecho establecido en la OGI.
4- Previo a la adjudicación, deberá acreditarse el pago del derecho previsto en el Art. 102 b, de la OGI. Quedarán exentas del pago, aquellas licencias que incorporen automóviles eléctricos, con energía renovable o sin emanación de gases y las que se otorguen a personas humanas con discapacidad.
Las licencias correspondientes a la categoría Personas Jurídicas, serán adjudicadas previo pago del monto total ofertado.
En el caso de las licencias para personas físicas, el derecho previsto en el Art. 102 b, de la OGI, podrá realizarse mediante pago al contado con una quita del 50%, o con un convenio de pago de hasta 60 cuotas con un interés financiero vigente para deudas tributarias, en cuyo caso el primer pago será exigible para el adjudicatario transcurridos 90 días de la adjudicación del Derecho de Explotación, mediante débito directo en cuenta bancaria.
Artículo 3°.- DE LOS REQUISITOS DE LOS VEHÍCULOS. Las unidades al momento de la adjudicación no podrán tener una antigüedad mayor a 7 años contada desde el vencimiento del derecho de explotación. Desde el momento de la adjudicación de la licencia, el titular tendrá un plazo de 180 días para cumplir este requisito. Durante la vigencia de la explotación la antigüedad de los vehículos no podrá ser mayor a 10 años.
Las unidades que se incorporen a la prestación del servicio, deberán cumplir con lo dispuesto por la Ord. Nº 2649/80; y acreditar las siguientes exigencias:
a) Tener un largo mínimo de 4,010 metros.
b) Espacio suficiente en baúl o dispositivo necesario para el traslado adecuado de los elementos de uso para personas con movilidad reducida.
c) Cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 8949/12 (localización satelital).
d) Respetar el diseño exterior establecido por la autoridad de aplicación.
e) Contar con un sistema que permita abonar el servicio a través de medios electrónicos de pago.
f) Cualquier otro requisito que el Departamento Ejecutivo Municipal estableciera a futuro por vía reglamentaria.
Artículo 4°.- DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Todos los Derechos de Explotación a ser adjudicados deberán cubrir como mínimo dos (2) turnos de 8 horas. Contando con al menos 2 (dos) conductores/as por cada unidad.
Artículo 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal definirá a través de la reglamentación respectiva los días y horarios en que deben prestar servicios estas licencias, pudiendo éstos ser modificados en un futuro conforme la planificación realizada en función de la demanda del servicio.
Artículo 6°.- DEL INCUMPLIMIENTO. La inobservancia de lo previsto en el Artículo 2º punto 4 de acuerdo a los términos establecidos en la presente Ordenanza y los Artículos 3°, 4° y 5°, producirán de pleno derecho, la caducidad del derecho de explotación.
Artículo 7°.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN. La adjudicación será Directa y procederá para aquellos Derechos de Explotación otorgados por Ordenanza Nº. 8997/12, cuando sus titulares cumplan las condiciones de mérito establecidas en el Artículo siguiente y demás requisitos contenidos en la presente, salvo aquellos casos que optaran por una prórroga de un año para el cumplimiento de los mismos, la cual será computada dentro de los 10 años establecidos en el Art. 2º punto 3. Solo podrán acceder a la prórroga aquellos que cumplan con las condiciones de mérito establecidas en el Art. 8º inc. B. En caso de acreditar satisfactoriamente esos extremos, deberán manifestar en el plazo que determinará el DEM, la voluntad expresa y conformidad para que sus licencias sean incluidas en este régimen.
Artículo 8°.- DE LAS CONDICIONES DE MÉRITO. La adjudicación directa establecida en el Artículo precedente, operará cuando los titulares de Derechos de Explotación, satisficieran los requisitos de mérito como prestatarios del servicio, durante los 10 años anteriores, contados desde su otorgamiento.
A-Las adjudicaciones de licencias otorgadas por Ordenanza N° 8997/12 deberán acreditar el pago total del derecho establecido en el Artículo 102 b, de la OGI. En caso que se hubiera suscripto convenio de pago, se deberá acreditar el pago de las cuotas correspondientes, en las modalidades previstas en la presente. El incumplimiento de lo aquí previsto, ocasionará la exclusión del postulante en cualquier instancia del proceso.
B- Los titulares no deben superar la cantidad de hasta 15 Actas inclusive por infracciones graves, con Actas juzgadas y condenadas en las que se haya determinado su responsabilidad personal. El Tribunal Municipal de Faltas emitirá un listado a tal efecto con las faltas graves, juzgadas y condenadas de cada titular. Para el cómputo de las mismas se considerarán exclusivamente las infracciones cometidas por el titular de la licencia al mando o al frente del vehículo, y no los convenios de reconocimiento de infracciones de choferes celebrados ante los Jueces de Faltas. En caso de controversia, la autoridad de aplicación, garantizará al aspirante a la renovación de la licencia un marco probatorio amplio. Aquellos que excedan tales cantidades quedarán excluidos de la modalidad de adjudicación establecida en el Artículo 7°.-
C- Cumplimentar los requisitos establecidos en los Artículos 2º punto 4 y Artículos 3°, 4º y 5°.
Artículo 9°.- El Departamento Ejecutivo dictará el Reglamento respectivo a fin de hacer operativo lo dispuesto en la presente.
Artículo 10°.- Para todos los aspectos no contemplados expresamente en la presente Ordenanza, será de aplicación la Ordenanza Nº 2.649/80 y sus modificatorias.

REGLAMENTAN Y ORDENAN LA PRÁCTICA DE DEPORTES ALTERNATIVOS O NO CONVENCIONALES
Expediente 264032 del concejal Seisas

ORDENANZA “DEPORTES ALTERNATIVOS”

Capítulo I - Disposiciones Generales
Artículo 1°.- El objeto de la presente Ordenanza consiste en el fomento de la práctica organizada de deportes alternativos o no convencionales y la promoción de su ordenamiento jurídico, organización institucional, categorización deportiva y desarrollo, por intermedio de las distintas entidades que los nuclean, como así también el establecimiento de pautas de seguridad, reglamentos y normas que éstas deben cumplir como estándares mínimos para su reconocimiento y realización. Considérense como deportes alternativos o no convencionales al BMX, Skate, Escalada, Slackline y aquellas disciplinas afines que puedan surgir en un futuro.
Artículo 2°.- A los efectos de la presente Ordenanza se entiende como deporte alternativo o no convencional a toda disciplina recreativa o competitiva que, mediante el cumplimiento de determinadas reglas para su desarrollo y de protocolos de seguridad física, implica la puesta en práctica de destrezas de acuerdo a los criterios y reglamentaciones que establece cada disciplina en particular. Sin perjuicio de las nuevas tendencias deportivas que pudieran surgir en el futuro.
Artículo 3°.- Sin perjuicio de lo establecido en normas y reglamentos que rigen en el ámbito de cada deporte alternativo en particular su práctica debe observar estándares mínimos de seguridad, siendo obligación de la federación, asociación, club, entidad u organización requerir, verificar y controlar su cumplimiento.
Artículo 4°.- A los fines de la presente, será obligación de la federación, asociación, club, entidad u organización, requerir y verificar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Evaluación médica de aptitud psicofísica, especial o periódica, de acuerdo lo establezca la Autoridad de Aplicación;
2. Capacitación sobre prevención de riesgos y medidas de protección aplicables en relación a la disciplina comprendida;
3. Capacitación en reanimación cardiopulmonar (RCP) y primeros auxilios.
Capítulo II - Autoridad de Aplicación
Artículo 5°.- La Subsecretaría de Deportes y Turismo de la ciudad de Rosario, o el organismo que la sustituyere en sus competencias, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 6°.- Son funciones y atribuciones de la Autoridad de Aplicación:
a) Promover, orientar, planificar y fomentar la conformación de asociaciones, federaciones y demás entidades u organizaciones de deportes alternativos;
b) Fiscalizar, controlar, supervisar y vigilar las materias de su competencia;
c) Organizar, fomentar, propiciar y promocionar la realización de eventos, torneos, competencias o prácticas de deportes alternativos;
d) Organizar y llevar el “Registro Municipal de Deportes Alternativos o No Convencionales”, dentro del Registro de entidades deportivas y recreativas de la ciudad de Rosario, creado mediante ordenanza Nº 6.957, en el cual se inscribirán aquellas actividades reconocidas a través de asociaciones, federaciones, confederaciones, entre otras;
e) Habilitar lugares específicos y espacios públicos de la ciudad para la práctica de los distintos deportes;
f) Requerir en los casos que corresponda, la contratación por parte de la federación, asociación, club, entidad u organización, de pólizas de seguros de accidentes personales y/o responsabilidad civil.
Artículo 7°.- El “Registro Municipal de Deportes Alternativos o No Convencionales” debe contener, como mínimo, una nómina de los deportes alternativos o no convencionales con sus características, reglamentos, estándares mínimos de seguridad de cada disciplina en particular, equipamientos requeridos e infraestructura; y de las asociaciones, federaciones, clubes, entidades y organizaciones institucionales que los nucleen.

REGULARÁN LA PRÁCTICA DEL SLACKLINE
Expediente 264496 de particular

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la realización de las actividades vinculadas al Slackline en la ciudad de Rosario. Denomínese Slackline al deporte de equilibrio en el que se sujeta una cinta plana normalmente de unos 2 a 5 centímetros de ancho de nylon o poliéster entre dos puntos fijos.
Artículo 2º.- Se encuentran comprendidas las siguientes modalidades:
a) Trickline: cinta de 5 cm de ancho, con mayores tensiones, a baja altura del suelo (anclajes a 2 metros máximo) en el cual se realizan acrobacias aéreas.
b) Longline: cinta de 2,5 cm de ancho a baja altura del suelo (anclajes a 3 metros máximo), que suele realizarse en espacios abiertos (parque), con distancias que alcanzan los 100 metros de longitud.
c) Highline: cinta de 2,5 cm de ancho, utilizada en alturas, donde el practicante está manteniendo el equilibrio en el vacío. Se utilizan métodos y protocolos diferentes a los que preceden y estos permiten brindar una seguridad a los practicantes aún mayor, generalmente se practica en montañas, arroyos o entre edificios.
Artículo 3º.- Se establecen los siguientes estándares mínimos de seguridad para el desarrollo de las actividades:
a) El montaje de los equipos deberá ser realizado siempre por personas experimentadas, asegurando el correcto funcionamiento del sistema.
b) Todos los anclajes de los sistemas deben tener backup o anclaje secundario.
c) Los árboles utilizados deberán ser mayores a 25cm de diámetro.
d) Se deberá colocar protección de tela en el árbol a utilizar, para él cuidado de la corteza de los mismos y de los equipos propiamente dichos.
e) En ninguna oportunidad se podrá utilizar como anclajes de los equipos: postes de luz, semáforos, barandas, escaleras, juegos infantiles, tales como hamacas, toboganes, etc., o impedir el correcto funcionamiento de los mismos.
f) Queda expresamente prohibido el uso de estos elementos en sitios que interrumpan la libre circulación de peatones y/o vehículos, como ser aceras, ciclovías y/o la calzada.
g) En espacios abiertos públicos se deberá considerar el tránsito y permanencia de terceros (consideración para espacios públicos concurridos).
h) Todo equipo o material a utilizar deberá estar homologado por entes certificadores. Pueden ser nacionales o internacionales.
Artículo 4º.- Las asociaciones, clubes, entidades u organizaciones de slackline deberán contar con el permiso de uso diferencial del espacio público el cual será de carácter precario e intransferible. Cada permiso tendrá una vigencia de treinta y seis (36) meses a partir de la fecha de su expedición y podrá ser renovado previa petición expresa realizada con tres (3) meses de anticipación. En los casos que no presenten modificaciones en sus estatutos el permiso podrá ser renovado de manera automática previa Declaración Jurada. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá revocar los permisos concedidos, cuando por razones de interés general lo hagan necesario a su exclusivo criterio, sin que dicha decisión genere derecho al permisionario a indemnización alguna.
Artículo 5º.- El sector del lugar de práctica destinado al desarrollo del entretenimiento o deporte deberá ser establecido por el Departamento Ejecutivo Municipal. El desarrollo de la actividad deberá respetar, cuidar y preservar el ambiente y el patrimonio paisajístico - cultural en que se desarrollen estas prácticas y, en su caso, adoptar las medidas necesarias para su restauración y reparación cumplimentando la normativa ambiental vigente.
Artículo 6º.- A los fines de la presente, será obligación de la federación, asociación, club, entidad u organización requerir, verificar y controlar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Evaluación médica de aptitud psicofísica, especial o periódica, de acuerdo lo establezca la Autoridad de Aplicación.
b) Capacitación sobre prevención de riesgos y medidas de protección aplicables en relación a la disciplina comprendida.
c) Póliza de seguro de accidentes personales y responsabilidad civil, en los casos que determine la Autoridad de Aplicación.
d) Capacitación en reanimación cardiopulmonar (RCP) y primeros auxilios.
Artículo 7º.- La presente ordenanza deberá ser reglamentada por el Departamento Ejecutivo Municipal dentro de un plazo máximo de 90 días de promulgada.

AMPLÍAN ATRIBUCIONES DEL LABORATORIO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES (LEM)
Expediente 269176 de Intendencia

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Incorpórese el inc. g) al art. 5 del ANEXO I -ESTATUTO SOCIAL, de la Ordenanza Nº 6.310 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 5to: Para cumplir su objetivo la Sociedad podrá:
a) Adquirir por compra o por cualquier otro título, bienes inmuebles, muebles o semovientes, instalaciones y toda clase de derechos, títulos, acciones, moneda extranjera o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas o cualquier otro derecho real o constituir sobre ellos servidumbre, asociarse con personas de existencia visible o jurídica o concretar contratos de sociedad accidental o en particular.
b) Celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones con el Banco Municipal de Rosario, el Banco de la Nación Argentina, otros bancos públicos nacionales, provinciales y municipales, bancos privados, otros fondos de financiamiento, organismos internacionales de crédito y/o de cualquier naturaleza, previa autorización del Honorable Concejo Municipal y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Aceptar consignaciones, comisiones y/o mandatos y otorgarlos, conceder créditos comerciales vinculados con su giro.
c) Gestionar de los poderes públicos concesiones, permisos, autorizaciones, licencias, privilegios, imposiciones de limitaciones al dominio privado, exención de impuestos, tasas, gravámenes o recargos de importación y cuantas más facilidades sean necesarias y convenientes a los fines de posibilitar el cumplimiento de objeto social y giro de la Sociedad.
d) Previa autorización del Honorable Concejo Municipal y de la autoridad competente, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, emitir en el país y extranjero debentures y otros títulos de deudas, en cualquier moneda, con garantía real o sin ella, especial o flotante, pero con afectación especifica a la prestación, perfeccionamiento o ampliación de los servicios.
e) Realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualesquiera sea su carácter legal, incluso financieros en moneda nacional o extranjera, que hagan a1 objeto de la Sociedad o están relacionados con el mismo.
f) Realizar todo tipo de convenios, comercializar los productos que elabore la Sociedad con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales, no gubernamentales y privados nacionales o extranjeros, en este último caso con autorización del Honorable Concejo Municipal.
g) A los fines de cumplir con el objetivo de satisfacer la demanda pública de medicamentos, y garantizar el abastecimiento municipal, provincial, así como de otros organismos públicos que lo requieran, la Sociedad podrá constituirse y actuar como droguería, con la finalidad de poder comprar y vender medicamentos, así como insumos necesarios para la producción, por necesidad o conveniencia económica que así lo determine.

BENEPLÁCITO POR LA APERTURA DEL CENTRO CULTURAL “MADRES DE PLAZA 25 DE MAYO”
Expediente 269451 de la concejala Gigliani

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de la Ciudad de Rosario manifiesta su beneplácito por la apertura del Centro Cultural Madres De Plaza 25 de Mayo”, a realizarse el día 23 de noviembre del presente en calle Corrientes 987, en reconocimiento al rol fundamental que tuvieron durante y después del último período dictatorial en el país, por su lucha en defensa del Derecho a la identidad, de los valores democráticos y del Estado de Derecho.

REALIZARÁN EN EL CONCEJO JORNADA DE DONACIÓN VOLUNTARIA DE SANGRE
Expediente 269244 de la concejala Rueda

R E S O L U C I Ó N

Artículo 1°. El Concejo Municipal de Rosario realizará una Jornada de Donación Voluntaria de Sangre con Registro en Médula Ósea durante un día de la primera quincena del mes de diciembre del corriente año.
Artículo 2°. La actividad estará organizada por la presidencia de este Concejo y la comisión de Salud del Cuerpo, en coordinación con el Banco Central de Sangre de la Municipalidad de Rosario y todas las instituciones u organizaciones de la ciudad que trabajan de manera permanente y solidaria la temática de la donación voluntaria de sangre.

GRATUIDAD DEL TUP PARA EL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Expediente 269505 de la concejala López

D E C R E T O

Artículo 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a establecer la gratuidad del Transporte Urbano de Pasajeros durante el día 25 de noviembre de 2023, en ocasión de la movilización y los actos a realizarse en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Artículo 2º.- Los ciudadanos y ciudadanas que quieran participar de las actividades a desarrollarse el 25 de noviembre podrán viajar de manera gratuita, en todas las unidades del Transporte Urbano de Pasajeros, en el horario comprendido entre las 15 hs. y las 22 hs.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a publicitar lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto en diversos canales de difusión a su alcance.

AUTORIZAN A NARCÓTICOS ANÓNIMOS A REALIZAR CAMPAÑAS EN UNIDADES DEL TUP
Expediente 269480 de la concejala López

D E C R E T O

Artículo 1º.- Autorízase a la Organización Narcóticos Anónimos a realizar campañas de divulgación en las unidades del Transporte Urbano de Pasajeros y dispóngase la cesión gratuita a la Asociación Civil, del espacio publicitario en el exterior de las unidades del Transporte Urbano de Pasajeros (TUP).
Artículo 2º.- Autorízase a la Organización Narcóticos Anónimos a distribuir folletería en los Centros de Salud de la órbita municipal y en los Centros Municipales de Distrito.
Artículo 3º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que evalúe la posibilidad de implementar en los tickets de ingreso a eventos de concurrencia masiva un impreso en su parte trasera con la leyenda:¿PROBLEMAS CON DROGAS?, PODEMOS AYUDARTE, NARCÓTICOS ANÓNIMOS, acompañado del número 0800 que posee la Asociación y la dirección de su página web.
Artículo 4º.- Autorízase a la Asociación Civil Narcóticos Anónimos a la instalación de un gazebo en los eventos de concurrencia masiva que se organicen en nuestra ciudad, considerando dentro de estos a: Fiesta de Colectividades, calle recreativa, carreras de automovilismo, a los efectos de llevar adelante la campaña de divulgación y asesoramiento que desarrolla esta Asociación. Asimismo, autorízase la instalación de cartelería, tanto en los mencionados eventos, así como también en futuros acontecimientos.

ESTHER “BEBA” LINARO SERÁ CIUDADANA ILUSTRE
Expediente 269323 de la concejala Ferradas
D E C R E T O

Artículo 1°. Declárese Ciudadana Ilustre de la ciudad de Rosario a Esther “Beba” Linaro, por su meritoria labor profesional como precursora del ambientalismo argentino y su militancia por de los derechos y respeto por los animales; por haber dedicado su vida y su tiempo a otros y otras, a la preservación de los recursos naturales, su utilización sostenible, a los animales y, de este modo, a mejorar la calidad de vida de la población; y por ser ejemplo de voluntad transformadora y desinteresada, al servicio de la comunidad y de la preservación y reparación de nuestra casa común.
Art. 2°. El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento a la homenajeada, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.

AREDA SERÁ INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
Expediente 269457 de la concejala López

D E C R E T O

Artículo 1º.- Declárase Institución Benemérita de la ciudad de Rosario en los términos de la Ordenanza Nº 6.213, a la Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs (AREDA), por sus 60 años de trayectoria ininterrumpida sin fines de lucro, al servicio de los clubes de la ciudad.
Artículo 2º.- El Concejo Municipal de Rosario otorgará la presente distinción, en un acto público que se llevará a cabo en fecha y lugar a designar.


 

ULTIMA SESION ORDINARIA DEL AÑO 2023

Honorable Concejo Deliberante de San Nicolás de los Arroyos

Se realizó la última Sesión Ordinaria correspondiente al año 2023. A partir del 1 de diciembre comienza el período extraordinario que finaliza el 1 de marzo de 2024.-

Se realizó la última Sesión Ordinaria correspondiente al año 2023. A partir del 1 de diciembre comienza el período extraordinario que finaliza el 1 de marzo de 2024.-
Durante la última Sesión Ordinaria del 2023 se aprobó el Proyecto de Ordenanza Preparatoria, por el cual se faculta a la Presidencia del Concejo Deliberante a convocar a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para dar tratamiento y sanción definitiva a la Ordenanza Fiscal y Tarifaria para el ejercicio 2024, en el marco de lo establecido por la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
También se aprobó por mayoría (según lo establecido en el artículo 233 de Ley Orgánica de las Municipalidades) el nuevo cuadro tarifario para el servicio del transporte público de pasajeros, quedando los valores de la siguiente manera:
San Nicolás a Celestial y Viceversa........... $ 266,00
La Emilia a Celestial y Viceversa ............... $ 266,00
San Nicolás a La Emilia y Viceversa .......... $ 280,00
San Nicolás a Campos Salles y Viceversa .... $ 280,00
San Nicolás a Villa Esperanza y Viceversa ... $ 280,00
San Nicolás a Gral. Rojo y Viceversa ........ $ 342,00
Villa Esperanza a Gral. Rojo y Viceversa ..... $ 266,00
Campos Salles a Villa Esperanza y Viceversa $ 266,00
San Nicolás a Conesa y Viceversa ............. $ 438,00
San Nicolás a Erézcano y Viceversa ........... $ 438,00
Conesa a Campos Salles y Viceversa .......... $ 438,00
Conesa a Erézcano y Viceversa ................. . $ 277,00
Conesa a Gral. Rojo y Viceversa ................ $ 342,00
Gral. Rojo a Erézcano y Viceversa ............. $ 280,00
Erézcano a Campo Salles y Viceversa ......... $ 342,00
Campos Salles a General Rojo, y Viceversa.. $ 266,00
Villa Esperanza a Erézcano, y Viceversa ..... $ 266,00
Villa Esperanza a Conesa, y Viceversa ........ $ 266,00
Mientras que tarifa de trasporte para escolares comprendidos en el boleto único escolar (Ciclos Inicial, Primario, Secundario), diurno y nocturno será de $ 79,00.-
También se aprobó el Proyecto de Ordenanza por el cual se designa con el nombre Dr Raúl Alfonsín al Parque de Zona Sur ubicado en Ruta 188 y calle Tierra del Fuego del Barrio Avambae de la ciudad de San Nicolás.-
Además, se declaró de interés Municipal al torneo 12 horas de Pesca, Copa Desafío “Gabriel Ceccoli” organizado por el Club de Pescadores San Nicolás que se llevará a cabo el próximo 25 de noviembre en nuestra Ciudad.
Al inicio de esta Sesión, se hizo entrega de la Resolución mediante la cual el Honorable Concejo Deliberante de San Nicolás de los Arroyos felicita a los estudiantes Nicoleños Agustina Guadalupe Díaz DNI 46.639.823; y Blas Millán DNI 47.087.259 pertenecientes al Colegio Los Aromos por su participación como autoridades en la instancia nacional del Programa Uniendo Metas, llevada a cabo los días 29 y 30 de septiembre y 1 de octubre del corriente año en la Ciudad de Buenos Aires.

 

La sesión de hoy 23/11/23 - Concejo Municipal de Rosario

martes, 14 de noviembre de 2023

SESION ORDINARIA N°17 HCD PARANA (13-11-2023)

Reporte Proyectos de Ordenanza Presentados - Concejo Municipal Rosario

Reporte de los proyectos de Ordenanza presentados por las y los concejales durante las últimas semanas. Los mismos ingresaron formalmente al cuerpo durante la última sesión, para ser tratados desde hoy en las comisiones a las que fueron asignados.


Durante su discusión, podrán ser modificados o aprobados tal cual fueron presentados. Les recordamos que las propuestas realizadas no implican aprobación.

Pueden realizar el seguimiento de estos expedientes a través del Sistema de Gestión Parlamentaria. Podrán consultar estos y otros proyectos del Concejo Municipal de Rosario accediendo a https://expedientes.concejorosario.gov.ar/home

Pueden, además, seguir el desarrollo de las comisiones a través de la web oficial www.concejorosario.gov.ar/concejoenvivo/ o el canal de YouTube https://www.youtube.com/@concejomunicipalderosario2348


Dirección General de Prensa  -  Secretaria de Prensa.
Concejo Municipal de Rosario.




ORDENANZAS
IRIZAR V., FERRERO M.
CREA PROGRAMA DE DIAGNOSTICO HUMANIZADO E IDENTIFICACION TEMPRANA PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Comisión: FEMINISMOS, DISIDENCIAS Y DERECHOS HUMANOS.

SCHMUCK M.
ESTABLECE ADHESION DE LA MUNICIPALIDAD A LEY PROVINCIAL N° 13944 – REGIMEN
PROMOCION DE LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO.
Comisión: GOBIERNO.

TESSANDORI M.
MODIFICA REGLAMENTO DE EDIFICACION PUNTO II.3.8.2.B - ARBOLADO EN LOTES FRENTISTAS.
Comisión: PLANEAMIENTO Y URBANISMO.

GIGLIANI M.
ESTABLECE CARACTER PRIORITARIO Y DECLARA DE INTERES SOCIAL URBANIZACION DEL AREA
DELIMITADA POR CAGANCHA, BV AVELLANEDA, GARIBALDI, OTRAS - Bº ALVEAR.
Comisión: PLANEAMIENTO Y URBANISMO Y GOBIERNO.

LÓPEZ N., GIGLIANI M., TEISA S., IRIGOITIA J., TEPP C.
ESTABLECE PROCEDIMIENTO QUE RIGE LA ASISTENCIA DEL COORDINADOR GRAL. DE GABINETE, LA
CONTESTACION DE INFORMES Y COMPARECENCIA DE FUNCIONARIOS DEL D.E. ANTE EL C.M.
Comisión: GOBIERNO.

IRIZAR V. - FERRERO M.
MODIFICA ARTICULOS DEL CODIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL - DECRETO/ORD 9476 - BECAS A
ESTUDIANTES.
Comisión: PRESUPUESTO Y HACIENDA Y CULTURA Y EDUCACIÓN.

CAVATORTA L. - TEISA S., GIGLIANI M., IRIGOITIA J.
ESTABLECE ADHESION MUNICIPAL A RESOLUCION 566/23 - RENUNCIA AL SUBSIDIO NACIONAL DE
TRANSPORTE.
Comisión: SERVICIOS PÚBLICOS CONCEDIDOS Y GOBIERNO

LÓPEZ N
ESTABLECE Y DEFINE LA PROTECCION AMBIENTAL DE ESPACIOS VERDES PUBLICOS.
Comisión: ECOLOGÍA Y AMBIENTE, PLANEAMIENTO Y URBANISMO Y GOBIERNO.

FIATTI F - SEISAS C
CREA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACION FINANCIERA PARA JOVENES.
Comisión: CULTURA Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA.

LEON D.
CREA EL "DIA MUNICIPAL DEL ARTE ROSARIGASINO" A CELEBRARSE EL 29 DE NOVIEMBRE DE
CADA AÑO.
Comisión: CULTURA Y EDUCACIÓN Y GOBIERNO.

LÓPEZ N. , IRIGOITIA J., MONTEVERDE J., TEPP C., PELLEGRINI J., SALINAS P., FERRADAS M.,
TEISA S.
MODIFICA ARTICULOS DE ORD. 8692 - 'REGIMEN DIFERENCIAL PARA EL DESARROLLO DE
PROYECTOS EDILICIOS ESPECIALES.
Comisión: PLANEAMIENTO Y URBANISMO Y OBRAS PÚBLICAS.

FIATTI F.
ESTABLECE CREACION DE "LA GONDOLA ROSARINA".
Comisión: PRODUCCIÓN Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y GOBIERNO.

AMALEVI N.
CREA EL TOUR “ROSARIO 360”
Comisión: CULTURA Y EDUCACION.

AMALEVI N.
CREA LA AUDIOTEKAROS.
Comisión: CULTURA Y EDUCACION.

AMALEVI N.
REGULA HABILITACION, USO Y CONTROL DE LOS “HOTELES Y ALOJAMIENTOS PET FRIENDLY”
Comisión: GOBIERNO.

FERRERO M., IRIZAR V.
CREA PROGRAMA “MAS NATIVAS PARA ROSARIO”
Comisión: ECOLOGIA Y AMBIENTE.

FERRERO M., IRIZAR V.
DESIGNA MARIO ROBERT A CALE 13132
Comisión: GOBIERNO.

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