Expediente 264534 de la concejala Irizar
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la repartición que corresponda, gestione ante el Gobierno Provincial y ante el Instituto Autárquico Provincial Iapos, que remitan a este Cuerpo, en el plazo establecido por el Decreto N° 692/09 de acceso a la información pública, la información detallada a continuación:
1. Tiempo que media entre la solicitud de las prestaciones médico asistenciales previstas para las personas con discapacidad, conforme Ley Provincial N°13.853 y Ley Nacional N° 24.901, aprobación de las mismas, y pago a proveedores; 2. Si existe algún procedimiento de monitoreo, contralor y/o fiscalización por parte del gobierno provincial del cumplimiento por parte de las obras sociales y del Instituto Autárquico Provincial (IAPOS), de las obligaciones que les competen en materia de prestaciones de la Ley N° 24.901; 3. Si el gobierno provincial tiene previsto algún mecanismo para facilitar a las familias canalizar los trámites para la cobertura de las prestaciones mencionadas y/o denunciar incumplimientos; 4. En qué porcentaje interanual se han aumentado los aranceles de los médicos, psicólogos, terapeutas, terapistas, psicopedagogos y demás profesionales que componen la atención integral e interdisciplinar en materia de discapacidad.
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Expediente 264535 de la concejala Irizar
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, que gestione ante el Gobierno Nacional, a través de la repartición que corresponda, el presente pedido de informe, el que deberá remitirse a este Cuerpo en un plazo no mayor a 30 días, según el siguiente detalle: 1. A qué motivos o causas obedece el retraso de la Superintendencia de Servicios de Salud en el pago de los honorarios profesionales de médicos, psicólogos, terapeutas, terapistas, psicopedagogos y demás profesionales que componen la atención integral e interdisciplinar en materia de discapacidad; así como el retraso en el pago de aranceles y reintegros a los prestadores del sistema, tales como centros de día, establecimientos médicos y terapéuticos, prestadores del servicio de transporte, y prestadores en materia de educación integrada. 2. Denuncias ingresadas a la Superintendencia de Servicios de Salud por incumplimiento de las obras sociales de las prestaciones debidas en materia de discapacidad: cantidad de reclamos, objeto de la denuncia, abordaje y resolución de las mismas. 3. Tiempo que media entre la solicitud de las prestaciones previstas para las personas con discapacidad en las leyes nacionales Nros. 24.901 y 22.431, la aprobación de las mismas, y el pago a proveedores en el Programa Federal Incluir Salud y el Programa de Atención Médica Integral (PAMI). 4. En qué porcentaje interanual se han aumentado los aranceles de los médicos, psicólogos, terapeutas, terapistas, psicopedagogos y demás profesionales que componen la atención integral e interdisciplinar en materia de discapacidad. 5. Si existe la decisión política de modificar el régimen actual de cobertura de las personas con discapacidad, y de creación del Fondo Nacional de Cobertura, conforme ha trascendido públicamente.
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Expediente 264537 de la concejala León
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario manifiesta su preocupación por las vulneraciones de derechos para con las personas con discapacidad y manifiesta su apoyo a los reclamos realizados por personas con discapacidad, familiares y prestadores en general. Asimismo se dirige a la Superintendencia Nacional de Salud a los fines de que: • Brinde una respuesta eficaz e inmediata a los reclamos procedentes de las personas con discapacidad y los profesionales de la salud, • Garantice el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y el cumplimiento de las obligaciones puestas en cabeza de las obras sociales en todo el territorio nacional.