miércoles, 4 de marzo de 2020

PIDEN INFORMES SOBRE CONTROLES SANITARIOS QUE REALIZAN EN AEROPUERTO, PUERTO Y TERMINALES POR EL CORONAVIRUS

 CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 4 de marzo de 2020.
LA SESIÓN DE HOY

Expediente 254.508 de la concejala Figueroa Casas

VISTO
El actual brote mundial de enfermedad por coronavirus (COVID-19) que fue notificado por primera vez en Wuhan (China) el 31 de diciembre de 2019

CONSIDERANDO
Que los Coronavirus son una amplia familia de virus que se encuentran tanto en animales como en humanos. Algunos infectan al ser humano y se sabe que pueden causar diversas afecciones, desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS) (fuente OMS) Esas infecciones suelen cursar con fiebre y síntomas respiratorios (tos y disnea o dificultad para respirar).
En los casos más graves, pueden causar neumonía, síndrome respiratorio agudo severo, insuficiencia renal e, incluso, la muerte.
Las recomendaciones habituales para no propagar la infección son la buena higiene de manos y respiratoria (cubrirse la boca y la nariz al toser y estornudar en el pliegue del codo o en pañuelos descartables) y la cocción completa de la carne y los huevos. Asimismo, se debe evitar el contacto estrecho con cualquier persona que presente signos de afección respiratoria, como tos o estornudos.
Que el 22/01/2020 la Organización Mundial de la Salud declaró la Emergencia a nivel Mundial por el brote (https://www.who.int/es/news-room/detail/23-01-2020-statement-on-the-meeting- of-the-international-healthregulations-(2005)-emergency-committee-regarding-theoutbreak-of- novel-coronavirus-(2019-ncov))
Que la Ley Orgánica Municipal en su art. 39 en sus incisos 61 y 62 dice que compete a los Concejos Municipales: 61) El aislamiento obligatorio de las personas atacadas de enfermedades infectocontagiosas. 62) La adopción en general, de todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población, sea evitando las epidemias, disminuyendo los estragos o previniendo las causas que puedan producirlas, comprendiéndose entre tales medidas la clausura de establecimientos públicos y las visitas domiciliarias de inspección.
Que con fecha 26/02/2020 se detectó en el Calafate un posible caso de una mujer italiana que presentó fiebre y tos seca
Que en el diario La Capital de Rosario del 26 de febrero, se publicó que los médicos de la Unidad Sanitaria de Frontera dependiente del Ministerio de Salud de la Nación intensificaron los controles de salud que se realizan a los tripulantes de barcos y a las aeronaves que llegan a la ciudad.
Que Brasil confirmó el virus en un paciente que volvía de Italia (https://www.bbc.com/mundo/noticias-americalatina-51641436)
Que el ministro de salud de Chile confirmó que están siguiendo 260 casos que pueden llegar a tener el virus (https://www.df.cl/noticias/economia-y-politica/gobierno/ministro-manalich- revela-que-cerca-de-300-personas-han-estado-en/2020-02-25/133920.html )
Que la estación de ómnibus Mariano Moreno recibe pasajeros de países limítrofes y es por ello necesario saber si se aplica el protocolo de salubridad

Es por lo expuesto que se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O
Art. 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, que por medio de la repartición que corresponda, se dirija al Ministerio de Salud Provincial y Nacional para que informen sobre:
• Controles sanitarios que se realizan en el Aeropuerto Internacional Islas Malvinas de los pasajeros que llegan de vuelos internacionales o de Ezeiza
• Controles sanitarios que se realizan en los puertos de Rosario y zonas aledañas
• Controles sanitarios que se realizan a los pasajeros provenientes de países limítrofes en la estación de ómnibus Mariano Moreno
• Protocolo de actuación ante sospecha de Coronavirus en los efectores provinciales
Art. 2°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Salud Pública informe:
• Protocolo de actuación ante sospecha de Coronavirus en los efectores locales
Art. 3º.- Establézcase mediante la repartición que corresponda, incluir en las pantallas de los transportes públicos, de las entidades del Banco Municipal, de los distritos municipales, y en futuros espacios donde exista la posibilidad de incorporarlo, una campañas de difusión sobre la importancia del lavado de manos y otras medidas de higiene preventivas

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A tripulantes y embarcados

Expediente 254.104 de la concejala Schmuck

VISTO
Los casos de coronavirus en la ciudad de Wuhan (China) y su acelerada propagación en las últimas semanas de persona a persona, alcanzando nuevos territorios, La Ley Provincial (13.424) desde el año 2014 que contempla que “toda persona tripulante o embarcado en buques de carga o pasajeros de cualquier bandera o procedencia que pretenda acceder al territorio de la provincia de Santa Fe, ya sea en forma transitoria o definitiva, deberá someterse a una revisación médica obligatoria a los efectos de descartar la posible portación de enfermedades infectocontagiosas emergentes y reemergentes” y

CONSIDERANDO
Que los coronavirus son una familia de virus que se descubrió en la década de los ´60 cuyo origen es todavía desconocido pero recientemente el virus ha resurgido.
Que sus diferentes tipos provocan diferentes enfermedades, desde un resfriado hasta un síndrome respiratorio grave (una forma grave de neumonía).
Que se trata de un tipo de virus presente tanto en humanos como en animales y, en este caso, los murciélagos, actúan como reservorios.
Que como en otros virus que causan neumonía, cuando se transmiten en humanos, el contagio se produce generalmente por vía respiratoria, a través de las gotitas respiratorias que las personas producen cuando tosen, estornudan o al hablar.
Que hasta la fecha no se dispone de vacuna alguna ni de tratamiento específico para combatir la
infección por coronavirus.
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el 30 de Enero del corriente “la emergencia de salud pública internacional” como respuesta a la situación de emergencia en China y ha llamado a todos los países a participar en los esfuerzos para frenar el contagio.
Que la razón principal de esta declaración no se debe a lo que sucede en China, sino a lo que sucede en otros países y frente a la posibilidad de que el virus se propague a países con sistemas de salud más débiles y que no estén preparados para enfrentarlo.
Que la directora de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) instó a los países de la región a estar preparados para detectar tempranamente, aislar y cuidar a pacientes infectados con el nuevo coronavirus, ante la posibilidad de recibir viajeros provenientes de países donde hay transmisión del virus.
Que si bien en el país no hay casos de coronavirus, ni ha habido casos sospechosos hasta el momento, está estadísticamente probado que por el Río Paraná llegan y parten barcos con 300.000 tripulantes de distintas partes del mundo cada año sin ser sometidos a controles sanitarios.
Que si bien existe la Ley Provincial N° 13.424 desde el año 2014 que contempla que “toda persona tripulante o embarcado en buques de carga o pasajeros de cualquier bandera o procedencia que pretenda acceder al territorio de la provincia de Santa Fe, ya sea en forma transitoria o definitiva, deberá someterse a una revisación médica obligatoria a los efectos de descartar la posible portación de enfermedades infectocontagiosas emergentes y reemergentes”, hoy en día no está en aplicación
Que esta Ley deberá ponerse en funcionamiento y reforzarse frente a la situación de emergencia.
Que la normativa prevé la realización de una revisión médica obligatoria, que consiste de un examen clínico y bioquímico básico, que debe estar a cargo del Ministerio de Salud. De considerarse necesario se podrá extender la revisión a un examen radiológico. Si en la revisación médica se detectara una enfermedad infectocontagiosa el protocolo continúa con la inmediata comunicación de la situación a la zona de Prefectura Naval Argentina con jurisdicción en el lugar para que adopte las medidas que evalúe pertinentes.

Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la repartición que corresponda realice las gestiones necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de la Ley Provincial N°13.424 que contempla que “toda persona tripulante o embarcado en buques de carga o pasajeros de cualquier bandera o procedencia que pretenda acceder al territorio de la provincia de Santa Fe, ya sea en forma transitoria o definitiva, deberá someterse a una revisación médica obligatoria a los efectos de descartar la posible portación de enfermedades infectocontagiosas emergentes y reemergentes”.
Art. 2º. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la repartición que corresponda realice las gestiones necesarias para intensificar dichos controles por parte del Ministerio de Salud de la Provincia, tras la detección de este nuevo virus proveniente de China y ante el llamado de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a todos los países a estar preparados para detectar tempranamente, aislar y cuidar a pacientes infectados con el nuevo coronavirus; y ante la presunta posibilidad de recibir viajeros provenientes de países donde hay transmisión del virus.
Art. 3º. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la repartición que corresponda realice las gestiones necesarias para extender el protocolo de controles sanitarios impartidos por el Ministerio de Salud al Aeropuerto Internacional Rosario “Islas Malvinas”.

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