jueves, 7 de abril de 2022

CMR SESIÓN 07042022

Dirección General de Prensa                                                                                             

Rosario, 7 de abril del 2022                                                                                               

SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY


MODIFICAN REQUISITOS DEL LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE TAXIS

Expediente 262670 de Intendencia

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Modifícase el art. 8º inc. a) de la Ordenanza Nº 10.301, el que quedará redactado de la siguiente manera:                                                                                      Los vehículos a incorporar deberán reunir los siguientes requisitos:                                a) Deberán ser cero kilómetro o modelos que no excedan los 4 años de antigüedad desde la convocatoria para el otorgamiento, en cuyo caso el kilometraje no deberá ser mayor a los 90.000 kilómetros.

Art. 2º.- Modifícase el art. 9º inc. f) de la Ordenanza Nº 10.301, el que quedará redactado de la siguiente manera:                                                                                    Los Derechos de Explotación se otorgarán por convocatoria pública de conformidad con la siguiente modalidad, y se encontrarán vigentes sólo en el siguiente llamado:        f) Las personas físicas pre-adjudicatarias serán adjudicatarios del Derecho de Explotación acreditando el pago del canon establecido en la Ordenanza General Impositiva, at, 102 inc. b), bajo alguna de las siguientes modalidades:                              1.- Pago contado.                                                                                                                 2.- Hasta 60 cuotas con interés de financiación, en cuyo caso el primer pago será exigible para el adjudicatario transcurridos 90 días de la Adjudicación del Derecho de Explotación.Dispónese que el valor del módulo tributario para el cálculo del canon del derecho de explotación de la presente licitación será el vigente al momento del llamado a licitación.

Art. 3º.- Quienes a la fecha de la promulgación de la presente hayan completado su postulación en debida forma serán priorizados en la evaluación de acuerdo a los criterios que oportunamente establezca a tales efectos la Secretaría de Movilidad conforme al Decreto Nº 063/22. Igual prevalencia para quienes hayan ofrecido y/o ofrezcan, y efectivamente afecten al servicio, unidades cero kilómetro.

Art. 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza a los fines de garantizar su efectiva implementación en la ciudad de Rosario.

Art. 5º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación en el Boletín Oficial.


DISPONEN CAMBIOS EN LA ORDENANZA DE VENTA DE ARMAS Y MUNICIONES, PARA INTERCAMBIAR INFORMACIÓN CON ORGANISMOS SUPERIORES

Expediente 261842 de Intendencia

O R D E N A N Z A

Artículo 1: MODIFICASE el Artículo 2° de la Ordenanza 10.102: "Art. 3°: MODIFIQUESE la numeración de la Ordenanza No 8.761 cuyo Artículo 10° (de forma) pasará a tener el nro. 11° e INCORPORESE a la Ordenanza Nº 8.761 el Artículo 10º el cual quedará redactado de la siguiente forma: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la celebración de convenios con los organismos nacionales y/o provinciales con competencia específica en la materia objeto de la presente, a fin de favorecer el intercambio de información y la cooperación en el control y fiscalización del cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa nacional, provincial y/o municipal pertinente.


CREAN EL PROGRAMA “AHORA QUE SÍ NOS VEN” PARA VISUALIZAR SITIOS HISTÓRICOS VINCULADOS AL MOVIMIENTO FEMINISTA

Expediente 261514 de la concejala Ferradas

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- CREACIÓN. Crea el Programa “Ahora que si nos ven” que prevé la construcción de Instalaciones Urbanas Permanentes en diversos espacios públicos de la ciudad, que hayan sido escenario de luchas o protagonistas de la historia del movimiento feminista, así como de sitios que, desde una perspectiva género, resulten de interés histórico, en la ciudad de Rosario.-

Art. 2º.- OBJETIVO. El objetivo general de esta ordenanza es salvaguardar la memoria colectiva del movimiento feminista local. La generación de instalaciones urbanas permanentes como lugares de memoria feminista brinda la posibilidad de generar experiencias colectivas de conmemoración, que sirvan para la transmisión de nuestro pasado colectivo y su valoración como sociedad. Renovar significaciones, sentidos, símbolos y referentes públicos, es una manera de legitimar la actividad feminista en el pasado y que alcance mayor reconocimiento social y valor cultural en el presente.

Art. 3º.- IMPLEMENTACIÓN. La implementación del Programa estará a cargo de la Secretaría de Género y Derechos Humanos, la Secretaría de Planeamiento y la Secretaría de Cultura y Educación, que se constituirán como autoridades de aplicación. Las mismas recepcionarán las propuestas de instalaciones urbanas permanentes, realizarán una evaluación de su factibilidad y luego se encargarán de su instalación y preservación.

Art. 4º.- Las propuestas de Instalaciones urbanas permanentes podrán ser efectuadas por el Concejo Municipal mediante la iniciativa de alguno/a de sus miembros/as, de organizaciones feministas o a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal. Luego serán evaluadas por la autoridad de aplicación para su instalación.

Art. 5º.- FINANCIAMIENTO. El programa se financiará a través de partidas presupuestarias ordinarias, donaciones, convenios con instituciones, entre otras fuentes posibles.


PIDEN POR LA ILUMINACIÓN ORNAMENTAL DE LA TRAZA DEL PUENTE ROSARIO - VICTORIA

Expediente 257737 del concejal Poy

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la repartición que corresponda, desarrolle gestiones ante el Gobierno de la Provincia de Santa Fe para realizar la iluminación de manera ornamental de la traza del Puente Rosario – Victoria en el tramo comprendido por la estructura colgante, considerando la utilización de tecnología basada en el uso racional de la energía tendiendo a la prevención del medio ambiente.

Art. 2°.- Dése cumplimiento al Decreto N° 11.291.


PROPONEN REVITALIZAR Y RESTAURAR LAS PEATONALES

Expediente 258161 de la concejala Rueda

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, estudie la factibilidad de realizar las siguientes acciones en Peatonal Córdoba, desde Paraguay hasta Laprida, y en San Martín, desde Mendoza hasta San Lorenzo:                                                                                                            1. Tareas de revitalización y restauración con iluminación ornamental en las fachadas de aquellos edificios patrimoniales y/o de valor histórico que el DEM considere pertinentes, a partir de convenios de financiamiento repartido entre el municipio y los beneficiarios.                                                                                                                    2. Disponer cartelería que indique la existencia de sitios de interés turístico, patrimonial, histórico, artístico y/o cultural; y que cuente con un breve resumen acerca del sitio al cual hace referencia.                                                                                                          3. Emplazar mobiliario urbano sustentable y bicicleteros.                                                  4. Organizar actividades culturales, artísticas y/o de interés general.

Artículo 2º. Dese cumplimiento al Decreto Nº 11.291.


PROPICIAN LA REFORESTACIÓN DEL PARQUE INDEPENDENCIA

Expediente 262237 de la concejala Rueda

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que, a través de la repartición que corresponda, elabore un plan de reforestación del Parque Independencia de nuestra ciudad, priorizando lo indicado en la Ordenanza Nº 10.188/21 sobre la plantación de especies nativas y preservando el valor paisajístico que ofrece el lugar.

Art. 2º.- A los fines de cumplimentar con el artículo 1, encomiéndase al DEM invite a las organizaciones ambientalistas, a la Universidad Nacional de Rosario, a la Asociación Civil Amigos del Parque, a la ONG Protegiendo Nuestros Árboles Rosario y a la comunidad en general, para promover:

• El desarrollo de una plantación colectiva de árboles en el momento del año indicado por los especialistas en la materia.

• El cuidado y padrinazgo a cargo de las organizaciones respecto de las especies arbóreas plantadas, durante los primeros meses de crecimiento.


SOLICITAN LA REGLAMENTACIÓN DE LA ORDENANZA QUE REGULA EL MANTENIMIENTO E HIGIENE DE TANQUES DE AGUA

Expediente 262621 de la comisión de Salud

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), la reglamentación y ejecución de la Ordenanza N° 9.649/16.

Art. 2º.-Incorpórese como anexo del presente, el expediente N° 261038, a los efectos de que el DEM considere las recomendaciones hechas por las autoridades de la Cámara de Empresas del Manejo Integrado de Plagas (CAEMIP), a través de sus principales autoridades, sobre la necesidad la limpieza y mantenimiento de tanques de agua.


REPUDIAN EXPRESIONES NEGACIONISTAS DEL TERRORISMO DE ESTADO

Expediente 262653 de la comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario ratifica el proceso democrático en la búsqueda de Memoria, Verdad y Justicia y repudia las declaraciones y expresiones negacionistas que atentan contra la consigna del “Nunca Más” que hace años sostenemos en nuestro país, los Derechos Humanos y la búsqueda de justicia por parte de la ciudadanía, sobrevivientes y familiares de detenidos/as y desaparecidos/as por el terrorismo de Estado.


INSTAN A LA PERENTORIA REGLAMENTACIÓN DE LA ORDENANZA DE MALETEROS EN LA TERMINAL DE ÓMNIBUS

Expediente 262400 de la concejala Teisa

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a reglamentar la Ordenanza Nº 10.269 "Actividad de maleteros y maleteras en la Terminal de Ómnibus de Rosario. Regulación, sancionada en la fecha 2 de diciembre de 2021.


PROMUEVEN PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE JÓVENES A TRAVÉS DEL PROGRAMA “SANTA FE MÁS AL CONCEJO”

Expediente 262523 de la concejala Irigoitía

R E S O L U C I Ó N

Artículo 1°.- Créase el programa “Santa Fe Más al Concejo” a los fines de incentivar a los jóvenes promoviendo la participación ciudadana, el ejercicio de responsabilidades y valores democráticos. El presente está destinado a los participantes del programa provincial “Santa Fe Más”.

Art. 2°.- La convocatoria y organización se encuentra a cargo de la Dirección General de Educación de este Cuerpo.


RECHAZAN DICHOS DE LA DIPUTADA PROVINCIAL AMALIA GRANATA, EN CONTRA DE LOS DERECHOS OBTENIDOS POR LA COMUNIDAD TRANS

Expediente 262502 de la concejala Gigliani

// Aprobado por unanimidad, con la abstención de los concejales Martín Rosúa, Carlos Cardozo, Marcelo Megna y Alejandro Rosselló //

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su más enérgico rechazo a los dichos enunciados por la Diputada Provincial Amalia Granata en el programa Mañanisima, conducido por la señora Carmen Barbieri, en los cuales se manifestó en contra de los Derechos y las conquistas obtenidos y reconocidos a la Comunidad Travesti-Trans; por tratarse de una grave negación de derechos humanos con rango constitucional, establecidos por leyes votadas en democracia.                                                            Asimismo reafirmamos el apoyo institucional de este cuerpo para el fortalecimiento de los derechos y conquistas del Colectivo LGBTIQ+ y en especial de la comunidad Travesti-trans, e instamos a los diferentes organismos del estado como la Defensoría del Público, a reforzar el trabajo con medios de comunicación y formadores de opinión pública para erradicar y concientizar acerca de los discursos de odio sobre la comunidad LGBTIQ+ y de otros colectivos de disidencias. Comuníquese con sus considerandos. 




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