sábado, 24 de febrero de 2018

PIDEN INFORMES SOBRE SERVICIOS DE PODOLOGÍA EN EFECTORES MUNICIPALES

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, jueves 22 de febrero de 2018.
LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DE HOY

Vuestra Comisión de Salud y Acción Social ha considerado el proyecto de Decreto
presentado por los concejales Pedro Salinas, Juan Monteverde y Caren Tepp, que
expresa:

“Visto: La preocupación por parte de profesionales del Colegio de Podólogos de la
Provincia de Santa Fe 2º Circunscripción, respecto a la falta de técnicos y licenciados en
la materia, en los efectores de salud pública de la ciudad de Rosario. La inquietud, por
parte de dichos profesionales sanitarios, respecto a la continuidad del cargo de podólogo
en el Hospital Carrasco y,

Considerando: Que integrantes del Colegio de Podólogos de la Provincia de Santa Fe, se
han acercado a nuestro Bloque manifestando inquietud respecto a la falta de
profesionales en la materia, en el ámbito de la salud pública.
Que la Podología es una ciencia que tiene por objeto el estudio y el tratamiento de las
enfermedades y alteraciones que afectan al pie. En tal sentido, el Colegio que nuclea
dichos profesionales vienen planteando propuestas desde hace años.
Que dicha especialidad incluye aspectos relacionados a la promoción de la salud
integral, la prevención de afecciones y deformidades del pie, como así también
conductas terapéuticas oportunas y tratamientos adecuados a diversas patologías.
Que la Ley Provincial Nº 13283 de Podología, expresa que “El podólogo podrá ejercer
su profesión en forma individual o integrando equipos interdisciplinarios en
instituciones o privadamente. En todos los casos podrá hacerlo a requerimiento del
especialista de otras disciplinas o de personas que por su propia voluntad soliciten la
asistencia profesional. Los pacientes que requieran servicios que pertenezcan al campo
de la podología deberán ser atendidos por podólogos matriculados, cualquiera sea el
establecimiento al cual concurran dichos pacientes.
Que los técnicos y licenciados en podología realizan anamnesis del paciente y examen
semiológico del pie a fin de prevenir y educar a los pacientes con patologías sistémicas,
principalmente diabetes mellitus; evitando consecuencias clínicas como son las
amputaciones, disminuyendo tiempos de internación y medicaciones; y sobre todo
mejorando la calidad de vida.
Que los cuidados del pie, principalmente en patologías crónicas, debe considerarse
fundamentales, en tanto parte del derecho a la salud del que gozan los/as ciudadanos/as.
Que muchas veces, son los profesionales de la salud quienes aconsejan consultar con
podólogos para un seguimiento adecuado. En tal sentido, la evaluación por parte de
dichos técnicos o licenciados permite acompañar diagnósticos y tratamientos oportunos.
Que en la actualidad la atención podológica, al realizarse en ámbitos privados, no
resulta accesible para toda la gente; quedando excluidos los usuarios/as del sistema de
salud pública de la ciudad.
Que IAPOS brinda a sus afiliados la cobertura de afecciones del pie con podólogos
adheridos, a partir de indicaciones médicas. Dicha cobertura incluye evaluación clínica,
tratamientos y seguimientos en diversas patologías.
Que, actualmente, no existe un servicio de podología que posibilite dicha atención
específica en los distintos efectores de salud pública; contando solamente el Hospital
Carrasco con un podólogo.
Que el profesional podólogo que brinda la atención actualmente en el Hospital Carrasco
se encuentra en situación próxima a su jubilación, resultando una preocupación la
continuidad de dicho cargo.”
Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndese al DEM que en un plazo no mayor a 30 días hábiles, a
través de la repartición que corresponda, informe respecto a efectores de salud pública
que cuentan con atención en materia de podología, progresión y proyecciones,
posibilidades de expansión, incrementos de personal, cobertura territorial, u otras que se
consideren relevantes en materia organizacional y estratégica.
Art. 2º Encomiéndese al D.E.M que, mediante la repartición correspondiente, gestione
ante el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, la continuidad del cargo de
podología en el Hospital Carrasco de la ciudad de Rosario.

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