Prensa Concejo VGG
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Expte. Nº
6.463/18.
VISTO:
La Ley 14346
- Malos Tratos y Actos de Crueldad a los Animales.
Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 2756; y
CONSIDERANDO:
Que la
granja ubicada en el Parque Regional Municipal se encuentra en un estado
inapropiado para el hospedaje de animales, dejando a la vista la falta de
mantenimiento e infraestructura para el albergue de la cantidad de especies que
allí se encuentran, generando el hacinamiento de los mismos dificultando su
desarrollo.
Que la no
existencia de un registro de animales imposibilita el control estricto de
vacunación y de natalidad de cada especie de la granja.
Que al
realizar las obras pertinentes se generaría un atractivo para la ciudad
fomentando visitas guiadas a colegios y jardines de infantes de nuestra ciudad,
los cuales en la mayoría de los casos deben trasladarse a localidades aledañas
para conocer animales de granja y/o autóctonos.
Que ante
todo debemos preservar a las especies de animales que allí se encuentran y que
su estadía en el lugar sea en óptimas condiciones, teniendo en cuenta que en
ciertos casos los animales rescatados terminan en peor estado que del que se
los sustrajo.
Que el
personal que se desempeña como encargado de los animales y de toda la granja,
no está capacitado para afrontar ciertas problemáticas en la salud de los
animales, haciéndose responsables por sus medios ante la falta de
profesionales.
Que es de
suma necesidad la presencia frecuente de veterinarios que asistan al lugar para
poder evaluar el estado de los animales.
Que la falta
de higiene y de control de plagas también pone en riesgo la salud del personal
que atiende a los animales.
Por todo
ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº
1.127/2018
ART.1º) El
Concejo Deliberante Municipal se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal
para que a través de la Secretaria de Gobierno:
a) gestione las obras pertinentes para reacondicionar la granja ubicada
en el Parque Regional, de modo que se ubiquen los animales según su especie, se
evite el hacinamiento y se mejore la infraestructura e higiene de los
corrales.
b) garantice visitas semanales de veterinarios que controlen natalidad,
salud y vacunación de los animales.
ART.2º)
Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala
de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2018