sábado, 10 de noviembre de 2018

INSTAN A LA PROVINCIA A REMOVER IMÁGENES RELIGIOSAS DE ESCUELAS Y HOSPITALES PÚBLICOS

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 8 de noviembre de 2018.

(EXPEDIENTE APROBADO CON DESPACHO DE COMISIÓN)

Expediente 246.488 de la concejala Celeste Lepratti

(Expediente aprobado por mayoría reglamentaria, con los votos negativos de los bloques de Cambiemos, Compromiso por Rosario y Demócrata Progresista)

VISTO
Que en ciertas escuelas y hospitales públicos de la ciudad de Rosario hay imágenes religiosas.

CONSIDERANDO
Que el propósito del proyecto es garantizar el efectivo cumplimiento de los principios de libertad religiosa y de conciencia, así como el de certificar el carácter laico de la educación pública.
Que la simbología religiosa no sólo no es representativa de la totalidad de la población, sino que a su vez no se condice con la laicidad del municipio y la provincia.
Que buscamos garantizar el trato igualitario de cultos para avanzar en la construcción de una agenda pública no basada en la moral, sino en los derechos ciudadanos.
Que el debate sobre el aborto legal y el histórico reclamo del movimiento de mujeres tuvieron tal impacto social que posibilitaron el surgimiento de discusiones largamente postergadas como la de la separación de la Iglesia y el Estado.
Que este año en nuestro país se renovó el debate sobre la separación Iglesia-Estado, con una Campaña Federal, que promueve debates acerca de la necesidad de un Estado laico y el financiamiento a la Iglesia católica, obligado por la Constitución Nacional a sostener “el culto católico apostólico romano”.
Que todavía existen decretos - leyes que regulan el dinero que se deriva a la iglesia católica argentina, los cuales fueron impuestos durante la última dictadura militar, entre los años 1979 y 1983. Como el Decreto- Ley Nº 21.540 – 03/03/1977, Título: Asignación a determinados dignatarios pertenecientes al Culto Católico Apostólico Romano; Decreto-Ley Nº 21.950 – 15/03/1979, Título: Otórgase a la Jerarquía Eclesiástica una asignación mensual equivalente a un porcentaje de la percibida por el Juez Nacional de Primera Instancia; Decreto Nº 1991/80 – 19/09/1980, Título: Norma de aplicación para el otorgamiento de órdenes de pasajes a representantes del Culto Católico Apostólico Romano; Decreto-Ley Nº 22.162 – 25/02/1980, Título: Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar una asignación mensual para el sostenimiento del culto Católico Apostólico Romano a curas párrocos o vicarios ecónomos de parroquias situadas en Zonas de Frontera; Decreto-Ley Nº 22.430/81 - 20/03/1981, Título: Asignación mensual vitalicia para Sacerdotes Seculares del Culto Católico Apostólico Romano no amparados por un régimen oficial de previsión o de prestación no contributiva; Decreto-Ley Nº 22.552-18/3/1982, Título: Inclúyese a los Vicarios Capitulares o a los Administradores Apostólicos de la Iglesia Católica Apostólica Romana en los alcances del art. 1º de la Ley 21.950, en determinados casos; Ley Nº 22.950 – 14/10/1983, Título: Sostenimiento del Clero de nacionalidad argentina.
Que este último decreto-ley establece uno de los mayores aportes cuantitativos directos que realiza el Estado a la Iglesia Católica. Impuesto ya casi hacia el final de la dictadura, establece la creación de becas estatales para los seminaristas. Es decir que por cada alumno del Seminario Mayor que sea de nacionalidad argentina, el Estado Nacional le paga a los obispos del Clero Diocesano y de cinco institutos de vida consagrada -Domínicos, Franciscanos, Mercedarios, Jesuitas y Salesianos-, una “beca” mensual equivalente al monto que corresponda a la Categoría 10 del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional. Los fondos para realizar este aporte, que garantiza gran parte del financiamiento de la Iglesia, también provienen del Presupuesto que votan los diputados y senadores nacionales cada año y que pagamos todos y todas con nuestros impuestos, independientemente de las creencias que tengamos o no tengamos.
Que a lo largo de la historia, el primer campo de aplicación de los principios de la separación Iglesia- Estado fue la Revolución Francesa, con la Declaración Universal de los Derechos del Hombre en 1789 y la Constitución Civil del Clero en 1790.
Que las ideas liberales serían expandidas por el mundo durante la primera mitad del siglo XIX. Para muchos se iniciaba el siglo de las ideas, marcada por la confrontación entre las nuevas corrientes de pensamiento y las conservadoras del pasado – siendo la separación Iglesia Estado – uno de los escenarios de esa disputa.
Que la segunda mitad del siglo XIX vio nacer con fuerza a corrientes ideológicas de izquierda, como el marxismo, el socialismo y el anarquismo, quienes realzaron y resinificaron la bandera de la separación Iglesia-Estado por excelencia fueron los Partidos Socialistas y Laboristas occidentales. Los socialistas,luego de los reclamos laborales, ponían como segundo punto de su agenda a la separación.
Que en Latinoamérica la situación de la laicidad ha tomado diferentes rumbos: México desde 1858 gracias a la Ley de Reforma, posee un Estado Laico. Otro caso resonado es el de Uruguay, que en 1918 implementó la separación Iglesia-Estado dentro de su Constitución, específicamente en el artículo 5: “Todos los cultos religiosos son libres en el Uruguay. El Estado no sostiene religión alguna”. El caso de Chile es similar al de Uruguay, puesto que desde 1925 posee un Estado Laico garantizado por el artículo 10 de su Constitución.
Que en nuestro país la separación Iglesia-Estado ha sido una batalla que se ha dado en diferentes momentos y con distintos lineamientos ideológicos. Por ejemplo, durante el siglo XIX, el sector liberal del P.A.N. (Partido Autonomista Nacional) fue el que buscó la separación Iglesia-Estado.
Que en 1884, se sancionó la ley 1420 que garantizaba la no injerencia religiosa en la educación primaria. Al año siguiente, el roquismo busco la separación. La votación no fue favorable en el Senado por apenas un voto, siendo quizá, la única derrota política del roquismo curiosamente frente a la Iglesia.
Que en el siglo XX, los partidos de base laica como la Unión Cívica Radical y el Partido Socialista, emprendieron diferentes campañas para reforzar la necesidad de un Estado Laico.
Que para 1955 el tema vuelve al interés político, fue el peronismo, dentro de una crisis con la Iglesia Católica, el que promovió una Constituyente para reformar la Constitución y separar la Iglesia del Estado, el peronismo contaba con los votos necesarios, pero el 16 de junio con el golpe de Estado, caía el gobierno del Gral. Perón y su proyecto político. 
Es por lo expuesto que la concejala abajo firmante eleva para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de

RESOLUCIÓN

El Concejo Municipal se dirige al Gobierno de la Provincia de Santa Fe para que a través de los Ministerios de Educación y Salud de la Provincia, se remuevan los símbolos e imágenes religiosas, instaladas en escuelas y hospitales públicos y/o pertenecientes a la provincia de Santa Fe con jurisdicción en la ciudad de Rosario, garantizando el efectivo cumplimiento de los principios de libertad religiosa y conciencia, reforzando el carácter laico de la ciudad de Rosario.

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