sábado, 9 de septiembre de 2017

CMR. GESTIONAN BENEFICIO PARA BARES QUE RESPETEN EL DERECHO A LA “JARRA DE AGUA”

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, jueves 7 de septiembre de 2017
LA SESIÓN DE HOY

(Expediente que llegó al recinto con despacho de comisión) 

Vuestra Comisión de Salud y Acción Social ha considerado el proyecto de Decreto presentado por los concejales María Eugenia Schmuck y Sebastián Chale, que expresa:

“Visto: La Ordenanza 9465/2015 que establece el derecho a acceder a agua potable en establecimientos gastronómicos y,

Considerando: Que el agua es un derecho fundamental consagrado en la Carga Internacional de Derecho Humanos.

Que el denominado derecho a la “Jarra de Agua” fue impulsado por la Cátedra del Agua de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), con el apoyo de Aguas Santafesinas S.A., y la Defensoría del Pueblo de Santa Fe.

Que el objetivo de esta iniciativa, plasmada en la Ordenanza 9465/2015, es garantizar en los bares y restaurantes se ofrezca agua potable de grifo para acompañar los alimentos a los clientes que quieran beberla, de forma libre y gratuita.

Que el menú tradicional que ofrecen los establecimientos de agua o gaseosas embasada cuando se decide a beber con el plato de comida, debería contar con esta opción.

Que en junio de 2012 en la Ciudad de Rio de Janeiro, se desarrolló la cumbre de los Pueblos, paralelo y en conjunto a la Conferencia de la ONU sobre Desarrollo Sostenible, donde el criterio que prevaleció fue que el Agua es un derecho humano esencial y por lo tanto imprescriptible, indivisible e inalienable, por lo tanto el ser humano per se tiene derecho a acceder a este elemento insustituible, sin importar si no tiene dinero, por el sólo e importante hecho de ser persona.

Que el derecho a la jarra es una forma más de valorar el agua como elemento de vida que no es una oposición al agua envasada, sino que a favor del agua potable de la canilla.

Que el derecho al agua es un derecho fundamental consagrado en la Carta internacional de Derecho Humanos, indisolublemente asociado con los más altos niveles posibles de salud, el derecho a una vivienda y a una alimentación adecuada; y que en el ámbito de la ciudad de Rosario, este derecho se encuentra reconocido en distintas normativas, como los Decretos 2.963 y 38.230.

Que la ciudad de rosario cuenta con acceso al agua potable a través de los servicios públicos; y que es requisito para la habilitación de los restaurantes, cafés, bares y demás establecimiento dedicado al expendio de alimentos contar con conexión de agua potable.

Que si bien la Ordenanza 9465 fue aprobada en noviembre de 2015, aún no se cumple en la totalidad de los establecimientos gastronómicos, bares y restaurantes de la ciudad, por lo cual ha solicitado su cumplimiento ene el Decreto 48.673.

Que los aumentos en la tarifa de agua desalientan el cumplimiento de la Ordenanza y genera grandes costos a quienes la cumplen.

Que es necesario alentar el cumplimiento del derecho a la jarra de agua y beneficiar a través de una tarifa bonificada a aquellos que brindan este servicio”.

Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar gestiones pertinente ante la empresa Aguas Santafesina S.A., para que la empresa otorgue una tarifa diferencial bonificada a aquellos locales gastronómicos qu cumplan con lo establecido por la Ordenanza 9465/2015.-


Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.

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