Dirección General de Prensa
Rosario, 18 de septiembre de 2025
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY
ÍNDICE
1.- DISPONEN LA COLOCACIÓN DE SISTEMAS SOLARES DE RECARGA PÚBLICA DE DISPOSITIVOS MÓVILES
2.- FOMENTAN EL DESARROLLO DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS DE TRANSPORTE
3.- INTERRUPCIÓN OCASIONAL O PERMANENTE DE AGUA EN EVENTO BAILABLES SERÁ PENALIZADA
4.- CREARON EL CIRCUITO “BERNI EN ROSARIO”
5.- EXPRESAN RECHAZO AL VETO DE LA LEY DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO
6.- RECHAZARON CONCURSO INGLÉS QUE PROMOVÍA EL CONOCIMIENTO DE VECINOS DE LAS “ISLAS FALKLANDS”
7.- ENCOMIENDAN EFECTUAR TAREAS PREVENTIVAS PARA LA LUDOPATIA EN CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS
8.- EFECTÚAN MODIFICACIONES AL TRAZADO OFICIAL
9.- PROMUEVEN LA REALIZACIÓN DE MATERIAL AUDIOVISUAL EN LENGUAJE DE SEÑAS PARA DIFUSIONES INSTITUCIONALES
10.- OTORGAN PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2026
11.- EL DOCTOR RAÚL FRANCISQUELO SERÁ MÉDICO DISTINGUIDO
12.- REALIZARÁN JORNADA POR LA AGROECOLOGÍA
13.- LA MÉDICA PATRICIA PERFUMO SERÁ DESTACADA POR SU NOTABLE TRAYECTORIA PROFESIONAL
14.- DISTINGUIRÁN AL PERIODISTA DEPORTIVO GUILLERMO FERRETTI
15.- RECONOCIMIENTO A LA LABOR PRESTADA POR EL “BARCO CIUDAD DE ROSARIO” DURANTE MÁS DE 50 AÑOS
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DISPONEN LA COLOCACIÓN DE SISTEMAS SOLARES DE RECARGA PÚBLICA DE DISPOSITIVOS MÓVILES
Expediente 275745 de la concejala Rey
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza N° 9.368, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1°.- Incorpórese en diferentes espacios públicos de la ciudad de Rosario un sistema de recarga de celulares por medio de la energía solar, de uso público y gratuito.
Artículo 2º.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 9.368 el Artículo 1 Bis, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 1 Bis.- Cada estación de carga solar propenderá la equipación de las mismas con paneles solares que aseguren un adecuado rendimiento incluso en condiciones de baja luminosidad. El diseño de las estaciones deberá ser accesible, durable y resistente a las inclemencias del tiempo.
A su vez, podrán contar con al menos tres puntos de carga de diferentes tipos de cables y puertos USB, para atender la diversidad de modelos de teléfonos móviles.”
Artículo 3º.- Modifícase el Artículo 3º de la Ordenanza N° 9.368, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3°.- Los cargadores de celulares que funcionen por medio de energía solar deberán estar ubicados en aquellos espacios públicos de la ciudad que por sus características y localización sean considerados como estratégicos para mantener su cuidado, a los fines de evitar posibles actos de vandalismo sobre las estructuras. Entre aquellos, se podrán encontrar los siguientes:
-Terminal de Ómnibus “Mariano Moreno”.
-Explanada Parque de España.
-Plaza San Martín.
-Plaza Juan Bautista Alberdi.
-Balneario La Florida.
-Plaza Ernesto “Che” Guevara.
-Plaza 25 de Mayo.”
Artículo 4°.- Incorpórese el Artículo 3 Bis a la Ordenanza N° 9.368, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 3° Bis.- La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será determinada por el DEM y se encargará del mantenimiento de los puntos de carga.”
FOMENTAN EL DESARROLLO DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS DE TRANSPORTE
Expediente 273612 del concejal Fiatti
D E C R E T O
Artículo 1°.- Encomiendase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, analice y gestione constituir en el ámbito de la ciudad de Rosario un espacio de formación técnica en desarrollo, fabricación y mantenimiento de vehículos de transporte eléctrico, con el objeto de preparar técnicos y especialistas que contribuyan a la reconversión y sostenimiento de la flota de colectivos de transporte urbano de pasajeros en términos eléctricos, promoviendo las oportunidades laborales en un rubro que se encuentra en desarrollo.
Artículo 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la repartición que corresponda y en el marco de lo solicitado en el artículo 1° del presente, podrá celebrar convenios con Universidades y/u otras entidades de formación, escuelas técnicas, empresas dedicadas a la fabricación de transporte eléctrico y/o talleres dedicados a la reparación de dicho transporte.
INTERRUPCIÓN OCASIONAL O PERMANENTE DE AGUA EN EVENTOS BAILABLES SERÁ PENALIZADA
Expediente 276565 del concejal Caruana
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 214° de la Ordenanza N° 10.267 Código de Convivencia Ciudadana, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art. 214°.- Las infracciones a las normas referidas a la construcción, instalación, funcionamiento y mantenimiento higiénico-sanitario de los baños en todo local con afluencia de público, será sancionada con multa de 150 a 1900 UF y/o clausura hasta noventa (90) días.
Asimismo, en aquellos establecimientos con afluencia masiva de público y/o en los que se desarrollen eventos musicales masivos con actividad bailable, donde se interrumpa, de forma ocasional o permanente, el suministro de agua potable, será sancionado con multa de 500 a 3800 UF y/o clausura hasta noventa (90) días. En ambos casos, la reincidencia será sancionada con multa de 600 a 3000 UF y/o clausura de hasta ciento ochenta (180) días.”
CREARON EL CIRCUITO “BERNI EN ROSARIO”
Expediente 275039 de la concejala López
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Créase en la Ciudad de Rosario el Circuito Turístico “Berni Rosarino” que consistirá en un recorrido por los lugares de referencia más importantes vinculados a la vida del artista rosarino Antonio Berni, a fin de homenajear su legado en el marco del 120º aniversario de su nacimiento, como también de sumar elementos para promocionar y fortalecer a la ciudad de Rosario como destino turístico.
Artículo 2°.- Los sitios que integran el circuito deberán estar señalizados convenientemente y deben formar parte de un recorrido que será promocionado por el Ente Turístico de Rosario por todos sus medios, pero especialmente en la APP Turismo junto a los diferentes circuitos ya consolidados. Asimismo, el Departamento Ejecutivo deberá promocionar dicho circuito en la página web de la Municipalidad, sus redes sociales oficiales y aplicaciones móviles. Junto a la señalética se deben colocar códigos QR dirigidos al sitio web mencionado, con la correspondiente audioguía para el seguimiento autoguiado del circuito turístico. La autoridad de aplicación deberá incorporar un apartado especial del circuito dirigido a las infancias.
Artículo 3º.- El circuito deberá incluir su casa natal en calle España 288, sus ámbitos de estudios del arte, los espacios culturales y demás lugares que frecuentó con su arte y/o que se consideren de importancia histórica y cultural, su vivienda al regresar de Europa en calle Juan Manuel de Rosas 1457, espacios culturales donde estén exhibidas sus obras, como también los cuadros pintados a cielo abierto ubicados en medianeras. El Departamento Ejecutivo podrá incluir demás espacios y lugares que considere de importancia para homenajear el legado del artista.
Artículo 4°.- La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Deporte y Turismo de Rosario en coordinación con la Secretaría de Cultura y Educación.
Artículo 5°.- Las obras y señalética de los sitios integrantes del circuito no pueden ser reemplazadas por ningún tipo de propaganda o publicidad, y es responsabilidad de la Municipalidad de Rosario preservarlas en buen estado.
EXPRESAN RECHAZO AL VETO DE LA LEY DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO
Expediente 276934 de la concejala Schmuck
// Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo del concejal Franco Volpe, y con la abstención de la concejala Sabrina Prence //
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario rechaza el veto promulgado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto Nº 647/2025 a la Ley de Financiamiento Universitario Nº 27.795, sancionada por el Congreso de la Nación, que brindaba al sistema universitario y científico previsibilidad presupuestaria y garantizaba la continuidad del funcionamiento de las universidades públicas.
Asimismo, este Cuerpo acompaña a las y los legisladores nacionales que convocarán a una nueva sesión para rechazar el veto del Poder Ejecutivo y sostener la Ley que posibilitará a millones de argentinos y argentinas el acceso a la universidad pública y gratuita.
RECHAZARON CONCURSO INGLÉS QUE PROMOVÍA EL CONOCIMIENTO DE VECINOS DE LAS “ISLAS FALKLANDS”
Expediente 276965 del concejal Romero
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario expresa su enérgico rechazo al concurso regional “Conociendo a mis vecinos de las islas Falkland” convocado por el Reino Unido de Gran Bretaña, y sus respectivas embajadas en Argentina, Uruguay y Paraguay. Ya que aceptar este tipo de prácticas educativas, con un fuerte trasfondo geopolítico, significa reconocer de facto la presencia ilegítima e ilegal de Gran Bretaña en las Islas Malvinas, la potestad de dicha potencia colonial de “invitarnos” a nuestro propio territorio nacional y la aceptación pasiva por parte de nuestro Gobierno Nacional. Frente a dicha afrenta necesitamos reforzar nuestro reclamo comprendido en la Constitución Nacional y también la nueva Constitución Provincial sobre la soberanía del territorio comprendido por las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, así como los demás espacios marítimos e insulares
ENCOMIENDAN EFECTUAR TAREAS PREVENTIVAS PARA LA LUDOPATIA EN CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS
Expediente 276444 de la concejala Irigoitia
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, a incorporar en el marco de la Ordenanza Nº 10.686, acciones específicas para la Prevención de las Apuestas Online, la Ludopatía y la Ciberludopatía, en Clubes y Entidades Deportivas de Rosario.
Artículo 2º.- Entre dichas acciones, se destacan las siguientes:
a) La Agencia Municipal de Prevención y Abordajes de Consumos Problemáticos y la Secretaría de Deporte y Turismo promoverán la elaboración de PROTOCOLOS internos en los clubes e instituciones deportivas para sistematizar herramientas concretas que orienten la acción ante la eventual detección de situaciones problemáticas. Para la elaboración de dichos protocolos, las áreas municipales correspondientes trabajarán con los representantes de las instituciones que soliciten el acompañamiento garantizando aspectos técnicos e información relevante sobre el tema.
b) La Agencia Municipal de Prevención y Abordajes de Consumos Problemáticos y la Secretaría de Deporte y Turismo instarán a los clubes e instituciones deportivas interesadas en llevar adelante acciones para prevenir y abordar la problemática de Ludopatía y Ciberludopatía, a conformar EQUIPOS DE REFERENCIA internos que interactúen con los equipos pertinentes de las áreas municipales. Los mencionados equipos estarán conformados por adultos que sean parte de la vida institucional del club o entidad deportiva (entrenadores, padres/madres, miembros de la comisión directiva, etc.), y recibirán capacitaciones y herramientas por parte de la Agencia Municipal de Prevención y Abordajes de Consumos Problemáticos para trabajar en la prevención de la problemática, identificar signos de alerta y canalizar situaciones de riesgo.
Artículo 3º.- Se otorgará un sello de compromiso con la prevención de la ludopatía y la ciberludopatía a los clubes y entidades deportivas que implementen activamente estas acciones.
EFECTÚAN MODIFICACIONES AL TRAZADO OFICIAL
Expediente 276714 de Intendencia
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Modifícase el trazado oficial de calle Provincia de Misiones Sureste, entre calle Carlos Uriarte al Sur y Bv. 27 de Febrero al Norte, estableciendo para el mismo un nuevo ancho oficial de 18,80m resultante de mantener su actual Línea Municipal Noroeste en coincidencia con el deslinde parcelario sureste de los inmuebles ferroviarios empadronados en la Sección Catastral 17ª, Sin Manzana, Gráfico 300, S/D 27, S/P 991 y S/D 26, S/P 991 y de ubicar su Nueva Línea Municipal Sureste en forma paralela y a 18,80 m hacia el Sureste de los mencionados deslindes parcelarios.
Artículo 2°.- Las medidas enunciadas en el artículo anterior surgen del estudio de los antecedentes dominiales, normativos y cartográficos, quedando las mismas sujetas a nuevos trabajos de mensuras, y al emplazamiento definitivo del cerco de la Unidad Penitenciaria N° 5 sobre calle Misiones, los cuales determinarán con precisión las áreas a afectar al uso y dominio público, facultándose al Departamento Ejecutivo a establecer las adecuaciones necesarias.
Artículo 3°.- El plano adjunto al presente texto de Ordenanza forma parte indisoluble de ésta, siendo copia del obrante a fs. 10 del Expediente D.E. N° 16.449-D-2025.
PROMUEVEN LA REALIZACIÓN DE MATERIAL AUDIOVISUAL EN LENGUAJE DE SEÑAS PARA DIFUSIONES INSTITUCIONALES
Expediente 275919 del concejal Blanco
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiendese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, evalúe la factibilidad de realizar contenidos de índole audiovisual en Lenguajes de Señas Argentino (LSA), para difundir por redes sociales institucionales de la Municipalidad de Rosario , pantallas digitales y/o mediante código QR en el Transporte Urbano de Pasajeros (TUP), Centros Municipales de Distrito (CMD), Centros de Salud y Hospitales Públicos, Centros Cuidar, en espacios culturales dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación de la ciudad y demás canales de comunicación institucionales que considere necesario, con el propósito de acercar esta lengua natural a la población en general de forma didáctica y promover a la empatía sobre la comunidad sorda.
Artículo 2º.- A los fines del presente Decreto, la autoridad de aplicación deberá encargarse de la producción y difusión de contenido audiovisual que enseñen palabras básicas en Lengua de Señas Argentina (LSA): saludos, conceptos básicos para asistencia en casos críticos y/o emergencias, preguntas frecuentes y mapa de servicios accesibles en los sitios mencionados en el artículo 1º del presente.
OTORGAN PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2025
Expediente 276938 de Intendencia
D E C R E T O
Artículo 1°.- Otórgase al Departamento Ejecutivo Municipal una prórroga por 30 días hábiles al plazo establecido en el artículo 9° de la Ordenanza de Contabilidad para la presentación del Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2025.
EL DOCTOR RAÚL FRANCISQUELO SERÁ MÉDICO DISTINGUIDO
Expediente 276586 de particular
D E C R E T O
Artículo 1°.- Declárase Médico Distinguido de la Ciudad de Rosario al Dr. Raúl Domingo Francisquelo, por su larga trayectoria y vasta experiencia en el campo de la cirugía aplicando sus conocimientos en ámbitos públicos y privados de la salud de nuestra ciudad.
Artículo 2°.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, en un acto público con fecha y lugar a confirmar.
REALIZARÁN JORNADA POR LA AGROECOLOGÍA
Expediente 276823 de la concejala López
R E S O L U C I Ó N
1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve realizar la Jornada “Agroecología para alimentar ciudades”, el día 29 de septiembre a las 16hs en el Recinto de Sesiones del Concejo Municipal de Rosario.
2º.- Para la realización de la Jornada se convocará a Cooperativas y Asociaciones de la Economía Social, funcionarios y funcionarias de todo el territorio provincial que hayan presentado iniciativas que vayan en el sentido del objetivo de la Jornada.
3º.- La jornada será transmitida por el canal de youtube del Concejo Municipal de Rosario.
LA MÉDICA PATRICIA PERFUMO SERÁ DESTACADA POR SU NOTABLE TRAYECTORIA PROFESIONAL
Expediente 276814 de particular
D E C R E T O
Artículo 1°.- Declárase Medica Distinguida de la ciudad de Rosario a la Dra. Patricia Roxana Perfumo, en reconocimiento a su sobresaliente trayectoria profesional, su invaluable contribución a la medicina reproductiva y su incansable labor docente y de investigación.
Artículo 2°.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento al homenajeado, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.
DISTINGUIRÁN AL PERIODISTA DEPORTIVO GUILLERMO FERRETTI
Expediente 276747 de la concejala Bracco
D E C R E T O
Artículo 1°.- Declárase Periodista Distinguido de la Ciudad de Rosario, al Sr. Guillermo Luis Ferretti, en reconocimiento a sus tres décadas de incansable labor periodística y su invaluable contribución a la crónica deportiva local, en particular, al seguimiento del Club Atlético Rosario Central.
Artículo 2°.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento al homenajeado, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.
RECONOCIMIENTO A LA LABOR PRESTADA POR EL “BARCO CIUDAD DE ROSARIO” DURANTE MÁS DE 50 AÑOS
Expediente 276678 del concejal Cavatorta
D E C L A R A C I Ó N
“El Concejo Municipal de Rosario declara su reconocimiento histórico y cultural al servicio prestado por el “Barco ciudad de Rosario” durante más de cincuenta (50) años, siendo un símbolo de nuestra ciudad, pionero en la industria del turismo fluvial, educativo y ecológico, aportando a la concientización sobre el cuidado del medio ambiente, nuestro ecosistema, el Río Paraná, sus islas, su flora y su fauna”. Comuníquese con sus considerandos, etc.

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