sábado, 28 de octubre de 2017

CMR. ENCOMIENDAN FORMALIZAR CONVENIOS PARA GESTIONAR ESTACIONAMIENTO DURANTE LA FIESTA DE COLECTIVIDADES

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 27 de octubre de 2017.
LA SESIÓN DE HOY 

(Expediente de autoría de la concejala María Eugenia Schmuck)

Visto: La realización anual del Encuentro y fiesta Nacional de las Colectividades en nuestra ciudad a desarrollarse desde el viernes 3 de Noviembre al domingo 12 del mismo mes.

Considerando: Que este gran evento local se caracteriza por contar con la asistencia de miles de personas rosarinos y turistas.

Que como todo gran evento, nuestra ciudad se encuentra con una multitud de automóviles particulares que se acercan a la zona donde se desarrolla esta actividad.

Que es necesario ordenar la actividad de los “cuidacoches”, es decir aquellas personas que ofrecen el servicio de cuidado y control de vehículos automotores en la vía pública.

Que sería importante que estas actividades sean desarrolladas y controladas por entidades de bien público, y así lograr un aporte al financiamiento de las obras de bien que realizan estas instituciones.

Es por lo expuesto que el Concejal abajo firmante propone para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a generar convenios con Entidades de Bien Público/Asociaciones Civiles con personería jurídica, para la explotación exclusiva en el cobro de estacionamiento en el sector comprendido por Avenida Belgrano entre Buenos Aires y Avenida Pellegrini, durante los días y horarios de funcionamiento del Encuentro y Fiesta Nacional de las Colectividades.
Artículo 2º.- Condiciones:
a) Las entidades beneficiarias son Entidades de Bien Publico / Asociaciones Civiles con personería jurídica adjudicada por la Inspección General de Personas Jurídicas o en Trámite (en su etapa final).
b) Las entidades beneficiarias podrán cumplir con la prestación a través de voluntarios de la institución o contratando personal a su cargo, siendo responsables de cualquier eventualidad que pudiera ocurrir durante la explotación otorgada. Las personas que desarrollen las tareas deberán portar, de manera visible, una credencial de identificación, así como vestir un chaleco refractario. Las personas contratadas no tendrán ningún tipo de relación laboral con la Municipalidad de Rosario.
c) La tarifa para la estadía se establecerá como el equivalente al costo vigente de 3 horas de la tarifa de estacionamiento medido correspondiente a la Zona C de nuestra ciudad.
d) Como constancia del pago, se entregará un bono donde conste la institución beneficiaria del mismo y la tarifa correspondiente.
Artículo 3º.- El DE determinará las Entidades de Bien Público/ Asociaciones Civiles a quienes se les otorgará el permiso de explotación.
Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo, a través de las reparticiones que corresponda, garantizará el normal desarrollo y cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto en lo relativo a las condiciones de seguridad.
Artículo 5º.- Las instituciones beneficiarias deberán elevar a este Cuerpo, en un plazo máximo de 60 días luego del evento, un informe de los ingresos percibidos por el desarrollo de la actividad prevista en la presente. 

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