lunes, 4 de noviembre de 2019

Licencia de Conducir. Capitación Vial obligatoria más RCP para la tramitación de la primera licencia

CONCEJO DELIBERANTE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ

Expte. N° 6.921/19. VISTO:

Ley 2756. Del derecho comparado, la Ordenanza N°3.926/10 de la ciudad de Venado Tuerto y

CONSIDERANDO:

Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS), las Enfermedades cardiovasculares
representan en la actualidad uno de los mayores problemas de salud pública mundial.
Que ante un paro cardiorespiratorio, en la mayoría de los casos es una persona no relacionada con la salud la que se encuentra presente y el tiempo de respuesta es esencial.
Que los primeros minutos y lo que puede hacer el entorno es clave para salvarle la vida a una persona.
Que seria de suma importancia capacitar y entrenar a la población, brindando cursos básicos de
primeros auxilios y maniobras de atención a la emergencia, tales como la RCP.
Que el Municipio cuenta con profesionales de la Salud capacitados para dictar el curso de RCP. Que sería positivo incorporar un curso de RCP para la obtención de la primer licencia de conducir.
Que está demostrado que la reanimación cardiopulmonar temprana y efectiva aumenta entre 2 y 3 veces la posibilidad de sobrevida de una víctima de paro cardíaco.
Que entendemos que el número de muertes evitables podría disminuir si el conocimiento de maniobras y técnicas estuvieran extendidas entre la población.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO N° 1.332/2.019

ART.1°) Estudiese la factibilidad de incorporar a partir de enero del año 2020 al curso de Capitación Vial obligatorio, la capitación de RCP (Resucitación Cardiopulmonar),para la tramitación de la primer licencia de conducir (principiante)

ART.2°) Comuníquese, Publiquese, y Regístrese. Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de octubre de 2.019. 


https://concejovgg.gob.ar 

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