jueves, 7 de noviembre de 2019

LOS CENTROS COMERCIALES A CIELO ABIERTO TENDRÁN SU DÍA

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 7 de noviembre de 2019.
LA SESIÓN DE HOY 

Expediente 246.820 del concejal Toniolli 

VISTO
La necesidad de este concejo en apoyar el desarrollo de los Centros Comerciales a Cielo Abierto
y;
CONSIDERANDO
Que nuestra ciudad posee 27 centros comerciales, 8.000 locales y emplean a 17.000 personas;
Que los Centros Comerciales a Cielo Abierto reconocidos por el Gobierno Municipal son: Paseo Pellegrini, Paseo Cafferata, Peatonal Córdoba, Paseo de las Carretas (Paseo del Siglo), Asociación Amigos Calle Corrientes, Centro Comercial Maipú (joyeros), Paseo Echesortu, Echesortu Oeste, Mercado Pichincha, Centro Comercial Salta, Centro Comercial San Luis, Peatonal San Martín, Centro Comercial Santa Fe, Centro Comercial Fisherton, Centro Comercial Empalme Graneros, Paseo Calle Mendoza, Centro Comercial Belgrano, Centro
Comercial Paseo Alberdi, Sabores de la Costa, Centro Comercial Florida/Rondeau, Paseo Industrial, Paseo Puerto Norte, Centro Comercial Arijón, Centro Comercial Bella Vista- Av. Godoy, Centro Comercial San Martín Sur, Centro Comercial Tiro Suizo, Asociación Centro Comercial Ayacucho;
Que las y los comerciantes se organizan y gestionan para hacer de cada ámbito territorial, un paseo comercial;
Que por medio del asociativismo y la cooperación se busca generar actividades de promoción, difusión y revitalización de cada espacio, buscando así mejorar la rentabilidad, atraer clientes; ayudando a la profesionalización del comercio minorista brindando formación específica para desarrollar ventajas competitivas colectivas;
Que los Centros Comerciales a Cielo Abierto son un espacio de intercambio comercial, y también un lugar para el desarrollo de relaciones y vínculos comunitarios;
Que los centros comerciales intentan mejorar la rentabilidad, aumentar la generación de empleo, fomentar vínculos institucionales y una fluida articulación público-privada;
Que la propuesta se fundamentada en la coyuntura económica que está atravesando nuestro país, la cual exige al Estado local explorar medidas que coadyuven a sostener el movimiento comercial rosarino;
Que es importante incluir a todo el colectivo de comerciantes que desarrolla sus actividades en estos espacios;
Que es necesario coordinar con la Municipalidad la debida autorización y las medidas a llevar a cabo para el correcto desarrollo del evento; organizando actividades que puedan fomentar el comercio;
Que es intención de las y los comerciantes de los Centros Comerciales a Cielo Abierto de nuestra Ciudad que el “Día de los Centros Comerciales a Cielo Abiertos” pueda realizarse de manera sostenida en el tiempo";
Es por lo expuesto que se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

CREACIÓN DE “DÍA DE LOS CENTROS COMERCIALES A CIELO ABIERTO” 

Artículo 1°.- Establézcase en el ámbito de la ciudad de Rosario, el “Día de los Centros Comerciales a Cielo Abierto”, evento que se desarrollará una vez al año en cada centro comercial que desee realizar la actividad con fechas a convenir con la autoridad de aplicación de la presente.
Art. 2°.- La Secretaría de Producción, Empleo e Innovación del Municipio, será la autoridad de aplicación de la presente.
Art. 3°.- El “Día de los Centros Comerciales a Cielo Abierto” se caracterizará por la realización de espectáculos artísticos en los espacios de circulación, y de cualquier otra actividad u acción, que represente un aporte a la afluencia de público.
Art 4º.- Podrán participar de la conformación del calendario anual establecido en el artículo 1º de la presente, aquellos Centros Comerciales a Cielo Abierto que se encuentren inscriptos en el Registro establecido en el Artículo 4 de la Ordenanza Nº 9332/2014.
Art. 5°.- La Secretaría de Producción, Empleo e Innovación, coordinará con la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario, en lo que refiere a la provisión de espectáculos públicos en el marco de las actividades planificadas, además de realizar las gestiones necesarias para la difusión del calendario anual.
Art. 6°.- Los gastos que demande la logística para la realización de los eventos establecidos mediante calendario, correrán por cuenta de los Centros Comerciales a Cielo Abierto. Por su parte, la Secretaría de la Producción, Empleo e Innovación articulará el operativo con la Secretaría de Control y Convivencia de la Municipalidad de Rosario, y con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe.

Art. 7º.- Comuníquese con sus considerandos.

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