viernes, 19 de junio de 2026

Concejo Municipal de Rosario. La sesión de hoy 18/06/26

 

Dirección General de Prensa
Rosario, 18 de junio de 2026
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY

ÍNDICE


1.- INCORPORAN NUEVAS DEDUCCIONES A REDES DE COMPRA EN EL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL

2.- VOLVERÁN A IZAR LA ENSEÑA PATRIA EN EL COMIENZO DE LAS SESIONES

3.- ENCOMIENDAN GESTIONES PARA SOLICITAR INFORME ANTE EL ENAPRO SOBRE LA ACTIVIDAD, FISCALIZACIÓN Y ÓRGANOS DE CONTRO PORTUARIO

4.- PROPICIAN RESOLUCIÓN FAVORABLE A LA SITUACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA RADIO LT3

5.- PESAR POR EL FALLECIMIENTO DE LA PRESIDENTA DE MADRES DE PLAZA DE MAYO “TATY” ALMEIDA

6.- MANIFESTARON PESAR POR EL FALLECIMIENTO DEL “INDIO” SOLARI

7.- ADECUACIÓN DE INDICADORES URBANÍSTICOS EN SECTOR QUE INDICA

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DESARROLLO

Al final de la sesión, la presidenta del Concejo Municipal, María Eugenia Schmuck, solicitó la realización de un minuto de silencio a modo de recordatorio de los recientes fallecimientos de los ex ediles Pablo Cribioli y Pedro Retamozo.

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INCORPORAN NUEVAS DEDUCCIONES A REDES DE COMPRA EN EL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL

Expediente 280328 de la concejala Labayru

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Incorpórase en el Decreto - Ordenanza 9476 / 1978 (Código Tributario Municipal), el inciso p) dentro del artículo 80, con el siguiente texto: “Los ingresos provenientes de las ventas o prestaciones de servicios realizadas por Redes de Compra, cuando éstas sean agrupaciones empresarias sin fines de lucro, constituidas con el objeto de adquirir bienes o servicios o prestar servicios para sus propios miembros, a quienes se los transfieran al por mayor al mismo precio de adquisición o estrictamente al costo de prestación del servicio, sin plus, comisión o adicional alguno, para que éstos, a su vez, los comercialicen en forma minorista o los utilicen en sus actividades empresarias. Tal deducción sólo procederá cuando el asociado sea contribuyente de Derecho de Registro e Inspección de Rosario. Los ingresos generados por la facturación a contribuyentes no inscriptos en el DReI de la ciudad de Rosario serán computables en la base imponible a los fines de la determinación del DReI de la agrupación de compra”.

Artículo 2°.- A los fines de la correcta implementación de la presente ordenanza, las agrupaciones de compra deben informar anualmente al Departamento Ejecutivo Municipal la nómina de sus asociados, datos tributarios y/o cuentas de DReI en la ciudad de Rosario a los fines de facilitar la fiscalización tributaria pertinente.

Artículo 3°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos que considere necesarios para la operatividad de esta implementación.

Artículo 4°.- Instrúyese al Departamento Ejecutivo Municipal a dejar sin efecto cualquier pretensión fiscal determinada o determinable sobre períodos anteriores a esta norma.


VOLVERÁN A IZAR LA ENSEÑA PATRIA EN EL COMIENZO DE LAS SESIONES

Expediente 280564 de la concejala Gigliani

R E S O L U C I Ó N

1°.- Incorpórase el Artículo 123 bis al Reglamento Interno del Concejo Municipal de Rosario, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 123 bis.- Previo al inicio formal de cada sesión del Cuerpo, se procederá al izamiento de la Bandera Nacional Argentina en el mástil emplazado en el Recinto de Sesiones. Al finalizar la misma, se procederá a su respectivo arrío.


ENCOMIENDAN GESTIONES PARA SOLICITAR INFORME ANTE EL ENAPRO SOBRE LA ACTIVIDAD, FISCALIZACIÓN Y ÓRGANOS DE CONTRO PORTUARIO

Expediente 280342 del concejal Basso

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de las reparticiones correspondientes, gestione ante el Ente Administrador Puerto Rosario (ENAPRO) un informe detallado y pormenorizado sobre los órganos de control, fiscalización y la actividad portuaria general durante el período correspondiente al año 2025 y lo que va del año 2026, detallando:

a) Áreas de control: Detalle de áreas, direcciones u órganos internos del ENAPRO encargados de dirigir y ejecutar las tareas de control operativo y edilicio dentro del predio portuario.

b) Accidentes fluviales: Cantidad de choques, rozamientos o colisiones de embarcaciones registrados en la jurisdicción, detallando: tipo de buques, bandera de origen de cada uno, cargas transportadas y estado de las investigaciones de las causas.

c) Accidentes laborales: Cantidad de accidentes ocurridos dentro de las instalaciones y terminales portuarias, especificando número de trabajadores afectados, gravedad de las lesiones, fallecimientos y daños materiales en la infraestructura.

d) Inspecciones y Denuncias: Cantidad de inspecciones de seguridad e higiene realizadas de oficio por el ENAPRO. Asimismo, informar la cantidad de denuncias por irregularidades recibidas y qué sanciones o apercibimientos se aplicaron a los concesionarios (Terminal Puerto Rosario u otros).

e) Informes de Prefectura: Detallar las actuaciones y los informes técnicos presentados por la Prefectura Naval Argentina ante el ENAPRO en relación con los siniestros y la seguridad de la navegación comercial frente a Rosario durante el período solicitado.

f) Registro y reporte interjurisdiccional: Informar si existen expedientes, actas de infracción o reportes coordinados conjuntamente con el Ministerio de Trabajo de la Provincia, el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y las áreas de control de la Municipalidad de Rosario.

g) Planes de contingencia y emergencia: Remitir copia de los protocolos de seguridad, evacuación y planes de contingencia ambiental y operativa vigentes en las terminales, indicando fecha de su última actualización y simulacro realizado.

h) Cobertura de riesgos (ART): Informar sobre los Programas de Seguridad y Prevención vigentes y aprobados por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) correspondientes, tanto para el personal propio como contratado de los concesionarios.

i) Actuaciones administrativas recientes: Detallar el estado actual de los expedientes administrativos, informes técnicos o sumarios internos iniciados a raíz de los accidentes de público conocimiento acontecidos en el mes de mayo de 2026.

Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente en un plazo de treinta (30) días, remitiendo copia de la documentación respaldatoria solicitada.


PROPICIAN RESOLUCIÓN FAVORABLE A LA SITUACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE LA RADIO LT3

Expediente 280590 del concejal Gavira

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario aboga fervientemente por una pronta, pacífica y favorable solución entre las partes, instando al diálogo constructivo que permita resguardar tanto la continuidad de los puestos de trabajo como el valor histórico y comunicacional de la emisora en nuestra región.


PESAR POR EL FALLECIMIENTO DE LA PRESIDENTA DE MADRES DE PLAZA DE MAYO “TATY” ALMEIDA

Expediente 280747 de la concejala Gigliani

// Aprobado por unanimidad, con la abstención de la concejala Sabrina Prence //

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su profundo pesar por el fallecimiento de Lidia Stella Mercedes Miy Uranga, Taty Almeida, histórica referente y Presidenta de Madres de Plaza de Mayo - Línea Fundadora, sucedido el día 14 de junio del presente a sus 95 años de edad, quien dedicara su vida a la lucha por los Derechos Humanos, la Memoria, la Verdad y la Justicia.


MANIFESTARON PESAR POR EL FALLECIMIENTO DEL “INDIO” SOLARI

Expediente 280591 de la concejala López

// Aprobado por unanimidad, con la abstención de la concejala Sabrina Prence //

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su profundo pesar por el fallecimiento de Carlos Alberto Solari, El Indio Solari, destacando su invaluable aporte a la música argentina y su trascendente legado como referente de la cultura popular nacional.

El Concejo Municipal acompaña en este momento de dolor a sus familiares, seres queridos, colegas y a las innumerables personas que encontraron en su obra una expresión artística de profundo significado.


ADECUACIÓN DE INDICADORES URBANÍSTICOS EN SECTOR QUE INDICA

Expediente 280722 de la Comisión de Planeamiento y Urbanismo

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal un relevamiento y estudio urbanístico del sector perteneciente a la Av. Calasanz entre la Calle 1655 al Oeste y la calle Gallegos al Este, conjuntamente con su entorno inmediato, con el objeto de adecuar sus indicadores urbanísticos a un corredor vial primario con usos comerciales; remitiendo a este Cuerpo el correspondiente anteproyecto de Ordenanza para su tratamiento.Dirección General de Prensa


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