jueves, 16 de noviembre de 2017

CREAN EL COMITÉ MUNICIPAL DE CONTROL DE LA OBRA PÚBLICA

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 16 de noviembre de 2016.
LA SESIÓN DE HOY 

La Comisión de Obras Públicas, ha considerado el proyecto de Ordenanza presentado por la Concejala Giménez, el cual expresa:

“Visto: Las constantes reparaciones que se deben realizar en distintas obras públicas de la ciudad al presentar fallas a escaso tiempo de haber sido inauguradas, y

Considerando: Que resulta preocupante que numerosas obras realizadas en la ciudad al poco tiempo de ser inauguradas presenten roturas, ya que una obra deficiente, de mala calidad o mal hecha supone un perjuicio tanto para el erario público como para los habitantes de la ciudad que deben convivir con todos los problemas que estas fallas generan.
Que son muchas las obras que podemos enumerar que en el último tiempo han presentado fallas al poco tiempo de haber sido inauguradas.
Que entre ellas, podemos citar el caso del Metro Bus Norte, donde en la proyección de la obra hubieron errores de cálculos en las medidas que implico volver a realizar las dársenas ya que estaban muy elevadas, y que luego a los pocos meses de su inauguración se realizó una repavimentación de casi la totalidad del suelo, perjudicando a los vecinos de Rosario y demás localidades que transitan por esta vía ya que deben padecer demoras en su traslado.
Que, por citar otro ejemplo, el mismo caso denuncian los vecinos de Barrio Uriburu y La Guardia sobre deficiencias en las obras de pavimentación, donde no se realizó la adecuada compactación del suelo y luego la carpeta asfáltica colocada en las etapas que fueron finalizadas presentaron roturas y daños al poco tiempo de ser inaugurada.
Que también se pueden ver fallas en distintos barrios en las obras de cloacas, donde en muchos casos los caños explotan por tener menos capacidad que el caudal que deben transportar, o en las obras de carpeta asfáltica que quedan a un nivel superior que el de las veredas, generando que en días de lluvia el agua servida ingrese a los hogares de los vecinos.
Que otro ejemplo similar se dio en la Plaza San Martín, donde a principios de 2016 y a pocos meses de haber sido inaugurada la obra tras una intervención integral costosa, se debieron reponer numerosas baldosas en los senderos de la plaza.
Que recientemente se dio otro caso emblemático en Calle Sarmiento, donde a dos semanas de ser inaugurada la obra que demando más de un año de intervención, se debieron realizar reparaciones sobre el adoquinado por la salida de numerosas piezas del suelo.
Que ante este último caso puntual detallado, resulta prioritario elevar un pedido de informe donde a la brevedad el Departamento Ejecutivo detalle si estas reparaciones generan algún costo para el municipio, cuáles fueron los motivos que originaron estas fallas, si se cumplieron los protocolos de control de obra, y saber si las reparaciones se encuentran en el plazo de garantía.
Que las presentes consideraciones demuestran que es común encontrar fallas en las obras públicas que se realizan en la ciudad, las cuales están en su mayoría tercerizadas y no se efectúan controles exhaustivos en la obra realizada por los contratistas.
Que todos estos ejemplos citados, entre otros tantos, demuestra que hay un deficiente control del
Ejecutivo Municipal sobre los contratistas de obra pública para garantizar que la obra se haga conforme al proyecto estipulado y cumpliendo las especificaciones técnicas, garantizando así la calidad y durabilidad de las obras realizadas.
Que ante esto, es necesario conformar un Comité de Control de la Obra Pública, en la órbita de la
Secretaría de Obras Públicas del municipio, compuesto con personal de dicha dependencia municipal, cuyo fin sea controlar exhaustivamente que las obras se hagan conforme al proyecto de obra y cumpliendo las especificaciones técnicas que garanticen la calidad, y que a su vez se penalicen y exijan reparaciones a la empresa contratista en caso de incumplimientos, logrando así mayor efectividad en las obras y un impacto directo positivo en la ciudad”.

Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Crease el Comité Municipal de Control de la Obra Pública, en la órbita de la Secretaría de Obras Públicas del municipio.
Art. 2°.- El Comité Municipal de Control de la Obra Pública estará compuesto por personal de la
Secretaría de Obras Públicas del municipio, idóneo en materia de proyectos, protocolos, materiales, presupuesto, maquinaria y tiempos necesarios para la Obra Pública, entre otros conceptos relacionados a controlar.
Art. 3°.- El objetivo del Comité Municipal de Control de Obras Públicas será controlar exhaustivamente que las obras se hagan conforme al proyecto de obra y cumpliendo las especificaciones técnicas que garanticen la calidad, así como informar a la dependencia correspondiente en caso de incumplimientos, para que se penalicen y exijan reparaciones a la empresa contratista, logrando así mayor efectividad en las obras.
Art. 4º.- Una vez conformado el Comité Municipal de Control de Obras Públicas, el mismo entrará en funciones controlando cada obra en ejecución, y a su vez deberá realizar una revisión total de las obras públicas realizadas en el último año.

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