jueves, 30 de noviembre de 2017

APROBARON PLIEGO DEL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 30 de noviembre de 2017.
LA SESIÓN DE HOY

(Expediente con despacho de comisión)

Concejo Municipal: Vuestras Comisiones de Servicios Públicos Concedidos, Ecología y Gobierno y
Cultura, han tomado en consideración el Mensaje Nº 4/17 SAyEP remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual eleva para su aprobación el “Pliego de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas” para el llamado a Licitación Pública para la contratación del “Servicio de Tratamiento de Residuos Domiciliarios y Compatibles de la Ciudad de Rosario”, conforme lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto Nº 48.001/16.
Por lo expuesto estas Comisiones elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, para el llamado a Licitación Pública para la contratación del “Servicio de Tratamiento de Residuos Domiciliarios y Compatibles de la Ciudad de Rosario, remitido por el D.E.M. según Mensaje Nro.4/17 SAy EP, Expediente Nº 239.417-I- 17.
Art. 2º.- Modifícase el texto de los artículos del mencionado Pliego, que se indican a continuación:
IV-ANEXOS ANEXO1: CONDICIONES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL
5- PERSONAL
a) El adjudicatario deberá especificar en su propuesta la cantidad de personas necesarias para realizar los trabajos descriptos, dando cumplimiento a lo estipulado en el Art. 24º punto 3. inc b) de la Ordenanza 9524/2016 sobre “Trabajo y Empleo” relativo al cupo del 4% de personal con discapacidad.
b) De acuerdo a lo especificado en la Propuesta, al comenzar los trabajos el Contratista comunicará por escrito a la Inspección por los medios previstos a tal fin quienes serán las personas que cumplirán cada una de las tareas previstas en el presente pliego: personal que realiza tareas de disposición final, personal que realiza las tareas de transporte, personal de pesaje y supervisión, detallando el turno y horario asignado a las mismas.
Todo cambio o sustitución de personal deberá ser comunicado.
c) El personal deberá ser mayor de 18 años de edad. La Municipalidad podrá solicitar el reemplazo del personal cuyo desempeño no fuera satisfactorio a su solo juicio.
d) Todo el personal afectado a los servicios deberá vestir correctamente y en todo momento con el uniforme de trabajo de la contratista, calzado de seguridad y elementos de protección correspondientes. Los conductores y operadores de equipo pesado deberán estar provistos de sus licencias de conducir habilitantes para el tipo de vehículo a conducir y maquinaria a operar. Anualmente las contratistas presentarán, las licencias de conductor actualizadas de todos los choferes y maquinistas que presten servicio.
e) Está totalmente prohibido al personal de transporte efectuar o permitir la selección, clasificación o
comercialización de los residuos transportados, los que deberán transportarse a los lugares de disposición final en el mismo estado en que hubieran sido cargados.
11-PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS
Las metas de reducción de residuos establecidas en la normativa municipal y provincial (Basura Cero) imponen la necesidad de definir métodos de recolección diferenciada, nuevos dispositivos de inclusión social de recuperadores urbanos e implementar tecnologías adecuadas para nuevas plantas de tratamiento que permitan valorizar las diferentes fracciones que componen los residuos.
La Municipalidad de rosario a través de la Dirección General de Gestión Integral de Residuos implementará el Programa de Promoción de Tratamiento de Residuos, con el objetivo de optimizar, fortalecer y desarrollar proyectos y actividades vinculadas a la recolección, el procesamiento y la valorización de las diferentes fracciones de residuos, y con la misión de implementar una prueba piloto de Recolección de Residuos
Reciclables propuesto por las organizaciones sociales (expte. 237.146). Lo que permitirá disminuir la
cantidad de residuos enviados a disposición final, así como también mejorar la calidad ambiental de la ciudad, otorgando oportunidades de inclusión laboral a recuperadores informales.
A tales, fines, el Oferente deberá en el plazo en el que el Departamento Ejecutivo lo indique (posterior al primer año de licitación), financiar la compra de maquinaria necesaria para la gestión de residuos (equipamiento de separación y compactación de residuos fracción seca) de 1 (un) Centro de Recuperación de Residuos a construir, en el marco de la realización de la prueba piloto.
El oferente deberá considerar y consignar en el desglose de costos de la oferta económica, que mensualmente aportará un 2 % del monto total de la certificación mensual al Programa de Promoción de Tratamiento de Residuos.
La contratista deberá presentar mensualmente la liquidación de los costos incurridos en este ítem, con facturas por insumos y servicios contratados. Si el monto computado difiriera (en más o en menos) con respecto del dos por ciento (2%) del total de la certificación, esta diferencia será acumulada (en más o en menos) como porcentual de la certificación para los meses subsiguientes, estando obligada la empresa a realizar el total de la erogación de lo acumulado, cuando la Municipalidad considere conveniente, pudiendo esta descontar del certificado base lo no ejecutado total o parcialmente cada noventa días.
A lo largo de dicho período, se realizarán evaluaciones semestrales tendientes a ponderar la necesidad y conveniencia de modificar dicha asignación porcentual pudiéndose reducir o incrementar la misma en función de tales necesidades, previa consulta al Concejo Municipal. En toda acción del Programa de Promoción de Tratamiento de Residuos, deberá quedar perfectamente expresado, que es la Municipalidad y no la empresa contratista, quien lleva a cabo este Programa.

D E C R E T O

Artículo 1º .- AUTORIZASE eventualmente, a prorrogar hasta que comience la efectiva prestación del servicio en el marco de la adjudicación de la nueva licitación, el contrato celebrado con la empresa Resicom Ingeniería Ambiental S.R.L. para la prestación del “Servicio de Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos provenientes de la ciudad de Rosario” manteniendo las mismas condiciones que rigen la prórroga autorizada por Decreto Nº 48001 del 26 de Diciembre de 2016 del Concejo Municipal de Rosario. Dicha prórroga no podrá exceder el plazo máximo de 270 días.-

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndese al DEM el desarrollo de una prueba piloto (a modo de experiencia de transición hacia un sistema de recolección y tratamiento de residuos sustentable e inclusivo), de una modalidad de recolección de residuos reciclables con incorporación de recicladoras/es urbanos, siguiendo los principios y lineamientos expresados en el expediente 237.146.
Art. 2º.- El DEM, en un plazo no mayor a 120 días de aprobado el pliego de bases y condiciones que tramita bajo el expediente Nro. 237.419, deberá convocar a una mesa conjunta de la que participarán representantes del Ejecutivo Municipal, del Concejo Municipal y de las Organizaciones Sociales firmantes del expediente Nro. 237.146, y otras Organizaciones que se consideren pertinentes. Esta mesa tendrá por finalidad consensuar y delinear los aspectos más significativos de la experiencia piloto anteriormente consignada, a saber:
- Zonificación: deberá elegirse como marco para la realización de la prueba piloto, una zona de la ciudad compuesta por al menos 40 manzanas, de mediana densidad poblacional, que asegure un volumen de residuos suficiente para el desarrollo de la experiencia.
- Desarrollo de un modelo de articulación con agrupaciones de recicladoras/es urbanos que permita llevar a cabo una modalidad de recolección diferenciada de residuos reciclables, orientado a la inclusión social de dichos actores y a la valorización de su trabajo.
- Desarrollo de un circuito de recolección de residuos reciclables que involucre a los distintos generadores de residuos de la zona definida (viviendas, comercios e instituciones), priorizando modalidades de recolección puerta a puerta (excluyendo la tracción a sangre animal).
- Planificación de la etapa de clasificación y tratamiento de los residuos, ya sea articulando con los
emprendimientos de clasificación existentes o de la instalación de un nuevo Centro de Recuperación de Residuos. (definido según ordenanza 7721/2004). Asimismo se deberá prever un esquema de
comercialización de los materiales reciclables, integrando la cadena productiva y garantizando las
condiciones de comercialización en beneficio de los Recicladores/as Urbanos.
- Presentación de una propuesta presupuestaria para el desarrollo de la prueba piloto. La misma deberá incluir la provisión del equipamiento necesarios para la recolección y tratamiento en condiciones de seguridad y salubridad para los recicladoras/es urbanos.
Art. 3º. - Para la planificación del financiamiento de la prueba piloto el DEM podrá disponer del total 2% del monto total de la certificación mensual del servicio contemplado en el punto 11 del Anexo I, del pliego de licitación que tramita mediante expediente 237.419; así como también podrá prever otros modos de financiamiento que considere pertinentes.
Art. 4º.- El DEM remitirá a este Cuerpo un informe semestral en el que dé cuenta del avance e
implementación de la experiencia, como así también la viabilidad de extenderla o replicarla en otras zonas de la ciudad.

Entrada destacada

CMSUNCHALES. El Concejo Municipal destacó al joven Lorenzo Stucky por su iniciativa de difusión deportiva en redes sociales

  El Concejo Municipal declaró de Interés Social y Deportivo la iniciativa y el desempeño del joven Lorenzo Stucky, por la difusión deportiv...