martes, 7 de mayo de 2024

CMR. La sesión de hoy 02/05/24


Dirección de Prensa prensa@concejorosario.gov.ar


Dirección General de Prensa
Rosario, 2 de mayo de 2024
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY


ÍNDICE

1.- MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DEL MUSEO DE LA MEMORIA
2.- CONVOCAN A AUDIENCIA PÚBLICA PARA TRATAR LA SITUACIÓN AMBIENTAL DEL ARROYO LUDUEÑA
3.- CREAN RECORRIDOS VIRTUALES 360° PARA FOMENTAR EL TURISMO
4.- BARES Y RESTAURANTES DEBERÁN INCLUIR EN SUS MENÚES OBLIGATORIEDAD DE SERVIR AGUA SIN CARGO
5.- ROSARIO CONTARÁ CON UNA FERIA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
6.- PONDRÁN EN MARCHA UN PROGRAMA INTERACTIVO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
7.- CITAN A DIRECTIVOS DE ASSA Y EL ENRESS A REUNIÓN CONJUNTA CON EL FIN DE CONOCER SU PLAN DE TRABAJO
8.- SOLICITAN ARBITRAR MEDIDAS PERTINENTES CON EL FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN DOMINIAL DE VIVIENDAS EN EL BARRIO “LOS HUMITOS”
9.- EXPRESAN SOLIDARIDAD CON DIRIGENTE ESTUDIANTIL, VÍCTIMA DE DISCRIMINACIÓN, RACISMO Y XENOFOBIA
10.- PREOCUPACIÓN POR DESPIDOS EN CORREO ARGENTINO
_____________________________________________________________________

DESARROLLO

  • MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DEL MUSEO DE LA MEMORIA
Expediente 266027 de la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Modifíquese la Ordenanza N° 6.506 y sus modificatorias N° 6725/98, N° 6.898/99 y N° 8.941/12 y déjese sin efecto cualquier normativa anterior que se oponga al texto de la presente, quedando redactada de la siguiente manera:
Artículo 1º.- Créase en la órbita de la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario el MUSEO DE LA MEMORIA que tendrá por misión reconstruir, preservar y transmitir la memoria colectiva sobre el genocidio perpetrado por la última dictadura cívico- militar-eclesiástica entre 1976 y 1983 mediante el despliegue del terrorismo de Estado sobre toda la sociedad argentina, y comprender sus profundas raíces históricas como así también sus consecuencias en el presente. Todo ello con el objetivo de fortalecer los valores democráticos en nuestra comunidad, promover la cultura de los Derechos Humanos y construir garantías de no repetición.
Artículo 2º.- El MUSEO DE LA MEMORIA contará para el desarrollo de su misión con áreas y programas tendientes a las siguientes acciones: Conservar, investigar y difundir el patrimonio documental y testimonial referido a los crímenes del terrorismo de Estado y del genocidio reorganizador, como así también a las luchas populares y sus militantes y a la represión llevada adelante. Desarrollar una pedagogía de la memoria, propiciando la reflexión crítica y la búsqueda de memoria, verdad y justicia en la población y en todas aquellas personas que visiten el Museo. Estas acciones se desarrollarán mediante el uso de los diversos lenguajes del arte; la construcción de políticas desde una perspectiva inclusiva y la investigación de la situación actual de los derechos humanos a nivel local, nacional y continental.
Artículo 3°.- La Municipalidad de Rosario garantizará la conservación y el pleno funcionamiento del MUSEO DE LA MEMORIA mediante la afectación de una partida permanente en la unidad de organización del museo de la memoria en el clasificador institucional del Presupuesto Municipal, que asegurará el plan de acción propuesto por el director.
Artículo 4°.- El MUSEO DE LA MEMORIA funcionará incondicional y definitivamente en la calle Córdoba 2019, ex sede del Comando del II° Cuerpo de Ejército, locación que fuera expropiada para tal fin, según Ley provincial N° 12.018 y que se constituye como Sitio de Memoria según Ley Nacional N° 26.691y como lugar histórico nacional según Decreto del P.E.N. N° 379/15.
Artículo 5°.- El MUSEO DE LA MEMORIA actuará como organismo fuera de nivel y estará dirigido por un cuerpo mixto integrado de la siguiente manera:
Comisión Directiva: Designación y composición: La Comisión Directiva estará integrada por ocho (8) miembros que tendrán una duración de cuatro años en el ejercicio de sus funciones, desempeñándose en las mismas ad honorem y serán seleccionados de la siguiente manera:
Cuatro miembros que deberán ser personas que se hayan distinguido en la Ciudad de Rosario por su trayectoria comprometida con los Derechos Humanos y la Democracia, a propuesta del Concejo Municipal. A fin de garantizar que las personas propuestas tengan dicha trayectoria, se comunicará a la opinión pública la nómina de las mismas mediante la publicación de avisos durante dos (2) días consecutivos en los diarios de nuestra ciudad que el Concejo Municipal disponga y en la página web del Concejo Municipal, abriéndose a partir de la última publicación en los diarios un período de quince (15) días corridos durante los cuales cualquier habitante podrá formular su opinión fundada, por escrito y firmada respecto de tales propuestas, las que deberán ser presentadas por Mesa de Entradas del Concejo Municipal. Vencido el plazo previsto para tales presentaciones el Concejo Municipal deberá resolver definitivamente dentro de las tres sesiones ordinarias inmediatas siguientes. Cuatro miembros que deberán ser figuras destacadas propuestas por los Organismos de Derechos Humanos, con acuerdo del Concejo Municipal. Los mismos serán propuestos por dichos organismos, en el seno del Consejo Asesor de Derechos Humanos del Concejo Municipal. Funciones: La Comisión Directiva se constituirá en reuniones periódicas, con un quórum de la mitad más uno/a de sus integrantes y con temario previamente establecido. Sus debates quedarán expresados en un libro de actas y sus funciones son las
siguientes:
Participar en la elaboración y evaluación del plan anual así como de otras actividades que se planifiquen, velando por la misión y los objetivos emanados de la Ordenanza madre. Aprobar las actividades que se incorporen a lo largo del año, dentro de la institución, por fuera del plan anual. Participar del concurso interno para la selección del personal que se incorpore al funcionamiento cotidiano del Museo.
Supervisar el destino de las donaciones y legados de bienes materiales o sumas dinerarias.
Mantener reuniones periódicas con la Dirección del Museo, para implementar las acciones necesarias tendientes a cumplir con la misión del Museo. Tramitar ante las autoridades pertinentes el llamado a concurso para el cargo de Director/a del Museo cuando corresponda y emitir un dictamen no vinculante respecto de las condiciones de los postulantes al Concurso. 
Director/a: Designación: El cargo de Director/a será designado por el Departamento Ejecutivo y tendrá una duración de cuatro (4) años que podrá ser renovado por un período consecutivo. La renovación será propuesta por el Departamento Ejecutivo y deberá contar con la ratificación del Concejo Municipal. El cargo será cubierto por concurso abierto, cuyas bases serán enviadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y puestas a consideración para su aprobación por la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos del Concejo Municipal, o la que en el futuro la reemplace. Las bases deberán contener como requisito la elección de una persona que se haya distinguido en razón de sus valores éticos e intelectuales, demostrados particularmente en el campo de los Derechos Humanos, la Democracia y el Pluralismo. El jurado deberá tener una integración mínima de dos representantes designados por el Departamento Ejecutivo, dos representantes designados por el Concejo Municipal, dos representantes de la Comisión Directiva del Museo de la Memoria, un/a representante designado a propuesta del Consejo Asesor de Derechos Humanos del Concejo Municipal y un/a representante del Sindicato de Trabajadores Municipales. Todos los miembros deberán contar con sus respectivos suplentes. Dentro del trámite del concurso se incluirá un dictamen no vinculante emanado de la Comisión Directiva, respecto de las condiciones de cada uno de los postulantes a dicho concurso. El mismo será de lectura obligatoria para la totalidad de la Junta examinadora y será incorporado a la publicación del dictamen final, a los fines de darle carácter público. Funciones: Representar al Museo en todos sus actos y suscribir todo documento que comprometa al Museo en acuerdo con la Comisión Directiva. Planificar y ejecutar el plan de acción anual y realizar todos los actos necesarios para el efectivo desempeño de sus funciones. Trabajar conjuntamente con la Comisión Directiva del Museo para implementar las acciones necesarias tendientes a cumplir con la misión del Museo, sosteniendo reuniones periódicas a tal fin. Diseñar el organigrama del Museo de la Memoria en acuerdo con la Comisión Directiva y presentarlo ante el Departamento Ejecutivo Municipal para su aprobación, que no debe excederlos 180 días desde su presentación. Confeccionar el presupuesto anual de gastos y recursos y presentarlo al Departamento Ejecutivo Municipal antes del 31 de agosto de cada año. Determinar el destino de los recursos previstos en el presupuesto anual y girar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal el balance anual dentro de los 90 días de cerrado el ejercicio financiero. Participar de la selección del personal que se incorpore al funcionamiento cotidiano del Museo. Velar por los derechos de las y los trabajadores de acuerdo a la Ley Provincial Nº 2.756 “Orgánica de las Municipalidades” y Ley Provincial Nº 9.286 de Estatuto y Escalafón Municipal. Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal por conducto de su Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos o la que en el futuro la reemplace, el dictado de normas. Presentar ante el Concejo Municipal, previo a la finalización de cada mandato, un balance de lo realizado durante la gestión.
Artículo 6º.- El personal que fuese necesario para el funcionamiento del MUSEO DE LA MEMORIA se conformará con personas idóneas, en razón de sus valores éticos, intelectuales y de compromiso con los Derechos Humanos y la Democracia. La entrevista será en presencia de una persona miembro de la Comisión Directiva, el/la Director/a y el/la responsable del área.
Artículo 7º.- Incorpórase a la presente Ordenanza el Documento Anexo correspondiente. La Municipalidad de Rosario, garantizará el funcionamiento del Museo de la Memoria, siguiendo los lineamientos conceptuales contenidos en el mismo, para el desarrollo integral de la iniciativa
.
DOCUMENTO ANEXO AL ARTÍCULO 7º DE LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL  MUSEO LA MEMORIA: El Museo de la memoria, cuyo propósito es la reconstrucción, protección y cultivo de la memoria colectiva sobre los horrores del terrorismo de estado que asoló a la Argentina entre 1976 y 1983, se alineará en cuanto a su concepción, organización y funcionamiento con los criterios que en la U.N.E.S.C.O. caracterizan a los Museos de la Paz, y dentro de éstos, a los específicamente ubicados como Museos Temáticos, es decir, aquellos que recuerdan horrores de particular significación histórica.- Así, por definición, la labor del Museo se inscribirá en una línea de promoción de los derechos humanos, la tolerancia y la democracia y tratará de responder a interrogantes morales de singular trascendencia, propias de este tipo de instituciones, tales como: ¿De qué manera impedir que los visitantes se informen de la verdad sin sentirse abrumados ante las muestras de tamaña barbarie? ¿Cómo despertar en ellos el deseo de sumarse a las iniciativas que bregan por la edificación de un mundo mejor? ¿Qué tipo de esperanza Transmitirles? El Museo se definirá como un lugar público y plural, y junto a la exhibición de testimonios de los más diversos caracteres que ilustren sobre los horrores del terrorismo de Estado, ofrecerá espacios diferenciados donde sea posible llevar a cabo actividades de reflexión, de estudio, de encuentro, de recogimiento, de creación artística, de solidaridad, de desarrollo, en suma, de todo tipo de acciones vivas que contribuyan a impedir el olvido. Desde el supuesto que se podía tener acceso a materiales colectados en su momento por la C.O.N.A.D.E.P por los diversos organismos de derechos humanos, por entidades académicas y otras fuentes similares, se parte de la idea que el Museo podrá disponer y reconstruir archivos de fotografías de desaparecidos y de los hijos robados, de testimonios gráficos, orales y audiovisuales de sobrevivientes, familiares y compañeros y demás documentos originales. De la labor requerida para la constitución de estos archivos surgirá seguramente su patrimonio inicial.- Sobre esa base las actividades previstas para el Museo podrían ser agrupadas de manera genérica en tres funciones básicas: coleccionar, investigar y difundir. La misión de coleccionar operará, entre otros medios, con objetos, con instrumentos gráficos, con archivos de palabras, etc. La misión de investigar se apoyará en una amplia base de datos, centro de documentación, Hemeroteca, Diapoteca, Biblioteca, etc. La misión de difundir se plasmará a través de exposiciones permanentes y exposiciones temporarias, de muestras itinerantes que lleven la idea de su razón de ser a todo el país y también al exterior, de congresos y todo tipo de encuentros que pongan el tema de los derechos humanos al alcance de un número siempre creciente de personas, etc. Uno de los núcleos fundamentales del trabajo del Museo se apoyará sobre el
fenómeno de la política de la desaparición forzada de personas llevada a cabo por la dictadura militar, tratando entre otras cosas y especialmente, de ayudar a que la dimensión escalofriante, pero abstracta, de miles de desaparecidos pueda convertirse en miles de personas concretas, víctimas de un plan perverso de protagonistas visibles en un contexto histórico determinado. En ese sentido no podrán faltar
el nombre de los desaparecidos, sus fotos, las listas de los represores, de los lugares de detención, de los centros de tortura, los testimonios de las tareas de búsqueda y denuncias de familiares y organismos de derechos humanos y de todo aquellos que contribuya a devolver la palabra a quienes la barbarie pretendió silenciar para siempre. También será materia preferente del Museo el tratamiento del tema del robo de niños perpetrados por los torturadores, como asimismo la reconstrucción del contexto social en un País tensionado por la vida que seguía su curso aparentemente normal, mientras se secuestraba, se atormentaba y se asesinaba, una reconstrucción desmitificada, con particular detenimiento en el aislamiento interno de importantes contingentes de personas, el llamado exilio interior, incluyéndose en este punto exilio interior activo con nombres y actividades de solidaridad clandestinas, vida cotidiana y
de relación de aquellos que pudieron riesgosamente quedarse en el país. En ese capítulo habrán de incluir necesariamente el exilio masivo registrado en la época, con reconstrucción de nombre, destino, actividades de solidaridad y especialmente vida cotidiana con la Argentina, y asimismo, el papel jugado por diversos organismos internacionales, públicos y privados, tanto en lo que se refiere a los exiliados como a la lucha por la vigencia de los derechos humanos en Argentina. En síntesis, el Museo de la Memoria habrá de tener una organización y funcionamiento tales que garanticen el máximo aprovechamiento posible del aporte que aún están en condiciones de brindar sobrevivientes del terror, familiares de las víctimas, testigos y luchadores por la vigencia de los derechos humanos, levantándose como un legado para que las futuras generaciones comprendan las raíces, las características y los alcances de la catástrofe, en el compromiso mayor de evitar su repetición.

  • CONVOCAN A AUDIENCIA PÚBLICA PARA TRATAR LA SITUACIÓN AMBIENTAL DEL ARROYO LUDUEÑA
Expediente 270264 de la Comisión de Ecología y Ambiente
R E S O L U C I Ó N

1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve convocar a una Audiencia Pública a realizarse en el período ordinario en curso, en concordancia y según los mecanismos en el marco de la Ordenanza N° 7.040, para debatir todo lo referido a la grave situación ambiental del Arroyo Ludueña y su progresivo deterioro sobre la contaminación, como asimismo, el diseño de modelos de gestión ambiental que permita su protección y prevención de los riesgos potenciales.
2º.- La Audiencia Pública se realizará en el recinto de sesiones del Concejo Municipal de Rosario, con fecha a determinar.
3º.- A la Audiencia Pública se invita a:
1. Sectores de la sociedad civil, involucrados directa o indirectamente de todos los rubros.
2. Representantes de Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA).
3. Representantes del Ente Regulador de Servicios Públicos (ENRESS).
4. Representantes del Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM).
5. Miembros del Observatorio Ambiental de la Universidad Nacional de Rosario.
6. Expertos en materia ambiental.
7. Miembros del Departamento Ejecutivo Municipal con incumbencia en la materia.
8. Autoridades de los Ministerios Provinciales con incumbencia en la materia.
9. Legisladores Provinciales y Nacionales de la Provincia de Santa Fe.
10. A aquellos sectores de la ciudadanía en general en las condiciones del artículo siguiente que tengan interés en la temática.
11. Organizaciones ambientalistas involucradas con la temática por la contaminación del Arroyo Ludueña en particular a la “Intersectorial por el Arroyo Ludueña.
4º.- La Audiencia Pública también invita a vecinos de la ciudad, quienes deberán previamente inscribirse en la plataforma que se determine.

  • CREAN RECORRIDOS VIRTUALES 360° PARA FOMENTAR EL TURISMO
Expediente 269335 de la concejala Amalevi

O R D E N A N Z A

Art. 1º. Creación. Créase el Tour “Rosario 360°”, mediante el cual se crearán Recorridos Interactivos Virtuales 360° de distintos puntos de interés de la ciudad de Rosario, con el objetivo de fomentar el turismo, potenciar la educación y desarrollar la cultura.
Art. 2º. Autoridad de aplicación. Será Autoridad de Aplicación del presente programa la Secretaría de Cultura, o la que en el futuro la reemplace.
Art. 3°. Contenido. El Tour “Rosario 360°” consistirá en una serie de tours digitales interactivos en formato 360°, anclados en el sitio web de la municipalidad o una aplicación, que permite a los usuarios desplazarse libremente y de forma inmersiva por distintos edificios destacados de la ciudad, interactuando con fotos detalle, vídeos 360, audioguías, información adicional, etc., sobre puntos que se consideren de interés.
Art. 4°. Prueba piloto. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá crear e implementar un primer plan de recorridos interactivos virtuales 360° con los museos de la ciudad de Rosario, sus obras y esculturas.
Art. 5°. Adhesión. Los particulares que deseen incorporarse al mencionado Tour, por poseer edificios de gran valor arquitectónico, patrimonial o cultural, deberán realizar una solicitud fundada ante la Autoridad de Aplicación. Deberán proveer a la misma el material audiovisual a los fines de que sea incorporada al sitio web o aplicación oficial, con los requisitos que disponga la Autoridad de Aplicación.
Art. 6°. Difusión. La Autoridad de Aplicación, deberá realizar campañas informativas a los fines de difundir el Tour “Rosario 360°”.
Art. 7°. Reglamentación. El D.E.M. reglamentará la presente ordenanza en un plazo de 180 días de aprobada la misma.

  • BARES Y RESTAURANTES DEBERÁN INCLUIR EN SUS MENÚES OBLIGATORIEDAD DE SERVIR AGUA SIN CARGO
Expediente 270218 de la concejala Bracco

O R D E N A N Z A

Artículo. 1°.- Modifíquese la ordenanza N° 9465 el artículo 1 °, que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1° Los establecimientos gastronómicos, bares y restaurantes habilitados en la ciudad de Rosario, en los cuales se sirven o expenden comidas, deberán poner a disposición un mínimo de 375 centímetros cúbicos de agua potable del servicio de red apta para el consumo, por persona y exhibir información en menúes y/o señalética en espacios comunes que exprese la disponibilidad de agua potable, gratuita y al servicio de los clientes.”

  • ROSARIO CONTARÁ CON UNA FERIA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente 270278 del concejal Raspall

O R D E N A N Z A

Artículo 1°. Incorpórese a la Ordenanza N°10.389 el Capítulo III que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 13°. Objeto. Créase en el ámbito de la Municipalidad de Rosario y en el marco del Día Internacional de la Ciencia y la Tecnología, 10 de abril, la “Feria de Ciencias y Tecnología de Rosario”, jornada abierta de difusión y promoción de las actividades científicas y tecnológicas, con los objetivos presentados en el Artículo 14° de la presente, a celebrarse anualmente.
Art. 14°. Objetivos. Los objetivos de la “Feria de Ciencias y Tecnología de Rosario” son:
1. Fomentar entre la ciudadanía rosarina de todas las edades el conocimiento y la curiosidad del trabajo que realizan los y las científicos/as.
2. Estimular actitudes, valores y vocación en relación a la ciencia y tecnología.
3. Promover el intercambio de conocimientos y experiencias entre estudiantes, docentes, científicos, técnicos, investigadores y la comunidad en general para enriquecerse mutuamente.
4. Permitir que nuevos agentes sociales participen en los procesos científicos.
5. Difundir entre la ciudadanía la importancia y el valor de contar con desarrollo científico y tecnológico nacional, y con instituciones científicas y académicas públicas y estatales.
Art. 15°. Sujetos. Serán invitados a participar anualmente de la “Feria de Ciencias y Tecnología de Rosario”:
1. Investigadores/as y docentes de la Universidad Nacional de Rosario, Universidad Tecnológica Nacional y demás Universidades con sede en la ciudad de Rosario e instituciones dedicadas a la Investigación en Ciencias y Tecnología.
2. El Centro Científico Tecnológico (CCT) Rosario y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).
3. Quienes hayan sido consagradas/os como ganadoras y ganadores del “Concurso de intercolegiales para la ciencia y la innovación: Nuevos Talentos” regulado en el Capítulo II de la presente.
4. Organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la Investigación en Ciencia y Tecnología.
5. Instituciones y empresas privadas de la ciudad de Rosario que desarrollen actividades ligadas a investigación, el desarrollo e innovación (I+D+i) y/o basadas en la Economía del Conocimiento e Industrias creativas científico-tecnológicas.
6. Toda otra entidad, institución u organización que la autoridad de aplicación considere pertinente.

  • PONDRÁN EN MARCHA UN PROGRAMA INTERACTIVO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
Expediente 263053 de la concejala mandato cumplido Ferradas
O R D E N A N Z A

Artículo 1 °.- CREACIÓN. Crea el programa “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal” para generar una herramienta basada en nuevas tecnologías de la información y comunicación (TICs), que permita poner a disposición de las personas información de manera interactiva, en un solo conjunto, que promueva la participación plena de las personas con discapacidad en la vida pública y cultural de nuestra ciudad.
Art. 2 °.- OBJETIVOS. El programa Municipal tendrá como objetivos:
• Fortalecer la participación de las personas con discapacidad, para que estén visibilizadas y sean protagonistas en el diseño de la ciudad reduciendo la brecha digital y promoviendo la inclusión de las personas con discapacidad en entornos tecnológicos.
• Fomentar la vinculación entre personas, organizaciones de la sociedad civil y el Estado Municipal.
• Difundir dispositivos territoriales para la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
• Difundir las adecuaciones de las infraestructuras urbanas que permitirán la accesibilidad al entorno físico (accesos a lugares accesibles, movilidad, servicios sanitarios adaptados) tanto en espacios y eventos públicos como privados.
Art. 3 °.- IMPLEMENTACIÓN: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Jefatura de Gabinete, en coordinación con la Dirección de Discapacidad, o las que en el futuro las reemplace. El “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal” será construido en una primera instancia a través de información pública y/o recabada a través de voluntarios/as para luego ser completado y actualizado de manera constante por sus usuarios/as. El “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal”, deberá contar con un formato digital colaborativo. El mismo deberá permitirle a los ciudadanos de la ciudad poder cargar sus actividades y/o espacios que cumplan con los requisitos de accesibilidad. En este Mapa podrá encontrarse información vinculada a espacios tanto públicos como privados, en relación a accesibilidad, es decir, espacios reservados para estacionar vehículos que transportan a personas con discapacidad, baños accesibles, butacas en espectáculos públicos y diversos sectores destinados a personas con discapacidad, dispositivos territoriales para la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), entre otros que puedan surgir, para garantizar la plena participación y la promoción por la vida independiente.
Art. 3° bis: Establézcase que el relevamiento de los datos mencionados precedentemente como así también su actualización estará a cargo de la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Rosario, o la que en el futuro la reemplace.
Art. 4 °.- A los fines de cumplir con lo establecido en el artículo precedente, los contenidos del “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal” deben ser accesibles, mediante la incorporación de los formatos de accesibilidad a la comunicación, como por ejemplo la derivación mediante enlaces a sitio web rosario.gob.ar con la información recolectada, estructurada de tal manera que cumpla con la Ley N° 26.653 de “Accesibilidad Web”, con el objeto de garantizar derechos a las personas con discapacidad visual.
Art. 5 °.- La autoridad de Aplicación deberá divulgar el “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal” a través de publicaciones, medios de comunicación, redes sociales y eventos públicos, con el objeto de que su uso sea de utilidad tanto para el Estado Municipal como para los/as ciudadanos/as de nuestra ciudad.

  • CITAN A DIRECTIVOS DE ASSA Y EL ENRESS A REUNIÓNCONJUNTA CON EL FIN DE CONOCER SU PLAN DE TRABAJO
Expediente 270149 de la concejala Gigliani

R E S O L U C I Ó N

1°.- El Concejo Municipal de Rosario invita a la Dra. Anahí Rodríguez Presidenta del Directorio de Aguas Santafesinas (ASSA), a los Directores del Ente Regulador de Servicio Sanitario (ENRESS), para que concurran a este Concejo Municipal, a fin de intercambiar miradas y propuestas sobre la medición del consumo de agua potable en la ciudad de Rosario, como asimismo para analizar las posibilidades de avanzar en la implementación de sistemas que permitan, a través de la colocación de micro y/o macro medidores, un uso más racional y eficiente de la misma.
2°.- En una segunda instancia el Concejo Municipal invitará a las asociaciones representativas de las empresas constructoras y desarrolladoras urbanísticas de la ciudad, organizaciones de consumidores y representantes de la Cátedra del Agua de la Universidad Nacional de Rosario para que concurran a este Concejo Municipal, a fin de conocer cuáles son las principales problemáticas respecto al suministro de servicios de agua potable, como así también analizar las posibilidades de avanzar en la implementación de sistemas que permitan aumentar la colocación de medidores de agua en la ciudad de Rosario.
3°.- Los/as presidentes de las comisiones de Planeamiento y Urbanismo, Obras Públicas, y Servicios Públicos Concedidos deberán coordinar la fecha y horario en que se realizarán las reuniones conjuntas establecidas en los puntos 1º y 2º.

  • SOLICITAN ARBITRAR MEDIDAS PERTINENTES CON EL FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN DOMINIAL DE VIVIENDAS EN EL BARRIO “LOS HUMITOS”
Expediente 270237 del concejal Sciutto

D E C R E T O

Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, avanzar en la inscripción del plano de mensura y subdivisión del terreno de mayor área y demás trámites necesarios del proceso iniciado conjuntamente por el Servicio Público de la Vivienda y el Habitad (SPVyH), el Concejo Municipal de Rosario, BMR Mandatos y Negocios del Banco Municipal de Rosario, las familias residentes y el dueño del inmueble, sobre los lotes adquiridos por vecinos/as del Barrio “Los Humitos” de nuestra ciudad, en el marco de las ordenanzas 6492/97 y 8900/12 respectivamente, para concretar la regularización dominial definitiva de sus terrenos y viviendas.
Art. 2º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la repartición que estime pertinente, dé inicio a la brevedad de una moratoria –para cancelar deuda de cuotas pendientes por adquisición de terrenos en el barrio “Los Humitos”- solicitada ya por el Decreto 61943 del 2022, así como al conjunto de acciones previas a la suscripción de la misma, de modo de ir avanzando desde lo local en todos los aspectos burocráticos y administrativos asociados a ésta, verbigracia el cálculo de la deuda que presenta cada una de las familias y/o la evaluación de la situación social actual de éstas que justifiquen incluso una potencial condonación, entre otros.
Art. 3º: A los efectos de garantizar el proceso de escrituración de los terrenos en cuestión, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá destinar el remanente de los recursos obtenidos en el marco de la futura moratoria lanzada para cancelar deuda de cuotas pendientes para la adquisición de terrenos en el barrio “Los Humitos”, y lo recaudado por el fideicomiso al día de la fecha, a los gastos de escrituración de los mismos.
Art. 4°: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la repartición que estime pertinente, gestione ante el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) la posibilidad de destinar fondos del mismo para afrontar los costos asociados a los honorarios que demanda el trámite de escrituración respectiva, previo acuerdo con los colegios profesionales y notariales, de modo de obtener la regularización dominial definitiva de cada lote.

  • EXPRESAN SOLIDARIDAD CON DIRIGENTE ESTUDIANTIL, VÍCTIMA DE DISCRIMINACIÓN, RACISMO Y XENOFOBIA
Expediente 270919 de particular

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su solidaridad y acompañamiento a la estudiante y dirigenta de la Federación Universitaria de Rosario, Flor del Alba Cruz Valdez, por haber sufrido manifestaciones xenófobas, discriminatorias y racistas a través de sus redes sociales; y reitera el compromiso de trabajar en pos de políticas públicas que promuevan acciones tendientes a construir una sociedad más justa e igualitaria, sin violencia ni discriminación.

  • PREOCUPACIÓN POR DESPIDOS EN CORREO ARGENTINO
Expediente 270942 del concejal Romero
// Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo de los concejales Ana Laura
Martínez, Carlos Cardozo, Sabrina Prence y Franco Volpe //
D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal expresa su preocupación por los despidos ocurrido en la última semana en la empresa estatal Correo Oficial de la República Argentina S.A. (Correo Argentino).




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