viernes, 31 de mayo de 2024

CMR. La sesión de hoy 30/05/24 -



Dirección General de Prensa
Rosario, 30 de mayo de 2024
SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY

  • ÍNDICE
1.- CREAN PROGRAMA DE REVINCULACIÓN A LA ESCUELA Y FORTALECIMIENTO DE TRAYECTORIAS ESCOLARES
2.- DISPUSIERON LA CREACIÓN DE UN PROGRAMA MENSUAL DE EVENTOS PÚBLICOS CON ACOMPAÑAMIENTO MUSICAL
3.- INSTAN AL CONGRESO NACIONAL A DEBATIR ACCIONES TENDIENTES A LA PREVENCIÓN DE LA LUDOPATÍA
4.- SOLICITAN AL CONGRESO NACIONAL MODIFICAR ESTRUCTURA ACTUAL DE DISTRIBUCIÓN DEL IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES
5.- REALIZARÁN UNA AUDIENCIA PÚBLICA PARA DEBATIR NUEVA ORDENANZA DE NOCTURNIDAD
6.- DISPONEN LA FIRMA DE UN CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
7.- ENCOMIENDAN PEDIR INFORMES AL EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA DISCRIMINACIÓN AL TRANSPORTE DEL INTERIOR EN SUBSIDIOS AL TUP
8.- CON MOTIVO DE REALIZARSE LA MARCHA “NI UNA MENOS” DISPONEN LA GRATUIDAD DEL TUP ENTRE LAS 12 Y LAS 22
9.- SOLICITAN PEDIR INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA CONTINUIDAD DEL PROGRAMA ESCUELAS DEPORTIVAS ARGENTINAS
10.- MODIFICAN CÁLCULO DE LA TASA DE FISCALIZACIÓN A UNIDADES AFECTADAS AL TRANPSORTE ESCOLAR Y ESPECIAL
11.- EXPRESARON PREOCUPACIÓN POR ASESINATO EN CONTEXTO DE VIOLENCIA EJERCIDA POR ODIO Y ORIENTACIÓN SEXUAL
12.- CONVOCARÁN A FUNCIONARIOS PROVINCIALES CON EL FIN DE DISEÑAR ESTRATEGIAS COMUNES CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
13.- PROYECTARÁN DOCUMENTAL SOBRE EL CASO PIRA A LOS TRANSGRESORES DE NORMAS DE TRÁNSITO
14.- EL MÚSICO Y COMPOSITOR JORGE CÁNEPA SERÁ ARTISTA DISTINGUIDO
15.- DECLARAN DE INTERÉS MUNICIPAL EL PRIMER CLÁSICO DE FÚTBOL FEMENINO DE PRIMERA DIVISIÓN DE AFA



  • CREAN PROGRAMA DE REVINCULACIÓN A LA ESCUELA Y FORTALECIMIENTO DE TRAYECTORIAS ESCOLARES
Expediente 270819 del concejal Raspall

O R D E N A N Z A

Art. 1º. Crease, en el ámbito de la Municipalidad de Rosario, el Programa de Revinculación a la Escuela y Fortalecimiento de Trayectorias Escolares, dirigido a niñas, niños y adolescentes.
Art. 2º. Objetivos. Serán objetivos del Programa:
1. Re-vincular a niñas, niños y adolescentes a la educación formal, reincorporándolos/as a la escuela de origen u otra y exacerbando los esfuerzos de esta tarea previo al inicio del ciclo lectivo anual.
2. Acompañar las trayectorias escolares de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad que así lo requieran.
3. Hacer efectivo el acceso a derechos como la educación, la salud, la recreación y el deporte y el desarrollo en un centro de vida que proteja, cuide y eduque.
4. Poner a disposición de dichos niñas, niños y adolescentes las distintas propuestas que se enmarcan en el plan integral municipal de inclusión y cuidado, tanto en los Centros Cuidar como en los Centros de Salud municipales, polideportivos, espacios culturales y otros de la Red de Cuidados de la ciudad de Rosario.
Art. 3°. Acciones. A fin de alcanzar los objetivos generales, el Programa deberá incluir las acciones siguientes:
1. Construcción de una estrategia de búsqueda activa, con importante despliegue territorial y generando para ello las reuniones de trabajo con las áreas de los distintos niveles del estado que corresponda y con organizaciones de la sociedad civil, antes del inicio del ciclo lectivo, cada año.
2. Promoción de la re-vinculación institucional de niñas, niños y adolescentes a sus escuelas de origen u otra.
3. Diseño de estrategias individuales de apoyo y fortalecimiento de las trayectorias escolares de cada niña, niño y adolescente, a través de una planificación socioeducativa flexible.
4. Fomento de la inclusión de niñas, niños y adolescentes y sus familias en las propuestas sistemáticas de los Centros Cuidar, a fin de construir referencia en las instituciones del Municipio a quienes atraviesan situaciones de mayor vulnerabilidad.
5. Enlace con otras instituciones y propuestas del Estado y/o de organizaciones de la sociedad civil, con el fin de garantizar el acceso a derechos de niñas, niños y adolescentes comprendidos en el Programa.
Art. 4°. Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación del presente Programa será la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, o la que en un futuro la reemplace, con participación activa e integral de todas las áreas que componen el gabinete social municipal.
Art. 5°. Convenios. Facúltese a la autoridad de aplicación a suscribir convenios con la Universidad Nacional de Rosario y/o demás instituciones y organizaciones que estime pertinentes, propendiendo a la consecución de los objetivos afirmados en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.


  • DISPUSIERON LA CREACIÓN DE UN PROGRAMA MENSUAL DE EVENTOS PÚBLICOS CON ACOMPAÑAMIENTO MUSICAL
Expediente 270881 de la concejala Martínez

O R D E N A N Z A

Art. 1°. Crease en el ámbito de la ciudad el programa “+Música +Rosario”, que tendrá por objeto la organización de un picnic un fin de semana una vez por mes, en algún parque o plazas de la ciudad con artistas locales musicales.
Art. 2°. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente, estará bajo la órbita de la Secretaría de Cultura (o que en su futuro la reemplace), donde los artistas se inscriban, según su género musical para poder identificarte y poder organizar el picnic musical según el género que toque en ese día.
Art. 3°. Se confeccionará una agenda que detalle el parque de la ciudad y el género de música que se llevará a cabo.
Art. 4°. La reglamentación quedará a cargo por parte del Ejecutivo Municipal.


  • INSTAN AL CONGRESO NACIONAL A DEBATIR ACCIONES TENDIENTES A LA PREVENCIÓN DE LA LUDOPATÍA
Expediente 271135 del concejal Fiatti

R E S O L U C I Ó N

1°.- El Concejo Municipal de la ciudad de Rosario se dirige al Congreso de la Nación Argentina e insta a sus miembros a debatir acciones sobre prevención de la ludopatía para el juego en línea, tales como: limitaciones a la publicidad y sponsoreo; limitación de los medios de pago; verificación biométrica de la identidad de los usuarios; medidas para el juego el línea responsable que incluyan canales de asistencia, registros de autoexclusión, límites y alertas de tiempo y dinero; así como también la generación de estadísticas a nivel nacional en la materia.
Todo ello a los fines de generar las herramientas que permitan abordar de forma integral una problemática en crecimiento que afecta a cada vez más niños, niñas y adolescentes.


  • SOLICITAN AL CONGRESO NACIONAL MODIFICAR ESTRUCTURA ACTUAL DE DISTRIBUCIÓN DEL IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES
Expediente 270129 del concejal Fiatti
// Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo de los concejales Franco Volpe y Sabrina Prence //

R E S O L U C I Ó N

1°.- El Concejo Municipal de la ciudad de Rosario se dirige al Congreso de la Nación Argentina e insta a sus miembros a debatir la modificación de la estructura actual de distribución de la recaudación del “Impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono”, de forma tal que el 28,58% originalmente destinado al Fideicomiso de Infraestructura de Transporte, se redistribuya de la siguiente manera: un 50% al SISVIAL y un 50% para las compensaciones de los sistemas de transporte público de pasajeros del interior del país, distribuidas en base a los colectivos habilitados en cada sistema.


  • REALIZARÁN UNA AUDIENCIA PÚBLICA PARA DEBATIR NUEVA ORDENANZA DE NOCTURNIDAD
Expediente 264545 de la concejala Gigliani

R E S O L U C I Ó N

1. El Concejo Municipal resuelve convocar a una Audiencia Pública para debatir sobre los términos de una nueva ordenanza de nocturnidad, a realizarse en el periodo ordinario en curso, en concordancia y según los mecanismos previstos en la ordenanza Nº 7.040.
2. Se convocará a participar de la misma a miembros del Departamento Ejecutivo Municipal, Representantes de empresas prestatarias de servicios como EPE, Aguas y Gas, representantes de la asociación de Bomberos Voluntarios de Rosario, representantes del Sindicato Municipal de Rosario y de la Asociación de Trabajadores del Estado, el Colectivo Rosarino de Espacios Culturales (Crec), la Asociación Empresaria Hotelero Gastronómica y Afines Rosario, empresarios y emprendedores del sector de entretenimiento nocturno, distintos colectivos de jóvenes y otras organizaciones y vecinos/as de la ciudad interesados/as en la temática, para a exponer, proponer y debatir sobre la actividad nocturna en nuestra ciudad.
3. La Audiencia Pública establecida en esta resolución deberá ser Trasmitida o difundida en los canales oficiales del Concejo Municipal para que pueda participar la ciudadanía en general.
Asimismo, deberá ser grabada.


  • DISPONEN LA FIRMA DE UN CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
Expediente 271104 del concejal Lifschitz

D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la repartición que corresponda, gestione la suscripción de un Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia en el cual se establezcan acciones específicas que permitan articular y coordinar trabajo conjunto entre las fuerzas policiales de la provincia y los agentes de control Municipal.
Art.2º.- A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1°, las partes intervinientes deberán articular de manera conjunta los recursos institucionales, dónde el Ministerio de Justicia y Seguridad pondrá a disposición recursos humanos policiales, incorporándose a los móviles, en el marco de los recorridos preventivos que realiza el personal de la Secretaría de Control y Convivencia, procurando la intervención de dichos agentes en aquellas situaciones en las que se los requiera.


  • ENCOMIENDAN PEDIR INFORMES AL EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA DISCRIMINACIÓN AL TRANSPORTE DEL INTERIOR EN SUBSIDIOS AL TUP
Expediente 271288 de la concejala Irizar

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, gestione ante el Gobierno Nacional el presente pedido de informe, el que deberá remitirse a este Cuerpo en un plazo no mayor a 30 días, según el siguiente detalle:
1- Motivos por los cuales los aportes del Estado Nacional en materia de ATS (aportes correspondientes a la Tarifa Social Federal) se han incrementado en un 928% para AMBA, CABA y Jurisdicción Nacional para el primer trimestre del corriente año en comparación con el mismo período del 2023 mientras que al interior del país tal incremento ha sido de un 255%.
2- Motivos por los cuáles se han incrementado en el primer semestre del corriente año las compensaciones del Estado Nacional al AMBA y CABA en un 150% en comparación con el primer semestre de 2023 mientras que desde febrero del corriente año eliminó el Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del país.


  • CON MOTIVO DE REALIZARSE LA MARCHA “NI UNA MENOS” DISPONEN LA GRATUIDAD DEL TUP ENTRE LAS 12 Y LAS 22
Expediente 271207 de la comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos
// Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo de los concejales Franco Volpe y
Sabrina Prence //

D E C R E T O

Artículo 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a establecer la gratuidad del Transporte Urbano de Pasajeros durante el día 3 de junio de 2024 entre las 12 y las 22 horas, en ocasión de la marcha y los actos a realizarse en el marco del Ni Una Menos.
Art. 2°.- Los ciudadanos y ciudadanas que quieran participar de las actividades a desarrollarse el 3 de junio podrán viajar de manera gratuita, en todas las unidades del Transporte Urbano de Pasajeros, en el horario comprendido entre las 12 y las 22 horas.
Art. 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a publicitar lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto en todos los medios de comunicación de la ciudad.
Art. 4°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, proceda a iluminar de color violeta todos los edificios públicos de la Municipalidad de Rosario, las aguas danzantes del Parque Independencia, la Fuente de los Suspiros en Avenida Belgrano y calle Sargento Cabral, el Barquito de Avenida Francia y la Costanera, y todo espacio o edificio público que considere pertinente, el día 3 de junio, por tratarse del 9º aniversario del grito colectivo contra la violencia machista Ni Una Menos.


  • SOLICITAN PEDIR INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA CONTINUIDAD DEL PROGRAMA ESCUELAS DEPORTIVAS ARGENTINAS
Expediente 271126 del concejal Romero

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiendase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, gestione ante el Poder Ejecutivo Nacional e informe lo siguiente:
• Si el Poder Ejecutivo Nacional tiene planificada la continuidad o no del Programa Nacional “Escuelas Deportivas Argentinas (EDA)”.
• En caso de continuar, cuándo tiene planificada la convocatoria de los aspirantes al ingreso al programa.
• Si tiene planificado realizar alguna modificación al Programa “Escuelas Deportivas Argentinas (EDA)” o reemplazar la política pública antes mencionada, por otro programa y, en su caso, cuáles
serían dichas modificaciones o en qué consistirán el o los nuevos programas.
• Sí va a haber alguna comunicación oficial a los beneficiarios del Programa en su edición 2023, a los efectos de la planificación de la continuidad de las prestaciones para las niñas, niños y adolescentes comprendidos en el mismo.
• Cuántas Federaciones y/o Asociaciones, y de qué deporte, implementaron esta política en la ciudad de Rosario durante 2023.
• Cuántos/as niños/as y adolescentes de la ciudad de Rosario fueron beneficiarios del Programa durante el año 2023.
• Cuánto fue el monto en pesos, destinado para la ciudad de Rosario, en el marco del Programa “Escuelas Deportivas Argentinas (EDA)”, durante el año 2023.


  • MODIFICAN CÁLCULO DE LA TASA DE FISCALIZACIÓN A UNIDADES AFECTADAS AL TRANPSORTE ESCOLAR Y ESPECIAL
Expediente 270959 del concejal Roca

O R D E N A N Z A

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 103 de la Ordenanza Impositiva Municipal N° 4064/1986; el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 103°. –
a) La tasa de fiscalización se abonará mensualmente por cada unidad destinada al transporte de escolares que se determina en la cantidad de 5,5 Módulos Tributarios multiplicados por la capacidad habilitada para el vehículo: 5,5 MT x P = TF, valores que significan en cada caso los conceptos que se transcriben a continuación: P: Capacidad habilitada del vehículo. MT: Módulo Tributario. TF: Tasa de fiscalización.
b) El pago de dicha Tasa de Fiscalización se efectuará del 1 al 10 del mes que se liquida.
c) En el mes de inicio del período lectivo o en el de la habilitación del vehículo, si ésta se produjera dentro del período escolar, el pago de la tasa deberá efectivizarse dentro de las 48 horas hábiles a contar desde la fecha de la habilitación.
d) El precio del módulo tributario utilizado para el cálculo de la Tasa de Fiscalización será el vigente al día 1ro. del mes que se liquida.
e) La Tasa de Fiscalización de Transporte Escolar será aplicable entre los meses de marzo a noviembre inclusive de cada año o desde el mes de habilitación de la unidad si ésta se efectúa dentro del período ya mencionado. Dicha tasa se abonará por mes completo, no siendo fraccionable en días.”
Art. 2.- Modifíquese el inciso d, del artículo 12 de la ordenanza 4725, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 12º.- No podrán circular los vehículos que incurran en las siguientes infracciones:
a) Falta de certificado de habilitación
b) Falta de certificado de eficiencia técnica o vencimiento del mismo
c) Falta de higiene o del certificado de desinfección y desinsectación
d) Falta de pago de la Tasa de Fiscalización. La misma se determina por medio de la siguiente fórmula: 5,5 MT x P = TF. Siendo P: Capacidad habilitada del vehículo. MT: Módulo Tributario. TF: Tasa de fiscalización”.


  • EXPRESARON PREOCUPACIÓN POR ASESINATO EN CONTEXTO DE VIOLENCIA EJERCIDA POR ODIO Y ORIENTACIÓN SEXUAL
Expediente 271173 de la concejala Pellegrini

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su preocupación frente al grave episodio sufrido por  Pamela Cobbas, Roxana Figueroa, Andrea Amarante y Sofía Castro Riglos en el barrio de Barracas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 5 de mayo de 2024, del que resultara el fallecimiento de las 3 primeras y el delicado estado de salud de la restante, producto de un ataque incendiario cometido por un vecino, en un contexto de odio y de violencia expresado por la orientación sexual de las víctimas.
Asimismo este Cuerpo brega por el inmediato esclarecimiento judicial y la sanción correspondiente a los responsables, a la vez que manifiesta su solidaridad y acompañamiento a las víctimas y su familia.


  • CONVOCARÁN A FUNCIONARIOS PROVINCIALES CON EL FIN DE DISEÑAR ESTRATEGIAS COMUNES CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
Expediente 270818 de la concejala López

R E S O L U C I Ó N

1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve invitar al Secretario de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe, Raúl Emilio Jatón ya la Secretaria de Igualdad, Género y Derechos Humanos, Mónica Ferrero, a la Comisión de Feminismos Disidencias y Derechos Humanos, para diseñar en conjunto acciones y estrategias que permitan sostener las políticas públicas de prevención y combate al delito de la trata de personas.


  • PROYECTARÁN DOCUMENTAL SOBRE EL CASO PIRA A LOS TRANSGRESORES DE NORMAS DE TRÁNSITO
Expediente 270939 de la concejala Gigliani
D E C R E T O

Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Dirección General de Tránsito, incorpore el documental “Sólo muere a quien se olvida” como reproducción
obligatoria en las charlas y capacitaciones destinadas a aquellos que transgredieron las normativas de tránsito vigentes.


  • EL MÚSICO Y COMPOSITOR JORGE CÁNEPA SERÁ ARTISTA DISTINGUIDO
Expediente 270862 del concejal Cardozo

D E C R E T O

Artículo 1º. Declárase Artista Distinguido de la ciudad de Rosario, al maestro Jorge Cánepa, músico compositor y escritor rosarino por su amplia y destacada trayectoria en la cultura y los medios de comunicación de la ciudad.
Art. 2º. El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento al homenajeado, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.


  • DECLARAN DE INTERÉS MUNICIPAL EL PRIMER CLÁSICO DE FÚTBOL FEMENINO DE PRIMERA DIVISIÓN DE AFA
Expediente 271224 de la concejala Bracco

D E C R E T O

Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el "Primer Clásico de Fútbol Femenino en Primera División AFA; que se disputará el día 9 de junio del corriente año en la ciudad de Rosario.
Art. 2º.- Enviar atenta nota de estilo con fotocopia autenticada del presente Decreto a los organizadores, con la transcripción del artículo 2° de la Ordenanza N° 9.826/18, que establece: “El o los organizadores de todo evento y/o acontecimiento que sea declarado de Interés Municipal, deberá elevar al Concejo Municipal, dentro de los 90 (noventa) días posteriores de su realización, un documento en formato digital que informe las conclusiones obtenidas, las ponencias debatidas, el objetivo logrado, los resultados y toda la información relevante inherente al tipo de acontecimiento realizado y reconocido con esta distinción, con el fin de aportar al Concejo los avales científicos y técnicos para el reconocimiento y resolución de distintas problemáticas de la ciudad de Rosario, y la información relevante de cada evento para su conocimiento, evaluación, análisis y/o difusión. Cuando las mismas sean de interés general y contribuyan a elevar la calidad de vida de los ciudadanos rosarinos, el Concejo Municipal se hará cargo de su difusión a través del medio que crea conveniente. El informe presentado será reclamado por la Presidencia del Concejo Municipal y podrá ser publicado en la página web de la Municipalidad de Rosario. De no presentarse dentro de los 90 días el informe anteriormente mencionado, el Concejo automáticamente rechazará toda nueva solicitud para obtener la declaración de interés municipal de dicho evento.
Art. 3º.- Encomiéndase poner en conocimiento de la entidad organizadora el artículo 7 de la Ordenanza Nº 7.986/06 modificado por Ordenanza 8.559 que establece: “Cuando se otorgue el reconocimiento de “Interés Municipal” en los supuestos del artículo que antecede, los beneficiados por tal mención deberán otorgar un mínimo de 10 becas, o entradas, o acreditaciones, u otro tipo de habilitación de ingreso, sin importar el costo de la actividad al Concejo Municipal, quien las entregará a Escuelas, Universidades, O.N.Gs. o Instituciones de bien público a través de la Comisión de Labor Parlamentaria. En el caso en que la mención sea entregada por una obra escrita o audiovisual, los beneficiarios deberán donar, a través de la Comisión de Labor Parlamentaria, como mínimo un ejemplar de la misma a bibliotecas Municipales de la ciudad de Rosario.”

Entrada destacada

CMSUNCHALES. El Concejo Municipal destacó al joven Lorenzo Stucky por su iniciativa de difusión deportiva en redes sociales

  El Concejo Municipal declaró de Interés Social y Deportivo la iniciativa y el desempeño del joven Lorenzo Stucky, por la difusión deportiv...