jueves, 28 de abril de 2016

Alejandro Cabral, Concejal del bloque unipersonal “Frente Justicialista para la Victoria”

PROYECTOS PRESENTADOS

San Lorenzo, 14 de abril de 2016.“Proyecto de Minuta de Comunicación”.-

VISTO: La obra de remodelación que se lleva a cabo en el Boulevard Mitre, acondicionándola para
el tránsito pesado que por la misma circula.-

Y CONSIDERANDO: Que para la concreción de la misma se procedió a mover tierra, la que
terminó depositada en el sector correspondiente a la vereda norte de dicha arteria, lo que ocasiona
serios problemas de circulación peatonal en toda la zona.-

Que es necesario, una vez finalizadas las obras sobre el mencionado boulevard, lograr que los vecinos
vuelvan a tener las mismas posibilidades de transitar por las veredas, con total normalidad.-

Que es potestad del municipio realizar las tareas de control para que ese tránsito peatonal sea posible
y seguro.-

Es por ello que este bloque unipersonal “Frente Justicialista para la Victoria” eleva el siguiente

“Proyecto de Minuta de Comunicación”:

Art. 1º) Solicítese al D.E.M. a través de su Secretaría de Obras y Servicios Públicos,
informe sobre las tareas previstas para asegurar el tránsito peatonal sobre la vereda norte
del Bvard. Mitre, una vez finalizadas las obras sobre dicha arteria.-

Art. 2º) De forma.-

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San Lorenzo, 14 de abril de 2016 “Proyecto de Minuta de Comunicación”.-

VISTO: Los reclamos que, en materia de inseguridad, gran parte de nuestra comunidad nos ha hecho
llegar desde distintos sectores de nuestra

Y CONSIDERANDO: Que el sistema de alumbrado público es una herramienta que sirve para la
prevención en la materia, tal como lo expresaramos en un proyecto similar referido al Barrio
Remedios de Escalada.-

Que ha llegado a nuestro conocimiento que el Ejecutivo Municipal está llevando adelante un plan de
alumbrado público, en el Barrio Norte de la ciudad, desde el Boulevard Mitre, hacia el arroyo San
Lorenzo.-

Que vecinos de calle Islas Malvinas desde la altura del 4000, hacia el norte, nos han hecho llegar la
inquietud respecto al temor que les genera la falta de una iluminación en esa zona.-

Es por ello que este bloque unipersonal “Frente Justicialista para la Victoria” eleva el siguiente

“Proyecto de Minuta de Comunicación”:

Art. 1º) Solicìtese al D.E.M., a través de su Secretaría de Obras y Servicios Públicos,
informe sobre el plan de alumbrado público que se está desarrollando en el Barrio Norte
y si el mismo comprenderá calle Islas Malvinas desde Bvard. Mitre hacia el arroyo San

Art. 2º) De forma.-

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San Lorenzo, 24 de abril de 2016. Proyecto de Minuta de Comunicación.-

VISTO: Los artículos números 44 y 45 de la Ordenanza 2524, modificatoria de la Ordenanza 1618,
referidas al sistema de protección integral de las personas discapacitadas.-

Y CONSIDERANDO: Que el artículo Nº 44 hace especial referencia a la creación, y mecanismos
tributarios y financieros para su sostenimiento, de un fondo especial para concretar los objetivos de
dicha norma.-

Que en el artículo Nº 45 de la misma se determina la creación del Concejo Municipal del
Discapacitado, el que debe quedar integrado por dos representantes del D.E.M., dos representantes
de este Cuerpo, representantes de las instituciones privadas sin fines de lucro dedicadas a la
rehabilitación del discapacitado y cuatro discapacitados rehabilitados de distintas patologías,
encargado de viabilizar el correcto cumplimiento de dicha Ordenanza, con los alcances que la
reglamentación establece.-

Que la función de este Cuerpo deliberativo no es solo la crear normas sino, además, la de auditar el
cumplimiento de toda legislación vigente.-

Es por ello que el bloque unipersonal “Frente Justicialista para la Victoria”, eleva el siguiente

Proyecto de Minuta deComunicación:

Art. 1º) Solicitese al D.E.M., a través de las distintas áreas correspondientes, se
notifique el cumplimiento y destino del fondo y cuenta especial que establece el artículo
Nº 44 de la Ordenanza 2524, modificatoria de la Ordenanza 1618.-

Art. 2º) Solicitese al D.E.M. informe sobre las actividades del Concejo Municipal del
Discapacitado, tal lo establecido en el artículo Nº 45 de la Ordenanza Up-Supra citada
y, en caso de no estar en funciones, arbitrar los medios para que el mismo comience a
sesionar.-

Art. 3º) De forma.-

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