domingo, 16 de diciembre de 2018

El Gobierno municipal estudia la fijación y congelamiento de precios

CONCEJO MUNICIPAL VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ
SESIÒN ORDINARIA 36º 
Jueves 13/12/2018 

Expte. Nº 6.721/18.

VISTO:

La Constitución Nacional, Art. 42°.
La Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
La Ordenanza N° 2.566/18, Declaración de Emergencia Social en Villa Gobernador Gálvez.
El último Índice de Precios al Consumidor (ICP) de Santa Fe según el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC),

CONSIDERANDO:

Que desde el Art. 42° de nuestra Constitución Nacional, “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.”
Que el pasado 1° de noviembre, en la Sala de Sesiones de este Concejo, se promulgó la ordenanza que declara la Emergencia Social en Villa Gobernador Gálvez por dos (2) años, para la contención de los sectores de mayor vulnerabilidad y velar por las necesidades básicas de la población.
Que tal como prevé la misma, “esta situación se prevé mucho más delicada en un futuro cercano por distintas razones; tales como la posibilidad de nuevos aumentos en los precios de los productos básicos de consumo, incrementos de las tarifas de servicios, aumento del desempleo y un posible ajuste en los distintos estamentos estatales.”
Que el nivel general del Índice de Precios al Consumidor de Santa Fe (IPC_SF) registró en octubre un aumento de 5,6% con relación al mes anterior, un 41% de incremento respecto a diciembre de 2017 y un 46,8% con referencia a octubre del año pasado, de acuerdo a los datos provistos por el IPEC (Instituto Provincial de Estadísticas y Censo)
Que asimismo las variables que sufrieron más variaciones porcentuales en Santa Fe en lo que va del año (desde diciembre de 2017 hasta la fecha) fueron otros bienes y servicios, con 51,2%; transporte y comunicaciones, con 49%; equipamiento y mantenimiento del hogar, con 47,5%; alimentos y bebidas con 41,4%; y esparcimiento, con 40,3%.
Que desde el Proyecto de Ley de Presupuesto Provincial General correspondiente al Ejercicio Económico 2019, presentado por el Ejecutivo Provincial se prevé que el aumento del nivel de precios tendrá un promedio del 34.8 por ciento para el año próximo.
Que en correlato con lo planteado, en cuanto a la composición económica del Presupuesto, se ha utilizado una pauta nominal que resulta de combinar el crecimiento proyectado del Producto Bruto Interno del -0,5% con la variación estimada del nivel de precios implícito del orden del 34,8%, lo que considera una inflación a Diciembre 2019 del 23%, de acuerdo a los pautas macrofiscales informadas por el Gobierno Nacional.
Que es necesario en este contexto llevar a cabo distintas medidas que fortalezcan el mercado interno, optimen el poder adquisitivo de los trabajadores, impulsen la generación de empleo, fomenten la inversión, la mejora genuina de la competitividad y la distribución equitativa del ingreso.
Que la administración de precios es un eslabón más de las diversas medidas para promover el desarrollo productivo, social y la reindustrialización y propende a una distribución justa del excedente, la protección de los sectores más débiles y el acceso a los ciudadanos de los bienes y servicios de consumo básico.
Que es necesario promover la protección de los derechos del consumidor, la educación para el consumo, la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, el control de los monopolios, a la calidad y eficiencia de los servicios y la constitución de asociaciones de consumidores y usuarios.
Que se propone la consolidación de un trabajo sostenido con entidades empresariales, industriales, comerciales, con el objeto de ayudar a la cadena completa de comercialización que involucra tanto a los productores, industriales y comerciantes y al consumidor.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.588/2018


ART.1°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de programas con entidades 
industriales y comerciales, con el objeto de fijar y congelar los precios, durante un plazo de tiempo determinado, de productos seleccionados que integran la canasta básica alimentaria, los bienes no alimentarios y los productos referidos a la canasta navideña.

ART.2°) Solicítese a los comercios adheridos la publicación, descripción y visualización de los productos acordados. Para aquellos comercios que superen los 400 metros cuadrados, deberán tener góndola específica que los indique y destaque.


ART.3°) Procúrese el acceso a la información a los consumidores, de forma cierta, clara y detallada y el conocimiento de los productos seleccionados y los comercios adheridos, a través de publicidad en los medios de difusión del Departamento Ejecutivo Municipal o en los que éste disponga.


ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.


Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de diciembre de 2018.

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