sábado, 24 de diciembre de 2016

"CMR" CREACIÓN DEL HOSPITAL VETERINARIO PÚBLICO Y GRATUITO

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, jueves 22 de diciembre de 2016.
LA SESIÓN DE HOY  

Vuestras Comisiones de Ecología y Medio Ambiente, Salud y Presupuesto han considerado el proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Carlos Cossia, el cual expresa:

“Visto: El alto porcentaje de animales que habita en la ciudad de Rosario y carece de atención veterinaria por falta de recursos de quienes están a su cargo y por ausencia de políticas públicas por partes del estado, y

Considerando: Que, es necesaria la creación de un Hospital Veterinario Público y Gratuito para que todo ciudadano tenga derecho a elegir por un servicio público o privado, para la atención médica de sus animales y así garantizar el acceso a toda persona de bajos recursos.

Que, el Hospital Veterinario Público y Gratuito tiene como objetivo:

 Controlar la superpoblación animal de la ciudad con métodos éticos y efectivos como las
esterilizaciones quirúrgicas masivas y sistemáticas. En coordinación con las Ordenanzas 7445/02 y la 9015/12.

 Brindar una atención veterinaria pública y gratuita idónea, completa, necesaria, adecuada, y
frecuente, a cualquier ciudadano que quiera darle una mejor calidad de vida a su animal de
compañía.

 Atender cualquier otro caso de animales abandonados, lastimados, accidentados, enfermos o que precisen de una atención médico veterinaria, cualquiera fuera la causa o motivo, durante todo el año, las 24 hs. del día.

Que, hacer Políticas de Estado en materia animal es preocuparse no solo por los animales, sino también es trabajar por la salud pública y de bienestar social, brindando un servicio de veterinaria pública y gratuita, esterilizaciones quirúrgicas, planes de concientización y educación en las escuelas y en los medios de comunicación, donde se pueda evitar que las personas y los animales contraigan y propaguen enfermedadeszoonóticas, algunas mortales para los humanos y también para perros y gatos.

Que, a través de esta propuesta, se trabaja desde la prevención evitando el daño psicológico y moral de las personas que ven animales abandonados en condiciones no saludables, enfermedades que tienen tratamiento y tienen una prevención comprobada científicamente mediante el control de la población animal por medio de las esterilizaciones quirúrgicas masivas y sistemáticas.

Que,  Rosario fue declarada desde el año 1992 “Ciudad no Eutanásica”.

Que, formar y fomentar la creación del Hospital Veterinario Público y sus descentralizaciones móviles, implica adoptar una Política de Estado direccionada al trato ético y moral hacia los animales y un respeto hacia todos los ciudadanos.

Que, una de las aristas sociales y sanitarias más importantes corresponde al aumento de los animales abandonados y no se aborda correctamente el tema de la gran cantidad de población canina y felina pudiendo optar por soluciones más factibles tanto para la gente, como para ellos.

Que, el aumento de perros en las calles repercute de manera totalmente negativa en la imagen de las ciudades, especialmente desde el punto de vista turístico, higiénico y estético, lo cual, hace verla como una ciudad sucia, descuidada a vista de turistas extranjeros que la visitan, siendo que este problema podría ser solucionado por parte de las autoridades en conjunto con la ciudadanía, para controlar esta gran y difícil situación en el tiempo y así dejar una mejor visión al exterior de nuestra ciudad.”

Es por lo expuesto que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Créase el Hospital Veterinario  Público y Gratuito Dr Rafael Albarracín.

Art. 2º.- La Autoridad de aplicación será la Secretaría de Salud Pública.

Art. 3º.- El Hospital Veterinario Público brindará una atención médico-veterinaria gratuita y adecuada para atender las necesidades básicas del bienestar animal en el Municipio, como en lo que corresponde a emergencias, cirugías programadas, accidentes en vía pública, cirugías traumatológicas y enfermedades infecciosas.

Art. 4º.- El equipamiento básico del Hospital Veterinario Público contará con un laboratorio de análisis, un aparato de Rayos X, teniendo el DEM la facultad de ampliar los sistemas de diagnósticos según las necesidades que surjan.

Art. 5º.- El Hospital Veterinario Público, funcionará de 8 a 19 horas. La atención de las emergencias fuera de ese horario serán recibidas a través del 0800-444- 0909 GUM con personal capacitado a tal efecto y gestionadas según la complejidad del caso. 

Art. 6º.- El Hospital Veterinario Público (HVP), será atendido por médicos veterinarios con título habilitante y matriculados, como así también, por personal y voluntarios pasantes y practicantes con marcada predisposición para atención y cuidado de animales, bajo el control y supervisión de aquellos profesionales.

Art. 7º.- Podrán celebrarse Convenios con Facultades de Ciencias Veterinarias, públicas o privadas, de cualquier parte del país. 

Art.8° En los ejercicios sucesivos, el Poder Ejecutivo Municipal incluirá, en el Presupuesto anual de gastos correspondiente a la Secretaría de Salud Pública la partida necesaria para hacer efectivo el cumplimiento de la presente ordenanza

Art. 9º.- Comuníquese con sus considerandos, etc.

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