jueves, 1 de diciembre de 2016

"CMVGG" Orden de transferencia a favor del Municipio de V. G. Gálvez

Prensa Concejo VGG

Expediente Nº 6026/2016
Presentado por Departamento Ejecutivo Municipal
Eleva Decreto Nº 1023/16 modificado por Decreto 1024/16 Ad. Referendum del Concejo Deliberante.

DECRETO N° 1023/2016
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades,
La Orden de transferencia a favor del Municipio de V. G. Gálvez, emitida por la Secretaria de Hacienda de la Provincia de Santa Fe, a realizarse antes del 21 de Noviembre de 2016,

La comunicación "A "5125 (Pta. 3.2.5 del Texto Ordenado de Financiamiento al Sector Público No Financiero) del Banco Central de la República Argentina,

La solicitud remitida al Gerente de la Sucursal de Villa Gobernador Gálvez N° 074, del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Sr. Guillermo Goytia,

La obligación del Dto. Ejecutivo Municipal de abonar los Haberes de los Agentes Activos de la Municipalidad de V. G. Gálvez antes del 5to día Hábil del mes siguiente al que corresponde el pago de haberes, y
CONSIDERANDO:

Que en carácter de Declaración Jurada se informa al Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal V. G. Gálvez N° 074 que existe una Orden de transferencia a favor del Municipio de V. G. Gálvez, emitida por la Secretaria de Hacienda de la Provincia de Santa Fe, para ser cobrado por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. más tardar el 21 de Noviembre de 2016,

Que la solicitud remitida al Gerente del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal N° 74 de V. G. Gálvez consiste en un Adelanto Transitorio de $ 1.500.000.- (Pesos un millón quinientos mil), el cual se realiza en el marco de lo establecido por la comunicación" A " 5125 (Pta. 3.2.5 del Texto Ordenado de Financiamiento al Sector Público No Financiero) del Banco Central de la República Argentina, teniendo en cuenta que dicha entidad bancaria posee el carácter de Agente de Pago de los Haberes de los Agentes Activos de la Municipalidad de V. G. Gálvez.

Que la suma mencionada en el párrafo anterior será acreditada en la Cuenta Corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., por un plazo máximo de 10 (Diez) días hábiles a partir del 07 de Noviembre de 2016, con destino al pago de los haberes de los empleados Municipales,

Que la Solicitud de Adelanto Transitorio Como "A" 5125 del B.C.R.A. Sector Público No Financiero por la suma de $ 1.500.000.- (Pesos un millón quinientos mil), con destino exclusivo al pago de haberes, para su pago a través de Nuevo Banco DE Santa Fe S.A,
La Municipalidad de V. G. Gálvez, abonará al Nuevo Banco de Santa Fe intereses sobre Saldo de capital, conjuntamente con el pago del capital. El adelanto devengará un interés compensatorio tasa del 23,25% nominal anual, hasta la fecha de su vencimiento. Dicha tasa será equivalente a una tasa del 1.911 % efectiva mensual (TEM).La tasa efectiva Anual (TEA) será del 25,90%,
Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO 1°: Aceptar la suma de $ 1.500.000.- (Pesos un millón quinientos mil), en concepto de Adelanto Transitorio, en el marco de lo establecido por la comunicación "A "5125 (Pta. 3.2.5 del Texto Ordenado de Financiamiento al Sector Público No Financiero) del Banco Central de la República Argentina, dicha suma será acreditada en la Cuenta Corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., con destino exclusivo al pago de haberes del personal municipal, a través de la misma entidad bancaria.

ARTICULO 2°: Autorizar a la Dirección Centro de Tributos a ingresar la suma de $ 1.500.000.- (Pesos un millón quinientos mil), en concepto de Adelanto Transitorio Como "A" 5125 del B.C.R.A. Sector Público No Financiero, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente decreto, el cual será acreditada en la Cuenta Corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A, por un plazo máximo de 10 (Diez) días hábiles a partir del 07 de Noviembre de 2016, teniendo en cuenta que dicha entidad bancaria posee el carácter de Agente de Pago de los Haberes de los Agentes Activos de la Municipalidad de V. G. Gálvez,

ARTICULO 3°: La Municipalidad de V. G. Gálvez, abonará al Nuevo Banco de Santa Fe intereses sobre Saldo de capital, conjuntamente con el pago del capital. El adelanto devengará un interés compensatorio tasa del 23,25% nominal anual, hasta la fecha de su vencimiento. Dicha tasa será equivalente a una tasa del 1.911 % efectiva mensual (TEM).La tasa efectiva Anual (TEA) será del 25,90%.

ARTICULO 4°: El ingreso de la suma mencionada en el artículo anterior, será imputado a la partida presupuestaria N°: 0.3.2/02.01.03.00 (Préstamos Bancarios)

ARTICULO 5°: Dese conocimiento a la Dirección Centro de Tributos, a la Oficina de Receptoría General, a la Dirección de Tesorería General, a la Contaduría General y a las demás oficinas intervinientes.
Artículo 6°: Regístrese, Archívese, Comuníquese.

DECRETO N° 1024/2016
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades,
El Decreto N° 1023/2016, Y
CONSIDERANDO:
Que la SOLICITUD DE ADELANTO TRANSITORlO COMo "A" DEL B.C.R.A. -SECTOR PUBLICO - NO FINANCIERO, cuyo encabezamiento comienza con la Denominación de la cuenta a nombre de la Municipalidad de V. G. Gálvez, y el monto por el cual se realizará la operatoria, que es de $ 1.500.000.- (pesos: un millón quinientos mil), contiene cláusulas del 1) al 9), a las cuales el municipio acuerda aceptar,

Que la cláusula N° 1) hace referencia a que el otorgamiento del crédito importa el derecho para el/los solicitante/s de GIRAR EN DESCUBIERTO sobre su Cuenta Corriente hasta el monto máximo autorizado, indicado el mismo en el encabezamiento de la solicitud, mencionada en el párrafo anterior, operatoria que se realizará a través de la Cuenta Corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., con destino exclusivo al pago de haberes del personal municipal, correspondiente al mes de Octubre de 2016, a través de la misma entidad bancaria, AD REFERENDUN del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez,

Que la urgencia con la que el mUnICIpIOdebió solicitar el Adelanto Transitorio establecido por la comunicación "A" 5125 (Pta. 3.2.5 del Texto Ordenado de Financiamiento al Sector Público No Financiero) del Banco Central de la República Argentina, es consecuencia de la necesidad de poder afrontar el pago de Sueldos del personal municipal, del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante de V. G. Gálvez, correspondiente al mes de Octubre de 2016, motivó el hecho de no haber interpretado correctamente la operatoria a realizar, debido a que siempre se consideró que la suma de $ 1.500.000.- (pesos: un millón quinientos mil) sería acreditada en la Cuenta Corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., hecho que es contrario a lo mencionado en la cláusula Nro. 1, de la solicitud, según lo expuesto en el párrafo anterior.

Que en virtud a lo mencionado en los párrafos 
anteriores, resulta necesario modificar el Decreto N° 1023/2016.
Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTICULO ¡o: Modifíquese el Artículo N° 1 del Decreto N° 1023/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Aceptar la operatoria establecida por la SOLICITUD DE ADELANTO TRANSITORIO COM."A" DEL B.C.R.A. - SECTOR PUBLICO - NO FINANCIERO - Cláusula N° 1, otorgándole el derecho a la Municipalidad de V. G. Gálvez a GIRAR EN DESCUBIERTO sobre su cuenta corriente N° 074-02/00 abierta en la sucursal N° 074 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., hasta el monto máximo autorizado, de $ 1.500.000.- (Pesos: un millón quinientos mil), operatoria que se realizaría a través de la misma Cuenta Corriente, con destino exclusivo al pago de haberes del personal municipal, correspondiente al mes de Octubre de 2016, a través de la misma entidad bancaria

ARTICULO ZO: Modifíquese el Artículo N° 2 del Decreto N° 102312016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Autorizar a la Tesorería General a realizar la operatoria establecida por la SOLICITUD DE ADELANTO TRANSITORIO COMo "A" DEL B.C.R.A. - SECTOR PUBLICO - NO FINANCIERO, de acuerdo a lo establecido en el ARTICULO N° 1 del presente decreto. Dicha operatoria se realizaría a través de la misma Cuenta Corriente, siempre que se presente la necesidad financiera para el municipio, con destino exclusivo al pago de haberes del personal municipal>

ARTICULO 3°: La Municipalidad de V. G. Gálvez, en el caso de hacer uso del ADELANTO TRANSITORIO COMo "A" DEL B.C.R.A. - SECTOR PUBLICO - NO FINANCIERO abonará al Nuevo Banco de Santa Fe S.A., intereses sobre Saldo de capital, conjuntamente con el pago del capital. El adelanto devengará un interés compensatorio del 23,25 % Tasa Nominal Anual, hasta la fecha de su vencimiento. Dicha tasa será equivalente a una Tasa del 1.911 % Efectiva Mensual (TEM). La Tasa Efectiva Anual (TEA) será del 25,90 %.

ARTICULO 4°: Elévese el presente AD REFERENDUM del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Dese conocimiento a la Dirección Centro de Tributos, a la oficina de Receptoría General, a la Dirección de Tesorería General, a la Contaduría General, y a las demás oficinas intervinientes.

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.

 

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