sábado, 24 de diciembre de 2016

"CMR" SERÁN CREADOS JARDINES MATERNALES MUNICIPALES

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, jueves 22 de diciembre de 2016.
LA SESIÓN DE HOY   

Vuestra Comisión de Salud y Acción Social ha considerado el proyecto de Ordenanza presentado por la Sra. Norma Lopez, que expresa:

“Visto: La necesidad de implementar desde el Municipio, servicios públicos de cuidado, atención y
educación, destinados a niñas y niños de 0 hasta cuatro años de edad cumplidos, desde un enfoque universal, con los objetivos de garantizar los derechos laborales de las mujeres madres y el derecho al desarrollo integral de la infancia, y;

Considerando: Que en nuestro país se han producido considerables adelantos en la lucha por la igualdad entre los géneros, la ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1985), su posterior jerarquización constitucional (1994), la incorporación del artículo 75 inciso 23 al texto de la constitución reformada, la ratificación de la Convención de Belem do Pará (1996), la posterior ratificación del protocolo facultativo de la CEDAW (2005) y la reciente aprobación de la

Que se hace necesario que el Estado implemente políticas públicas proveyendo servicios de cuidado para las niñas y niños de menor edad, independientemente de la inserción laboral formal o informal de las madres trabajadoras y padres trabajadores que los demanden, desde un enfoque universal, lo que contribuirá a una mayor calidad de vida de todas las mujeres y sus familias.

Que la institucionalización de los Jardines Maternales financiados por el Municipio que se propone por el presente proyecto de ordenanza, redundará también en la generación de nuevas fuentes de empleo para quienes asuman las tareas de cuidadores y cuidadoras, debiéndose promover la formalización y profesionalización de los mismos y la incorporación tanto de mujeres como de varones en estas tareas; pudiéndose complementar estos servicios públicos de cuidado con subsidios a la oferta privada.”

Es por lo expuesto esta comisión elevaban para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1º.- Establécese la creación de Jardines Maternales Municipales, los que tendrán por finalidad brindar cuidado, atención, educación y desarrollo integral a niñas y niños de 0 hasta cumplidos los 4 años de edad.

Art. 2º.- Los Jardines Maternales Municipales se ubicarán en puntos estratégicos de la ciudad, considerándose una adecuada distribución geográfica, pudiéndose a tal fin aprovechar las estructuras edilicias de los Centros

Crecer, Centros Municipales de Distrito o cualquier otro espacio físico que el D.E.M. considere adecuado a tal fin.

Art. 3º.- Los Jardines Maternales Municipales brindarán sus servicios a las hijas e hijos de trabajadoras y trabajadores que residan en la ciudad de Rosario, independientemente de la inserción laboral formal o informal de los mismos, desde un enfoque universal, siempre que las niñas y niños estén comprendidos en la franja etaria indicada en el art.1 de la presente.

Art. 4º.- A los fines de su implementación, podrá el D.E.M. complementar los servicios públicos de cuidado que se creen por esta Ordenanza, con subsidios a la oferta privada.

Art. 5º.- El D.E.M. deberá promover la formalización y profesionalización de quienes asuman los servicios de cuidado, atención, educación y desarrollo integral, asegurándose la incorporación de mujeres y varones en estas tareas.

Art. 6º.- Regúlase la creación de los Jardines Maternales Municipales bajo el cumplimiento de las normas que regulan a los jardines particulares no incorporados a la enseñanza oficial -Ordenanza N° 5814 y sus modificatorias-, quedando a cargo del Área de la Niñez de la Secretaría de Promoción Social el asesoramiento y supervisión técnica y pedagógica de los mismos.

Art. 7º.- Dispónese que el D.E.M. determine el financiamiento suficiente para la implementación del
proyecto.

Art. 8º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agreguese al D.M..

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