jueves, 3 de agosto de 2017

CMR. MODIFICAN NORMATIVA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO

CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ROSARIO
Dirección General de Prensa
Rosario, 3 de agosto de 2017.
LA SESIÓN DE HOY 

Vuestra Comisión de Derechos Humanos ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza presentado por las Concejalas Lepratti, León, Gigliani, Magnani y Giménez quienes proponen incorporar incisos al artículo 5º de la Ordenanza Nº 8.956 – “Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género”.

VISTO: La Ordenanza Nº 8.956 en la que se declara la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género.

Y CONSIDERANDO: 
Que este Concejo aprobó en el año 2012 la Emergencia Pública en Materia Social por Violencia de Género con el fin de optimizar todos los recursos municipales para garantizar la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Que a pesar de haberse declarado la Emergencia Social en esta materia hace más de cuatro años, no se han logrado los objetivos propuestos en la misma.

Que en Argentina entre los años 2008 y 2016 se registraron 2.351 femicidios según el relevamiento que realiza el Observatorio de Femicidios en Argentina Marisel Zambrano, Asociación Casa del Encuentro, sumándole los que se perpetraron en lo que va del año en curso.


Que dicha Comisión a través de sus funciones y facultades permita garantizar canales de participación directa a las organizaciones sociales, a las víctimas y familiares en las decisiones y resoluciones de dicha problemática en materia de violencia de género, a la vez que será una red de contención social con el auxilio de profesionales, catedráticos, militantes que sin dudas contribuirán en tan compleja problemática.

Que existe la necesidad de contar con información fehaciente y oficial de la realidad que viven las víctimas de violencia de género y sus familiares.

Que asimismo es necesario construir herramientas que permitan crear conciencia social, educar en materia de igualdad de derechos, confrontar los vicios culturales del patriarcado para construir nuevas relaciones entre varones y mujeres y personas con identidad auto-percibida.
Es por todo lo precedentemente expuesto, que esta Comisión propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Artículo 1ro.- Agréguese al artículo 5º de la Ordenanza Nº 8.956 los incisos que se detallan a continuación, el cuál quedará redactado de la siguiente manera:
“…Art. 5º.- Impleméntese las medidas de acción necesarias para dar plena participación a las organizaciones de mujeres que actualmente desarrollan su trabajo alrededor de estas problemáticas en diversos territorios de la ciudad, a fin de que puedan tener cabal conocimiento acerca de la efectividad y eficacia de los mecanismos y dispositivos tendientes a alcanzar el fin propuesto por esta Ordenanza, a saber:
a) Créase la Comisión Permanente de Asesoramiento y de Seguimiento Vinculante de la Emergencia Pública en materia Social sobre Violencia de Género, encargada de velar por el correcto funcionamiento de las ordenanzas vigentes sobre violencia de género.
b) Dicha Comisión deberá estar conformada por 2 representantes como mínimo de la Multisectorial de Mujeres Rosario; 2 integrantes como mínimo del Concejo Municipal; 1 representante del Instituto Municipal de la Mujer; 1 representante del Área de Diversidad Sexual de la Municipalidad de Rosario; 1 representante del Área de Atención en Violencia de Género; 1 representante de la
Dirección Provincial de Políticas de Género; 1 representante de la UNR y Cátedras afines; 1
representante por cada Colegio de Profesionales de las siguientes disciplinas: Derecho, Trabajo
Social, Psicología, Medicina y otros afines; 1 representante como mínimo de ONGs y/o asociaciones civiles que aborden la temática; 2 representantes como mínimo de organizaciones que nucleen a familiares y víctimas de violencia de género .
c) El Departamento Ejecutivo a través de las áreas correspondientes, remitirá los informes detallados que requiera esta Comisión para cumplir con los objetivos propuestos.
d) La Comisión tendrá las siguientes funciones y facultades:
1. Realizar reuniones mensuales.
2. Relevar información que permita confeccionar informes sobre diversos aspectos afines al objetivo
por el cuál fue creada.
3. Realizar un informe en forma semestral de carácter público sobre las acciones realizadas desde el Departamento Ejecutivo a través de las áreas correspondientes, y los avances verificables en la

ciudad de Rosario en materia de Violencia de Género…”.

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