martes, 8 de agosto de 2017

Tratamiento Integral e Interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA)

Prensa Concejo VGG 

BLOQUE JUSTICIALISTA FPV

Autores del proyecto: Concejales Garavano, Stange y Mangiaterra
Asunto: Proyecto de Ordenanza; Tratamiento Integral e Interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA). Exp. 6234/17.

VISTO:
Ley Nacional N° 27043
Ley Orgánica de Municipalidades N 2756,
El pedido de TGD Padres Villa Gobernador Gálvez TEA,
La Declaración 408/2017, y
CONSIDERANDO
Que es necesaria la toma de conciencia, investigación, capacitación y asistencia desde los abordajes relacionales, enriquecidos con los aportes de aquellos que derivan del análisis conductual aplicado, integración sensorial, comunicación y lenguaje e intervenciones biomédicas, entre otros.
Que todo niño espera recibir lo mejor para su crecimiento y formación, es su derecho por haber nacido. No siempre esto sucede, por lo que consideramos que una de las prioridades fundamentales de  una sociedad es velar por su futuro a través del cuidado de los años más tiernos e importantes de la infancia
Que la ley nacional 27043 declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan trastorno del espectro autista (TEA), la investigación clinica e epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones.
Que a requerimiento del grupo TGD Padres VGG TEA, conformado por madres y padres que trabajan incesantemente para garantizar los derechos de sus hijos y de todas aquellas personas con autismo. Entre las madres y los padres del grupo inicialmente se encuentran, Prada, Paola; Vázquez, Martina; Broin, Joana; Colla, Cintia, González, Carina; Altamirano, Jesica; Segundo, Natalí; Cuenca, Cecilia; Gorostiaga, Carolina; Netta, Ángeles y Gómez, Silvina todos de nuestra ciudad
Que la labor llevada adelante por el grupo TGD PADRES TEA motorizo en el Congreso Nacional el surgimiento de la Ley Nacional, logrando el apoyo del Ministerio de Salud de la Nación, de la Sociedad Argentina de Pediatría, la sociedad de neurología infantil y la asociación argentina de psiquiatría infanto-juvenil.
Que existen provincias que han adherido a la ley nacional n° 27043, entre ellas podemos mencionar a las provincias de Tucumán, La Pampa, Neuquén, Rio Negro y Chubut. En otras provincias como también aquí en Santa fe se encuentran en los cuerpos legislativos proyectos de ley para adherir a mencionada ley, en particular y a la fecha nuestra provincia no ha adherido a la Ley 27043.
Que se hace imprescindible en nuestra ciudad la concreción inmediata de un abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan trastorno del espectro autista (TEA), su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento.
Que el acceso a los procedimientos de pesquisa, detección temprana y diagnóstico de los Trastornos del Espectro Autista (TEA) acorde al avance de la ciencia y tecnología y las prestaciones necesarias para el abordaje integral e interdisciplinario en las personas que presentan Trastornos del Electro Autista (TEA), se encuentran por Ley Nacional incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio (PMO).
Que se hace necesario la implementación de mayor personal profesional integrado acorde  a los efectos de detectar  y abordar esta temática, se toma imprescindible que los médicos pediatras que son los primeros en la atención de los niños estén capacitados en métodos de pesquisa para la pronta detección en el trastorno del espectro autista. Tarea que debe ser acompañada entre otros, por médicos neurólogos infantiles, psicólogos, fonoaudiólogos, psicopedagogos, terapista ocupacional en centros educativos terapéuticos (CET)
Que la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) explica que el autismo no es una enfermedad, sino un trastorno del desarrollo. Es por eso que la detección temprana como los apoyos en la infancia garantizan plenamente el cumplimiento de sus derechos y así como mejoras sustanciales en la calidad de vida. Su detección temprana y los apoyos en la infancia producen mejoras sustanciales en la calidad de vida.
Que se hace necesario para brindar un adecuado servicio hacia las personas con discapacidad que exista en nuestra ciudad una oficina destinada exclusivamente a tal fin. Para que las personas que requieran una tramitación o información sobre la cuestión obtengan la pronta resolución del trámite a realizar o el correspondiente asesoramiento para llegar a concretarlo.
Que también se, debe contemplar las situaciones particulares de todas las personas que allí deben atenderse, teniendo en consideración la condición individual de cada paciente.
Por todo lo expuesto los concejales del Bloque Justicialistas - FPV elevan para su tratamiento y posterior aprobación el presente proyecto de:
ORDENANZA
ARTÍCULO N°1: La presente Ordenanza tiene como objetivo garantizar el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación, epidemiología y el abordaje de los profesionales especialistas en TEA que garanticen la detección temprana, el rápido diagnóstico y un eficaz tratamiento. Asegurando en forma masiva su difusión y el pleno acceso a las prestaciones.
ARTICULO N° 2: La Secretaría de Salud Pública tendrá a su cargo las siguientes acciones, sin perjuicio de aquellas que fije la reglamentación:
a)      Entender en todo lo referente a la pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento de lso Trastornos del Espectro Autista (TEA), tomando como prmisa la necesidad de un abordaje integral e interdisciplinario.
b)      Coordinar con las autoridades sanitarias y educativas nacionales y provinciales, la realización de campañas de concientización sobre los Trastornos del Espectro Autista (TEA).
c)       Establecer los procedimientos de pesquisa, detección temprana y diagnóstico de los Trastornos del Espectro Autista (TEA) acorde al avance de la ciencia y la tecnología.
d)           Planificar la formación del recurso humano en las prácticas de pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento.
e)           Determinar las prestaciones necesarias a nivel municipal para el abordaje integral e interdisciplinario en las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA), que se actualizarán toda vez que el avance de la ciencia lo amerite.
f)            Realizar estudios epidemiológicos en la ciudad con el objetivo de conocer la prevalencia de los Trastornos del Espectro Autista (TEA).
g)            Realizar estudios estadísticos que abarquen a toda la ciudad con el fin de evaluar el impacto de la aplicación de la presente ordenanza.
h)           Aplicar los protocolos de pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento para los Trastornos del Espectro Autista (TEA), mediante el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica acorde a la Ley Nacional No 27.043.
i)             Cooperar con las autoridades nacionales y provinciales en materia sanitaria, educativa, laboral y de desarrollo social en las acciones necesarias a los fines de la completa inclusión de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) a los diferentes niveles educativos, laborales y sociales, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley No 26.378.
ARTÍCULO N° 3: El Concejo Deliberante se dirige al DEM para que a través de la secretaria que corresponda acondicione y disponga una oficina para la exclusiva atención de todo tipo de trámites que requieran realizar las personas con discapacidad. Con atención al público en turnos matutino y vespertino. Que cuente con el servicio integral y asesoría de los trámites que allí se realizan Con rápida atención según el grado de discapacidad de los pacientes.
ARTICUUO Nº 4: De forma.

Dado en el Bloque Justicialista Frente para la Victoria, del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, a los 08 días de agosto de 2017.-

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