VILLA GOBERNADOR GÀLVEZ
Expte. Nº 6.586/18.
VISTO:
La Ordenanza Nº 2.475/2.017
La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las partidas
presupuestarias, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar las partidas presupuestarias debido a que resultan insuficientes para el
presente ejercicio, de acuerdo con el aumento aprobado por la FESTRAM mediante Acta Paritaria de fecha 3 de abril de 2018.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.546/2018
ART.1º) Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 2.475/2.017 que quedará redactado de la siguiente manera:
“Fíjese en $ 38.091.000.- (Pesos Treinta y Ocho Millones Noventa y un Mil) el monto correspondiente al
Presupuesto General de Gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.018, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez”.
ART. 2º) Modifíquese el artículo 2º de la Ordenanza 2.475/2.017 que quedará así redactado: “El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
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- Dietas $ 5.350.000.-
- Gastos de Representación $ 3.780.000.-
- Gastos de Funcionamiento $ 3.900.000.-
- Sueldos Personal y Gabinete $ 17.600.000.-
- Aportes Previsionales y Sociales $ 5.890.000.-
- Gastos Difusión $ 420.000.-
- Seguros $ 470.000.-
- Subsidios y Colaboraciones $ 681.000.-
$ 38.091.000.-
ART.3º): Mantiénese la plena vigencia de los Artículos 3º y 4º de la Ordenanza 2.475/2.017.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 06 de septiembre de 2018.