jueves, 7 de julio de 2022

EDILES CONTARÁN CON UN INGRESO INFORMÁTICO ESPECÍFICO PARA ACCEDER AL SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL EJECUTIVO MUNICIPAL

 Concejo Municipal de Rosario      

Dirección General de Prensa

Rosario, 7 de julio de 2022

SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY


Expediente 260755 de la concejala Gigliani

O R D E N A N Z A

Artículo 1°. – Acceso Edil/Edila al Sistema Único de Atención. Créase el Acceso Edil/Edila de lectura y análisis del Sistema Único de Atención. En consecuencia, cada Concejal y Concejala en tanto dure su mandato en funciones tendrá acceso al sistema con un perfil de usuario/a asignado por el Departamento Ejecutivo. Dicho perfil deberá tener los permisos suficientes para visualizar informes y consultar las solicitudes existentes en todo el Sistema Único de Atención (Rosario Responde).

Art. 2°. – Solicitante. Créase un solicitante a nombre del “CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO”, el cual será utilizado para el registro de nuevas solicitudes en el Sistema Único de Atención, única y exclusivamente cuando medie una norma o disposición emanada y aprobada por este Cuerpo que encomiende una acción al Departamento Ejecutivo Municipal.

Art. 3°. – Registro en sistema. Será deber de toda área del Departamento Ejecutivo Municipal registrar dentro del sistema toda solicitud que fuere emitida por el Concejo Municipal de Rosario bajo la siguiente modalidad:

1. Si ya tuviera una solicitud vigente y en curso deberá cargarse bajo la modalidad reiteración mencionando el solicitante adicional dispuesto en el artículo 2º.

2. En caso de no tener solicitud vigente y en curso el área competente deberá registrar una nueva solicitud con el solicitante del artículo 2º.

3. Si hubiere una solicitud resuelta o cerrada por el mismo caso en los últimos 3 meses de sanción de la norma, previa constatación, deberá dejarse constancia que la misma se encuentra resuelta.

Art. 4°.– Registro de expedientes. En las solicitudes previamente creadas o nuevas solicitudes, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá identificarse el expediente administrativo relacionado a la disposición ordenada por el Concejo Municipal junto al número de norma emanada del Concejo Municipal.

Art. 5°.– Deber del Concejo Municipal. Cada edil y edila debe velar por la maximización de la individualización de lo que solicite en el proyecto que se convierta en normativa. A los fines meramente enunciativos se detalla: domicilio exacto del requerimiento al DEM o referencia catastral en su defecto. Asimismo, si ya se detectare que existe una solicitud vigente por el mismo asunto en estado curso, deberá referenciarla en la parte dispositiva de su proyecto para eficientizar el circuito administrativo.

Art. 6º.- Respuesta. El Departamento Ejecutivo Municipal hará una devolución al Concejo Municipal indicando el número de solicitud asignado al pedido de la norma sancionada. Asimismo deberá comunicarlo vía electrónica a la Secretaria General Parlamentaria al correo electrónico parlamen1@concejorosario.gov.ar, o el que en un futuro lo reemplace. Esta Secretaría deberá cargar en el Sistema de Gestión Parlamentaria y notificar a través del mismo el número de solicitud del SUA en devolución a la normativa emanada de este Cuerpo. El Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas que lo componen procederá a realizar la devolución de actuaciones e intervenciones administrativas y operativas (incluyendo fotografías) en el sistema a los fines de reducir la utilización del soporte papel.

Art. 7°. – Reiteraciones. El Concejo Municipal podrá enviar Minutas o Comunicados a Comisión con la finalidad de reiterar lo ya dispuesto en la solicitud en curso si no tuviere respuesta en sistema. En el mismo sentido, los Comunicados a Comisión serán cargados como reiteraciones en el sistema que ya tuviere cargado como solicitante al “CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO”. Los Comunicados a Comisión sólo pueden reiterar solicitudes en curso pero no crearlas con el solicitante del artículo 2º. Toda normativa que tenga por objeto reiterar una disposición precedente tendrá la aplicación aquí normada si ya hubiere una solicitud vigente y en curso.

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