jueves, 7 de julio de 2022

EL GABINETE MUNICIPAL CONTARÁ CON UN ESPACIO PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DE POLÍTICAS DE DISCAPACIDAD

Concejo Municipal de Rosario      

Dirección General de Prensa

Rosario, 7 de julio de 2022

SE APROBÓ EN LA SESIÓN DE HOY


Expediente 262957 de la concejala León

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Créase, en la órbita de la Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Rosario, el Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad.

Art 2°.- El Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad tendrá como objetivo la incorporación de un abordaje transversal de la discapacidad en el diseño, supervisión y ejecución de las políticas públicas municipales, de conformidad con la Ordenanza N° 9.524 y con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada por la Ley Nacional N° 26.378 y elevada a rango constitucional por la Ley Nacional N° 27.044.

Art 3°.- El Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad estará presidido por la persona a cargo de la Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Rosario e integrado por los o las titulares de todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal y por el/la directora/a de la Dirección Municipal de Discapacidad, el/la presidente de la Mesa de Políticas para la Inclusión de Personas con Discapacidad del Concejo Municipal de Rosario y por el/la presidente de la Asamblea de Organizaciones creada por Ordenanza N° 9.524.

Art 4°.- El Gabinete se reunirá periódicamente, al menos una vez cada tres(3) meses y las áreas u organismos que conforman el Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad, establecidos en el artículo precedente, prestarán la colaboración necesaria que este requiera para el cumplimiento de su cometido.

Art 5°.- A los fines del cumplimiento de su objetivo el Gabinete tendrá las siguientes funciones: a. Acordar acciones para la incorporación de la perspectiva en discapacidad, tanto en su componente presupuestario como de gestión e implementación de las mismas en forma sustantiva, sistemática y transversal.

b. Desarrollar estrategias para fortalecer el espacio de intercambio necesario para asegurar una sinergia integral de políticas y programas sociales existentes en el ámbito de la ciudad de Rosario en la temática de discapacidad.

c. Articular planificaciones conjuntas para el monitoreo del cumplimiento de los programas a implementar, de la legislación vigente y de todas las medidas necesarias para garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

d. Unificar las estrategias y acciones de capacitación y especialización de los recursos humanos necesarios en cada área de la Municipalidad de Rosario para asegurar la transversalización de la perspectiva en discapacidad.

e. Propiciar una intervención conjunta e integrada para administrar y planificar acciones continuadas, con el fin de lograr incorporar el enfoque de diseño universal en las políticas públicas.

Art 6º.- El Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad dictará su reglamento de funcionamiento interno.

Art 7°.- El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios para la puesta en funcionamiento del Gabinete Municipal para la Transversalización de las Políticas en Discapacidad en un plazo no mayor a 60 días desde la sanción de la presente Ordenanza.

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