martes, 1 de noviembre de 2016

"CMVGG" Aprobados 26° Sesión de Carácter Ordinaria (27/10/2016)















VISTO:
Las notas presentadas por los Sres. Durak, Ferreyra, Benítez; Canteros, Quintana, Rojas, Verón, Gorosito, Jaime, Bertone, Burgos, Sánchez, Jonás, Alegre y Leiva, a este Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:
Que los mismos exponen diferentes situaciones que, necesariamente deben contar con una ayuda económica para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.920/2016

ART.1º) Autorizase un pago de $ 4.000.- (Pesos Cuatro Mil) a la Sra. Durak Silvia Fabiana D.N.I. Nº 18.451.157, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 300.- (Pesos Trescientos) al Sr. Ferreyra Nelson José D.N.I. Nº 22.703.660, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

ART.3º) Autorizase un pago de $ 300.- (Pesos Trescientos) al Sr. Benítez Carlos Rubén D.N.I. Nº 17.558.986, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

ART.4º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) a la Sra. Canteros Nélida Francisca D.N.I. Nº 17.826.015, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

ART.5º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) al Sr. Quintana Miguel Ángel D.N.I. Nº 7.880.256, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

ART.6º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. Rojas Norma Gabriela D.N.I. Nº 33.308.018, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

ART. 7º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. Verón Analia Raquel D.N.I. Nº 23.716.695, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

ART.8º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) al Sr. Gorosito Carlos Daniel D.N.I. Nº 31.758.645, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

ART. 9º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) al Sr. Jaime Juan Florentino D.N.I. Nº 6.071.373, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

ART.10º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Bertone Romina Gisela D.N.I. Nº 28.392.186, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque UNA.

ART. 11º) Autorizase un pago de $ 1.800.- (Pesos Un Mil Ochocientos) al Sr. Burgos Marcelo Ramón D.N.I. Nº 17.794.610, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

ART. 12º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) al Sr. Sánchez Oscar Gabriel D.N.I. Nº 38.902.086, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

ART. 13º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. Jonás Nanci Edith D.N.I. Nº 28.146.590, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

ART. 14º) Autorizase un pago de $ 1.500.- (Pesos Un Mil Quinientos) al Sr. Alegre Saúl Manuel D.N.I. Nº 33.323.487, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.

ART. 15º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) a la Sra. Leiva Magali Florencia D.N.I. Nº 40.039.512, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Extracción Cultural.

ART.16º) Impútese el gasto que demanda la presente a la partida correspondiente.

ART.17º) Comuníquese y archívese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2.016.


Expte. Nº 5.966/16.
VISTO:
La Ley 2756.
La Ordenanza Nº 1812/08, la Ordenanza Nº 1.928/10º Art. 14º, y

CONSIDERANDO:
Que por nota elevada a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita que se designen los representantes de este Concejo Deliberante para integrar la Comisión de Seguimiento de Habilitaciones de Comerci8os de Comestibles y Artículos Asociados que fuera creada en virtud de la Ordenanza Nº 1.812/10 Art. 15º la cual fue modificada por la Ordenanza Nº 1928/10.
Que el Art. 14º de la Ordenanza Nº 1928/10 establece: “Crease una Comisión de Seguimiento de Habilitaciones de Comercios de Comestibles y Artículos Asociados que estará integrada por dos representantes de la Asociación de Comercio e Industria de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, dos representantes del Concejo Municipal, la que funcionara como Consejo Consultivo del Departamento Ejecutivo Municipal y de los particulares interesados”.
Que por lo expuesto, es necesario designar dos representantes de este Cuerpo para integrar la mencionada Comisión.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCION Nº 1.921/2016
ART.1º) Desígnese a los Concejales Carlos Dolce y Cristina Cuevas, como representantes de este Cuerpo Deliberativo para integrar la comisión de seguimiento de habilitaciones de comercios de comestibles y articulo asociados, según lo establecido por el Art. 14º de la Ordenanza Nº 1.928/10.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.




Expte. Nº 5.752/16.
VISTO:
El artículo 14 de la Constitución Nacional.
Los Pactos internacionales con jerarquía misma a la Constitución por el artículo 75 inciso 22: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales
La Ley Orgánica de Municipalidades.
La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y
otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante.
El Centro Cultural y de Derechos Humanos Oscar Medina, y

CONSIDERANDO:
Que la historia de los pueblos, se inscribe en el nacimiento, crecimiento, desarrollo de las instituciones que surgen en su seno como muestra tangible del cambio que afronta y vive cada uno de sus ciudadanos como individuos, como sociedad.
Que las instituciones nacientes, en el sentido más amplio del concepto institución y no restrictivo a la mera formalidad, nuclea en un periodo determinado las expectativas y padecimientos de aquellos que la componen, reflejo de como es el devenir social y quien es cada uno de nosotros dentro de ese cauce. El nombre que adopta tal institución hace honor y respuesta a ese quienes somos y ese donde queremos ir.
Que el centro cultural Oscar Medina recibe el nombre de uno de los militantes sociales más
emblemáticos de Villa Gobernador Gálvez, desaparecido durante la última dictadura militar.
Que siendo un luchador invalorable por el derecho de sus compañeros trabajadores de la metalúrgica, Oscar Medina fue obrero de Talleres Filippini y militante perteneciente al Partido Demócrata Progresista.
Que desde el 20 de Octubre de 1976, desde esa madrugada, continúa desaparecido. Su nombre y espíritu son sinónimo de lucha por una sociedad más justa e igualitaria.
Que el surgimiento del ahora Centro Cultural y de Derechos humanos Oscar Medina fue en sus inicios, en el 2002, una de esas respuestas locales y concretas a la situación de pobreza y exclusión generadas por la crisis del 2001. Todo comenzó cuando un grupo de vecinos desocupados de barrio coronel Aguirre, conjuntamente con la comisión de Derechos Humanos y Memoria de Villa Gobernador Gálvez se juntaron para paliar de alguna manera la crítica situación que se vivía, organizando una copa de leche. Ante dicha situación el municipio cedió un galpón en desuso situado en la intersección de Soldado Aguirre y San Lorenzo. Así surgió la copa de leche "Gurisitos". Un esfuerzo colectivo que implicaba a un grupo de madres de los chicos concurrentes que se encargaban de hacer la leche, el pan casero y las tortas fritas, pero sobretodo de ofrecer su tiempo en la dedicación, cuidado, contención del tesoro más valioso para un pueblo: sus niños.
Que en el 2005 ciertas condiciones económicas comenzaron a cambiar, muchas familias recuperaron sus empleos, tal situación otorgó la oportunidad que de una copa de leche, la institución pasara a ser un centro cultural. Así surgieron actividades para damas como gimnasia, tejido a croché, trabajo de cerámica, pintura sobre madera, panificación. Actividades para adolescentes como danza árabe, baile brasilero, cumbia cruzada; charlas sobre género, salud reproductiva, y para niños y niñas como hockey de mujeres y taekwondo. La institución se desarrolló y en ese desarrollo afianzó los lazos de unión que deben existir en cualquier sociedad que deba jactarse de tal.
Que en el 2014, el centro Cultural, Derechos Humanos adoptó el nombre de Oscar Medina, como forma de ver sus pasos y demostrar a su propio pueblo la misión, el mandato, el compromiso que como institución social tiene para con los suyos, para con la historia misma de Villa Gobernador Gálvez.
Que reconocerla, considerarla y distinguirla es el deber y compromiso de este Concejo con la ciudadanía cual representa porque es a su vez la imagen y perspectiva de la sociedad villagalvense de cara al futuro, una sociedad más unida en miras a lograr la paz, la equidad y la justicia social que merece.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 386/2016

ART. 1º) Declárese como institución destacada del Municipio de Villa Gobernador Gálvez al "Centro Cultural y de Derechos humanos Oscar Medina"

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.954/16.
VISTO:
La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
La Ordenanza N° 1309/1998
La nota de los Sres. Héctor Medina y Zarate, solicitan se declare como Ciudadano Distinguido Post Morten a Oscar Medina, y

CONSIDERANDO:
Que la historia de los pueblos es fruto de la vida misma de sus ciudadanos, escribiéndose con cada historia particular, cada espacio, cada etapa, cada suceso que a la ciudad ha marcado.
Oscar Medina, que su nombre lleva un pasaje y un centro cultural, da su importancia a un trayecto que debe reconocerse, un camino de lucha desde la solidaridad y el coraje.
Que el 20 de octubre del año 2016: SE CUMPLIERON 40 AÑOS DE SU DESAPARICIÒN EN MANOS DEL TERRORISMO DE ESTADO.
Que se reconoce a Oscar Medina, militante, trabajador, vecino de nuestra ciudad que ha dado su vida por una sociedad más justa e igualitaria, luchando siempre por la justicia y una mejor calidad de vida de los más vulnerables.
Que empujado desde Santa Elena a la edad de 11 años, producto de la migración interna traído por su hermana Yolanda, trabajó como lava copas en un bar de Saladillo, trabajó además como repartidor de leche en tacho, luego continuo laborando en la fábrica de bicicleta “Graciela” del cual fue despedido por haber luchado por el salario de los trabajadores jóvenes.
Que la indemnización que utilizó para poder pagar el terreno donde construyó su casa, sita en Dorrego 392; recordando su hermano Héctor, las palabras de Oscar: “Voy a comprar un terreno, vamos a tener Donde vivir Todos”. Tras ello como peón de albañil hasta su ingreso en Talleres Filippini. Yendo a la escuela nocturna en la Isidro Aliau.
Que en su período en Villa Gobernador Gálvez se destaca su militancia social, primero junto a Héctor y Lea militaron en la Juventud de Acción Católica. Allí, realizaron tareas de acopio y distribución de ropa, alimentos, diferentes donaciones para los más necesitados y tarea necesaria durante los momentos de inundación. Que también construyeron una guardería ubicada en MENDOZA Y MAIPU, para niños de las mujeres trabajadoras de los frigoríficos lugar donde atendían a sus hijos durante la jornada laboral, se hicieron kermeses con ferias de platos y demás juegos y bailes para recaudar fondos que luego utilizaron para mejorar las condiciones materiales de los barrios más humildes y menos aventajados.
Que como un joven trabajador su defensa por los derechos laborales lo llevó a su primer despido por intentar mejorar las condiciones salariales de los trabajadores menores de edad en la fábrica de bicicletas Graciela. Luego, en Talleres Filippini fue electo delegado gremial donde inició su actividad en reclamo de mejoras de condiciones salariales además de las condiciones de seguridad laboral, en su tarea laboral perdería dos falanges culpa a esas condiciones paupérrimas de labor. Trabajador sindicalista, férreo propulsor de la unión de delegados en la coordinadora zonal que enfrentó el avance del neoliberalismo representado en su brazo armado por la triple A y la misma dictadura. El 21/07/74 es cesanteado. Sus compañeros inician un paro para exigir su reincorporación a la Fábrica Filippini que se mantiene hasta el 27/07/74. Fue preso el 28/07//74 a causa de su LEALTAD con sus compañeros, recuperando su libertad en mayo de 1975.
Que políticamente militó en las filas del PDP hasta su primera detención en el 74 para luego militar en el PRT desde su libertad en Mayo del 75 hasta su desaparición física a manos de la dictadura militar. complotada con los poderes económicos en el marco de imponer un proyecto de país excluyente y sometido a unos pocos. Oscar dio su vida por enfrentarse a ello en pos de una sociedad con igualdad de oportunidades, Con una verdadera redistribución de la riqueza.
Que la desaparición ocurrió el 20 de Octubre del año 76 cuando estando en su casa de Dorrego 392 de esta ciudad, un grupo civil apoyado por efectivos de la seccional 34 (actualmente 25 Villa Gobernador Gálvez) según los testimonios registrados en la causa FECED. Desde allí la familia comenzará un periplo entre detenciones ilegales, marchas y búsquedas que han aliado en el mismo tránsito a la madre de Oscar, Elisa, acompañado por sus hermanos, por todos sus Familiares y ex presos políticos, por demás organizaciones DDHH, todos “por la memoria, por la verdad y la justicia.” Por el recuerdo siempre vivo de Oscar: “ese negro lindo que no tenía un día triste”, como lo recordaba su “MADRE”.
Que a pesar de su desaparición física su nombre sigue vigente en el colectivo social. En el año 1998 por Ordenanza Nº 1.309 se asignó Oscar Medina al ex Pasaje Esmeralda simbolizando “el deseo de la comunidad de mantener en la memoria de las próximas generaciones, los hechos históricos que deseamos no vuelvan a suceder “NUNCA MAS”; y llamar así el Centro Cultural y de Derechos Humanos sito en la esquina de Soldado Aguirre y San Lorenzo, donde su impronta viva genera lazos fundamentales para una sociedad que busca un destino común, inclusivo y soberano. Oscar Medina: “Su nombre y espíritu son sinónimo de lucha por una sociedad más justa e igualitaria.”
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 387/2016

ART.1º) Declárese como Ciudadano Distinguido al detenido y desaparecido Sr. Oscar Alberto Medina, por su lucha en defensa de los Derechos de los trabajadores y los más humildes, vecino de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y desaparecido el 20 de octubre de 1976, durante la última dictadura militar.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.955/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756.
La Ordenanza Nº 1.947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante.
La trayectoria del BALLET FOLKLÓRICO “DE CUYO AL LITORAL”, y

CONSIDERANDO:
Que el Ballet Folklórico “DE CUYO AL LITORAL”, lleva el nombre de la historia de origen de los directores del Ballet, Romina Teresa Sosa (cuyana) y Gabriel Gil (litoraleño).
Que los directores del Ballet trabajan conjuntamente con el cuerpo folklórico, para llevar nuestro acervo cultural tanto a nivel nacional como así también internacional.
Que el Ballet viaja por todo el mundo y que en el mes de Noviembre, tienen el agrado de viajar al País de Panamá, al 2do festival llamado “PANAMA UNE LAS AMÉRICAS”, donde serán recibidos por el Embajador Argentino Miguel Ignacio Torres del Sel.
Que este ballet, cuenta con una amplia reseña de sus participaciones por todo el país e internacionalmente:
  • Programa cultural de la provincia de Santa Fe “Querer, Creer, Crear”, en la localidad de Villa Gobernador Gálvez.
  • Segundo puesto en el rubro zamba tradicional. Sede VGG. Pre Baradero 2014.
  • Espectáculos callejeros 2015
  • Festival homenaje a “Juan Eduardo Figueroa”
  • Teloneros en el monumento Nacional a la Bandera junto a la cantante Patricia Dure y el chaqueño Palavecino.
  • Foro teórico practico sobre cueca cuyana, en el foro de directores CIOFF ARGENTINA 2015 ( Consejo Internacional de Organizaciones de Festivales de Folklore y de las Artes Tradicionales)
  • Gira Internacional en la República de Colombia 2015, ciudades: Andalucía, Rio Frio, Quimbaya, La Tebaida, Armenia.
  • Programa televisivo “AJ” acompañando a la cantante Patricia Dure.
  • 50 aniversarios del Ballet Pilmayquen, Trelew. Chubut
  • Primer Festival Nacional de adultos mayores, Villaguay, Entre Ríos
  • Festival de las buenas costumbres. Villa Amelia
  • Organizadores del Festival de la comida criolla. Villa Gdor. Gálvez
  • Curso de cueca y gato cuyano a cargo de Romina y Gabriel en la ciudad de Carlos Pellegrini. Santa Fe
  • Festival Internacional de parejas. Olimpia. BRASIL 2016
  • Encuentro Nacional de folklore para adultos, bailando en la Posta 2016. BELL VILLE. CORDOBA.
  • Gira Internacional por la República de Colombia, Danzar Luna, Chonconta 2016, por las ciudades de Nemocom, Ubate, Manta, Cota, Carmen de Carupa.
  • Anfitriones de la delegación “Fundación Artística y Cultural Colonos de la ciudad de Quimbaya, Quindío. Colombia. En el marco del Intercambio Cultural “El Mundo
  • Danza a Orillas del Paraná” organizado por el Ballet folklórico De Cuyo al Litoral con sede en la comuna de Pueblo Esther. Provincia de Santa Fe.
  • Comunas e instituciones que apoyaron el evento: Comuna de Pueblo Esther, Chavas, Villada, Club Atlético Talleres R.P.B (Villa Gdor. Gálvez), Academia Tierra de Sueños (Villada) y Misceláneas club de Ritmos (Firmat).
  • Segundo festival Nacional de adultos mayores. Villaguay. Entre Ríos 2016
  • Festival Internacional “Panamá une las Américas”. Panamá 2016
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 388/2016

ART.1º) Declárese de Interés Cultural para el municipio de Villa Gobernador Gálvez, al Ballet Folklórico “DE CUYO AL LITORAL”, por su extensa trayectoria y su grata representación a nuestra querida ciudad alrededor del País y del mundo.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.968/16.
VISTO:
Ley 2756.
La Ordenanza Nº 1947/10, de Reglamento para el otorgamiento de declaraciones de interés municipal y otras distinciones concedidas por el Concejo Deliberante.
Los festejos por el 50 aniversario de la fundación del Club Atlético Infantil General Paz, y

CONSIDERANDO:
Que el Club Atlético Infantil General Paz fue fundado el 4 de junio de 1966 por un grupo de vecinos del barrio Pueblo Nuevo, perteneciente a la localidad de Villa Gobernador Gálvez. Los fundadores estaban encabezados por el Sr. Ramón Cisterna, alias “Quito”, un emblema del futbol amateur de nuestra ciudad. El Club, como su nombre lo indica, comienza sus actividades dedicándose al futbol infantil, y participando en la liga ARDYTI de Rosario.
Que en ese momento funcionaba la parte deportiva en las instalaciones de la Escuela Nº 100 “José Ingenieros “ de Pueblo Nuevo, y la vida social en la sede del club, sita en calle Lavalle 651 del mismo barrio. Hacia el año 1.979, debido al crecimiento de la institución, la provincia por medio del Ministerio de Bienestar Social le cedió los terrenos que ocupa en la actualidad y que en aquel momento estaban destinados como campos de maniobra del ejército, en Av. circunvalación y Nogués, justo enfrente al barrio. En aquella década, a partir de los logros deportivos y la amplitud de las nuevas instalaciones, el club decidió dar un paso adelante y construir una cancha grande para competir también en futbol juvenil, y darles a los jóvenes de la zona la posibilidad de estar contenidos en el club, también después de los doce años.
Que a principio de los años ochenta el club participó por algún tiempo en los torneos de la Asociación Rosarina de Futbol con sus divisiones inferiores, sin embargo los avatares económicos y políticos de aquella época lo llevan a desistir de dicha competencia. El club continuó con el futbol infantil, y en 1989 con sus representativos a la liga LIFA de Villa Gobernador Gálvez. Ocasionalmente participo con primera y juveniles en la liga interdepartamental, con gran suceso por cierto, ya que obtuvo varios campeonatos.
Que en el año 2008, y a partir del apoyo de padres y vecinos, se decidió a reinscribirse en la Asociación Rosarina con algunas divisiones, para ir completando en los años sucesivos todas las categorías, cosa que ya consiguió. En este momento, entre el futbol infantil y juvenil, el club cuenta con un plantel aproximado de 400 jugadores. En los últimos años ha podido refaccionar su cancha de once, a la cual cerco con un extenso tapial, y le agrego modernos vestuarios.
Que deportivamente el club consiguió en estos ocho años de participación en los torneos de la ART varios campeonatos y dos ascenso en divisiones inferiores (por sumatoria de puntos de todas las categorías juveniles de 13 a 19 años) que lo llevaron a jugar en la máxima división de dicha competencia y recientemente la obtención de la primera división de la copa Mariano Reyna (2015) y Santiago Pinasco (2016) que también la llevaran en el próximo año a competir en el máximo torneo de futbol amateur de la zona sur de la provincia.
Que la mayor significación de estos éxitos deportivos es que se lograron poniendo el acento en la formación, incentivando desde nuestro plantel de profesores y técnicos, el trabajo, la responsabilidad y la educación de los jóvenes que componente nuestros equipos.
Que hoy hay varios chicos cedidos de nuestras divisiones menores a clubes de futbol profesional que se están procurando un futuro en los mismos, llenando de orgullo al club y a la ciudad que los vio nacer.
Que algunos de los jugadores que hicieron su etapa de futbol infantil en General Paz y luego llegaron al profesionalismo son: Omar Silva, Jorge Nelson Forgués, Roberto Aguerópolis, Sebastián Flores Coronel, Damián Manso, Hernán Santa Cruz y Diego Chitzoff.
Que en conmemoración de este nuevo aniversario, la Comisión Directiva del Club ha resuelto realizar una celebración el próximo 5 de noviembre que contara con la presencia de la familia de jugadores, ex jugadores, dirigentes y autoridades municipales y provinciales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 389/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal y Deportivo la celebración por el 50 aniversario de la Fundación del Club Atlético Infantil General Paz a realizarse el 5 de noviembre del corriente año.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



 Expte. Nº 5.969/16.
VISTO:
La Ley 2756.
La nota de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, y

CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada a este Cuerpo, la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez comunica la realización, de “VII Ronda Internacional de Negocios de Autopartes Pesadas Villa Gobernador Gálvez”.
Que la misma se realizó en el marco de las acciones de promoción comercial que lleva adelante el Gobierno Nacional, Pro Argentina, dependiente de la Subsecretaría de Comercio Exterior, Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas, y en forma conjunta con la Asociación de Comercio o e Industria de Villa Gobernador Gálvez.
Que, según manifiestan, durante el desarrollo de esta actividad hubo agenda de reuniones de negocios con destacados invitados internacionales del sector autopartes línea pesada, especialmente interesados en contactarse con empresas argentinas del mismo.
Que asimismo, solicitan sean declaradas de interés municipal dichas jornadas realizadas los días 25 y 26 de octubre de 2016 en el salón de ACI (Asociación de Comercio e Industria de VGG) y que dada la suspensión de la Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre de 2016, motivada por la medida de fuerza implementada por los sindicatos municipales de la Provincia de Santa Fe, no se pudo dar tratamiento al expediente de referencia, en forma anticipada a la realización de la misma.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 390/2016

ART.1º) Declárese de Interés Municipal la realización de la “VII Ronda Internacional de Negocios de Autopartes Pesadas Villa Gobernador Gálvez”, desarrolladas los días 25 y 26 de octubre del corriente año, en las instalaciones de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.958/16.
VISTO:
La Constitución Nacional, el artículo Nº 42, sobre derechos de usuarios y consumidores,
La ley nacional Nº 21.526, de Entidades financieras,
La Circular del BCRA COMUNICACIÓN "A" 845/1986 hacia las entidades financieras, marco regulatorio de instalación de cajeros automáticos,
La circular del BCRA COMUNICACIÓN “A” 5.983/2016, de expansión de entidades financiaras,
La problemática de faltante de cajeros automáticos en nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO:
Que en los últimos años se ha producido una notable bancarización de la economía cotidiana en todo el territorio nacional. Sin embargo, dicho proceso no ha tenido un impacto de magnitud en los pequeños comercios o negocios barriales. Así, el reemplazo definitivo del dinero líquido por el dinero virtual ha tenido sus límites visibles en la sociedad que todavía aún utiliza “el papel moneda” como medio de pago por antonomasia.
Que el artículo Nº 42 de nuestra Constitución Nacional sostiene que “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno(...)” En esta dirección, podrían encontrarse afectados algunos de los derechos prescriptos por la norma mencionada, pues los usuarios bancarios de nuestra ciudad verían notoriamente disminuida su posibilidad de acceso a un cajero automática en comparación con otras ciudades.
Que un cajero automático permite la realización de diversas operaciones sobre cuentas bancarias a saber: depósitos, extracciones, transferencias, pago de servicios, consultas de saldos, mensajes al banco, y sobre cuentas de crédito, como adelanto de dinero en efectivo, pago de resúmenes. La instalación del mismo generaría obligaciones al banco quien tendrá la responsabilidad de mantener el servicio las 24 horas, llevando además la contabilización y resumen de transacciones de uso efectuadas por sus clientes.
Que no habiendo una ley regulatoria general del sistema de cajeros automáticos, la misma debe hallarse en la circular A 845 del BCRA la cual establece entre sus normas que debe tener previa autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA) la instalación de cajeros automáticos en “Estaciones terminales ferroviarias, de ómnibus o de subterráneos, aeropuertos, centros comerciales, locales con acceso desde la vía pública adecuados a ese exclusivo fin. En estos casos, las recurrentes deberán contar con una casa operativa en la respectiva plaza(…)” En el caso de Villa Gobernador Gálvez, el Nuevo Banco de Santa Fe es la banca oficial de nuestra provincia, por tanto ante dicha entidad se debería realizar la gestión del mismo.
Que para su instalación deberán observarse las disposiciones que resulten aplicables de las normas sobre “Medidas mínimas de seguridad en entidades financieras” y, de las normas sobre “Requisitos mínimos de gestión, implementación, y control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras”, de acuerdo a la circular Comunicación “A” 5.983/2016
Que a modo de comparación, a lo largo de la provincia se está viviendo la misma situación que acontece en nuestra ciudad. Por ello, las ciudades de: Santa Fe, San Lorenzo, Rafaela y San Javier entre otras, han tomado la iniciativa de solicitar ante el Nuevo Banco de Santa Fe la instalación de nuevos cajeros automáticos.
Que por último, cabe mencionar que la movilidad de los precios, el crecimiento demográfico, la creciente automatización del sistema, hacen imperiosa la gestión de un cajero automático para el Centro de Innovación Municipal (CIM), a fin cubrir las necesidades y expectativas de un buen servicio que requieren los concurrentes y vecinos de dicha dependencia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 915/2016

ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda y en el término de 30 días, la gestión de un cajero automático ante las autoridades del Nuevo Banco de Santa Fe en el Centro de Innovación Municipal (CIM) de Avenida Juan Domingo Perón 1549.

ART .2) Se le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal la realización de las tareas necesarias a fin de adaptar el edifico del CIM para la instalación del cajero automático mencionado en el art. 1, garantizando el acceso de personas con movilidad reducida.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.961/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza Municipal de Transporte Nº 1.847/09.
La Ordenanza de acceso a la Información Pública, y

CONSIDERANDO:
Que en fecha 16 de abril se aprobó por unanimidad el Decreto Nº 832/16.
Que es necesario que este Cuerpo cuente con información fehaciente referente a cantidad de remiserias existentes y unidades, en circulación en la ciudad.
Que es de suma importancia, contar con el detalle fidedigno para que se pueda trabajar en comisiones incluyendo la problemática del servicio público.
Que es imprescindible conocer el detalle para tratar de resolver con futuras legislaciones, las consultas y/o reclamos que pudieran presentarse.
Que el contralor de posibles empresas o habilitadas y móviles en circulación sin las identificaciones pertinentes regularizarían la situación.
Que siendo el Departamento Ejecutivo Municipal fuente precisa de datos, la información es imprescindible para el óptimo desenvolvimiento del trabajo legislativo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 916/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, dé respuesta a los Arts. 1º y 2º del Decreto Nº 832/16 aprobado por unanimidad en la sesión de fecha 16 de abril del 2016, en un plazo de 5 días hábiles de ser comunicado el presente Decreto.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.



Expte. Nº 5.950/16.
VISTO:
Ley 2756
Ordenanza 2254/14
Ley 13.055 Concepto de Basura cero para la gestión de residuos sólidos urbanos.
Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa FE Nº 5188/60
El vencimiento del plazo de cesión de posesión de terrenos municipales para la puesta en marcha del proyecto GIRSU
El Decreto 878/16 del 30/06/16
La nota del 11 de Agosto de 2016 del Intendente solicitando 200 contenedores al Dr. Lisandro Danna de Municipios y Comunas, y

CONSIDERANDO:
Que por iniciativa del Ente de Coordinación Metropolitana y la aprobación de este Concejo en nuestra ciudad se viene desarrollando desde hace 2 años el Proyecto GIRSU Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, esto es, una respuesta a la problemática ambiental de los residuos sólidos urbanos de siete (7) localidades del AMR Área Metropolitana Rosario
Que la primera etapa de este proyecto tenía como objetivo el cierre y saneamiento del basural, la recuperación de áreas impactadas por la disposición final incontrolada de residuos y reconstitución de terraplenes que delimitan zonas inundables, la licitación para esta primera etapa se adjudicó a la empresa Milicic SA por un monto de $13.489.446
Que la segunda licitación consistió en: movimientos para la construcción de celdas, Impermeabilización de 2 celdas, construcción de SET, puesto de ingreso y control y cerco perimetral en esta etapa el adjudicatario también resulto la empresa Milicic SA y el monto de la obra asciende a $ 37.801.254
Que en la tercera etapa las obras a ejecutar se refieren a obras viales, infraestructura eléctrica e iluminación para el centro Girsu además de parquización y equipamiento de la Reserva Natural, en esta etapa volvió a adjudicarse a la empresa Milicic por un monto de $34.852.561
La 4ta y última etapa tiene como objetivo completar la infraestructura edilicia y equipamiento del Centro Girsu por un monto de $ 77.996.368 y la adjudicataria fue la empresa EVA SA.
De manera tal que un proyecto que en principio se proyectó con una inversión inicial de $ 114.993.774 se terminó adjudicando en las distintas etapas en $164.139.629 esto es un 42.73 % de más, aproximadamente $50.000.000
Que en agosto pasado con motivo de la inauguración del 1º Seminario Internacional de políticas metropolitanas se firmó un Convenio de colaboración recíproca entre el Gobierno Provincial y el ECOM donde le otorgaron al Ente Metropolitano la suma de $ 6.963.916 para el desarrollo de Programas de Asistencia para planes urbanos por medio de la unidad de gestión y planificación estratégica metropolitana.
Todas estas inversiones millonarias realizadas por el Gobierno de la Provincia y el Ente de Coordinación Metropolitana realizados en el marco del Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del interior (DAMI) y préstamos BID; contrasta con la realidad de un Municipio en Emergencia Económica que con mucho esfuerzo y luego de 10 meses de gestión logro adquirir 24 contenedores, por un monto de $320.800, que sólo alcanzan para cubrir un pequeño sector del centro de la ciudad.
Que sería incoherente que los vecinos de la ciudad donde se desarrolla el Centro de tratamiento de Residuos de la región                                                                                                 

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